Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/10/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, lunes 22 de octubre de 2018
mez Resolvió: 1 Homologar el Acuerdo de Juicio Abreviado presentado por las partes y considerarlo parte integrante de la presente.2 Declarar a CLAUDIO JAVIER SALINA
como autor penalmente responsable de la comisión del delito de Lesiones Graves y Amenazas Calificadas, ambos en calidad de autor, Arts. 90, 149 Inc. b 1 y 45 del C.P., hechos ocurridos en las circunstancias de tiempo, modo y lugar que le fuera imputado, y en consecuencia, condenar al mismo a la pena de un año y ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo, la que se comenzará a cumplir en el día de la fecha en la Unidad Penal Nº 7 local.3 Imponer las costas al condenado en su totalidad - Arts. 547 y 548 del C.P.P., sin perjuicio de la eximición de su efectivo pago dada su notoria insolvencia.4 Recaratúlese, regístrese, notifíquese, al Registro Nacional de Reincidencia y demás organismos; librándose todos los despachos del caso.- Fdo.: Dra. Alejandra Gómez, Juez;
Dra. Ana Paula Elal, secretaria.
Gualeguay, 12 de octubre de 2018 Ana P.
Elal, Secretaria de Garantías y Transición Nº 1.
14161 3 v./23.10.18
En el Incidente de Juicio Abreviado Nº 59 I, correspondiente al Legajo Nº 155/18, caratulado Villegas Miguel Angel; Maidana Fernando Exequiel; Pereyra Ignacio Valentín s/ Homicidio simple en grado de tentativa en grado de coautores para Villegas y Pereyra; lesiones graves en grado de autor para Maidana, que tramita ante este Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, se ha dispuesto librar el presente a fin de poner en conocimiento la sentencia recaída en autos en fecha 02.07.2018 respecto a los condenados Miguel Angel Villegas, DNI Nº 36.557.839, apodado Corne, argentino, soltero, albañil, con instrucción secundaria incompleta, de 26
años de edad, domiciliado en calles Laprida y Las Piedras de la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, donde nació el 8 de enero de 1992, hijo de Claudio Marcelo Villegas fdo. y de María Isabel Albornóz; Fernando Exequiel Maidana, DNI Nº 41.403.933, argentino, empleado, con instrucción secundaria incompleta, de 19 años de edad, domiciliado en calles Arenales y Sgto. Cabral de la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos, nacido en Rosario, Santa Fe, el 31 de julio de 1998, hijo de Fernando Germán Maidana y de María Lorena Giordano; y al ciudadano Ignacio Valentín Pereyra fallecido, DNI Nº 42.464.111, nacido en Victoria, Entre Ríos, el 16 de diciembre de 1999, hijo de Ariel Edgardo Pereyra y de Griselda Antonia Ferreyra.
A continuación se transcribe la parte pertinente de dicha sentencia recaída en el legajo, que dice: En la ciudad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los dos días del mes de julio del año dos mil dieciocho SE RESUELVE: 1 Homologar el Acuerdo de Juicio Abreviado, presentado en este Legajo.2 Declarar que MIGUEL ANGEL VILLEGAS, de los demás datos personales consignados en autos, es autor material y penalmente responsable de los delitos de Lesiones Graves Calificadas por Alevosia y Robo Simple en Concurso Real entre si Arts. 45, 90, 93 y 80
Inc. 2, 55 y 164 del CP y, en consecuencia, condenarlo a la pena de cuatro años y seis meses de prisión a cumplir en forma efectiva, con mas sus accesorias legales, sanción ésta que deberá ser cumplida en la Unidad Penal Nº 5 de la ciudad de Victoria, E. R., o donde oportunamente se disponga por las autoridades Judiciales de Ejecución.
2 Declarar que FERNANDO EXEQUIEL
MAIDANA, de los demás datos personales consignados en autos, es autor material y penalmente responsable del delito de Lesiones Graves Arts. 45 y 90 del C.P., por lo que se
BOLETIN OFICIAL
lo condena a la pena de dos años y seis meses de cumplimiento condicional, con más las siguientes reglas de conducta para el último de los nombrados, a saber: a Se abstendrá de usar estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas inciso 3 del Art. 27 bis; b Realizará tareas comunitarias bajo la supervisión permanente de un responsable, en una institución de bien público, por un total de 80 horas anuales, durante dos años Arts. 40, 41, 26, 27
y 27 bis del C.P..3 Disponer que a su vez, tanto Villegas como Maidana se abstendrán de comunicarse por cualquier medio con la víctima, acercarse a ella a una distancia menor a doscientos metros, y evitarán mantener cualquier tipo de trato o contacto con el damnificado y su hermano Edgardo Exequiel Velázquez.
4 Imponer las costas en su totalidad a los condenados, atento el resultado final del proceso y lo establecido en los artículos 584 y 585
del Código Procesal Penal de Entre Ríos, debiendo disponerse la devolución de la ropa secuestrada en autos, a su propietario.
5 Tener presente, la renuncia a los Plazos Procesales efectuada por la Defensa y, consecuentemente luego de la lectura de la presente, procédase a la detención de Miguel Angel Villegas, DNI Nº 36.557.839, domiciliado en calle Laprida y Las Piedras de Victoria, autorizándose al allanamiento de dicho domicilio del imputado, en caso necesario, para efectivizarse dicha detención, el que será trasladado a la mencionada Unidad Penal Nº 5 de Victoria, quedando a Disposición de este Tribunal, debiendo procederse a la confección del cómputo respectivo.6 Aprobado que sea dicho computo de pena, quedará a disposición del Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Paraná, E.R.
7 Disponer el sobreseimiento del coinculpado Ignacio Valentín Pereyra, por el delito de homicidio simple en grado de tentativa, conforme los argumentos precedentes y lo normado por el Arts. 59 Inc. 1., 42, 79 y concs. del C.P.
en calidad de coautor.8 Señalar la audiencia del día 05 de julio a las 12:30 horas para dar a conocer la presente sentencia. Regístrese, notifíquese, comuníquese a los organismos correspondientes; y, en estado, archívese.- Fdo.: Dardo Oscar Tórtul, vocal, Florencia Bascoy, directora Oficina Judicial-".
Gualeguay, 20 de septiembre de 2018 Florencia Bascoy, directora Oficina Judicial.
14162 3 v./23.10.18

SECCION GENERAL
LICITACIONES
ANTERIORES

PARANA
MUNICIPALIDAD DE VIALE
Licitación Pública N 23/18
Conforme a lo dispuesto por el Decreto N
761/18, convócase a Licitación Pública N
23/18, para la adquisición de combustible gasoil, destinado a vehículos y maquinarias municipales que prestan servicios en distintos sectores del Área de Obras y Servicios Públicos Municipal.
BASE ESTIMATIVA: Pesos trescientos setenta y cinco mil $ 375.000,00.
LUGAR Y FECHA DE APERTURA: Sede Municipal, sita en calle 9 de Julio y Estrada de la ciudad de Viale, el día 7 de noviembre de 2018, a las 10:00 horas.
PARA PLIEGOS, VISITAS Y/O INFORMES:
Disponibles en la página web del municipio, http viale.gov.ar/pliegos/; telefónicamente al
25
N 0343 4920135/094, o telefax N 0343
4920011 o dirigirse a la Municipalidad de Viale en el horario de 7 a 12:00 horas.
Viale, 10 de octubre de 2018 Carlos A.
Weiss, presidente municipal, Walter Pirola, secretario municipal.
F.C. 0001-00006663 3 v./22.10.18

FEDERACION
MUNICIPALIDAD DE SAN
JAIME DE LA FRONTERA
Licitación Pública N 03/2018
Decreto N 119/2018 D.E.
OBJETO: Dispónese efectuar un llamado a licitación pública a los efectos de adjudicar la provisión de 200 m3 de Hormigón H25 para la construcción de 1000 metros lineales de red de desages pluviales.
APERTURA DE SOBRES: 13 de noviembre de 2018 - hora 10:00.
VALOR DEL PLIEGO: $ 2.000,00 pesos dos mil.
PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: ochocientos cuarenta mil pesos con 00/100 $
840.000,00.
LUGAR: Municipalidad de San Jaime de la Frontera.
INFORMES: Belgrano 134 - Municipalidad de San Jaime Entre Ríos.
Telefax: 03458-480516.
Página web: www.sanjaime.gob.ar.
C o r r e o e l e c t r ó n i c o : g o b i e r n o s a n j a ime@gmail.com.
Felipe S. Balcaza, presidente municipal.
F.C. 0001-00006552 7 v./23.10.18
MUNICIPALIDAD DE CHAJARI
Licitación Pública Nº 021/2018 D.E.
Decreto Nº 750/2018 D.E.
OBJETO: Llamar a licitación pública tendiente a la provisión de 1000 m3 mil metros cúbicos de hormigón elaborado Tipo H 25, para ser utilizados en la ejecución de la obra: Pavimento Av. 9 de Julio de nuestra ciudad.
APERTURA: 5 de noviembre de 2018 Hora:
10,00 diez. Si es decretado inhábil, al día siguiente hábil, a la misma hora y lugar previsto.
LUGAR: Secretaría de Gobierno Edificio Municipal Planta Alta Salvarredy 1430.
VENTA DEL PLIEGO: En Tesorería Municipal Salvarredy 1430 de Chajarí.
VALOR DEL PLIEGO: $ 3.600,00 pesos tres mil seiscientos.
PRESUPUEST O OF ICIAL EST IMADO: $
3.600.000,00 pesos tres millones seiscientos mil.
INFORMES: Secretaría de Gobierno.
Tel. 03456-420150 420135 Fax. Interno 28.
Pedro J. Galimberti, presidente municipal, Rubén A. Dalmolín, secretario de Gobierno.
F.C. 0001-00006732 4 v./24.10.18

GUALEGUAYCHU
MUNICIPALIDAD DE GUALEGUAYCHU
Licitación Pública N 21/2018
Decreto N 3417/2018
OBJETO: Adquisición de treinta mil 30.000
litros de combustible líquido gas oil Grado 2, para ser destinados a los equipos viales que prestan servicios en la Dirección de Mantenimiento Vial, dependiente de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Gualeguaychú, de acuerdo al pliego de condiciones particulares y especificaciones técnicas.
PRESUPUESTO OFICIAL: Fíjese el presupuesto oficial en la suma estimada de pesos novecientos sesenta mil $ 960.000,00.
VALOR DEL PLIEGO: Fíjese el valor del pliego en la suma de pesos novecientos sesenta $ 960,00.

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 22/10/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data22/10/2018

Conteggio pagine32

Numero di edizioni4782

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione05/07/2024

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