Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/9/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, miércoles 5 de setiembre de 2018
por el término de quince 15 días contados a partir de la última publicación del presente a Giunta Arcángela o sus herederos, herederos de Josefa Tamburelli, herederos de Blanca Amalia Tamburelli, herederos de María Tamburelli, herederos de Santos Mariano Tamburelli, herederos de Petronila Tamburelli, herederos de Salvador Tamburelli y Tamburelli José Pilar o sus herederos, y a quienes se consideren con derecho respecto del inmueble: Tomo 65
Folio 1679, Provincia de Entre Ríos, Dpto Paraná, Municipio de Paraná, Area Urbana - Distrito U.R.7 - Sección 9 - Grupo 12, Manzana Nº 7, Remanente título s/plano hoy Planos Nº 210887, Nº 210888, Nº 210889 Sup. Total de 590 m2, hoy Lote 1 259 m2, Lote 2 72 m2, Lote 3 259 m2, límites y lind. según boleto:
NORTE: Salvador Tamburelli, Recta al rumbo Sud-Este 80º 08 de 59,60 m.
ESTE: Calle Gobernador Mihura recta al rumbo Sud-Oeste 9º 52 de 10,00 m.
SUR: Mauricio Adán Pereyra y Sra. Recta al rumbo Nord-Oeste de 80º 08 de 59,60 m; y OESTE: Juan Francisco Olotte recta al rumbo N-E 9º 52 de 10,00 m.
Hoy según mensura Plano Lote Nº 1: Sup.
259,00 m2 doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Límites y Linderos:
NORTE: recta 1-2 al rumbo S 80º 08 E de 20,16 m. y recta 2-3 al rumbo S 79º 53 E de 5,71 m. ambas lindando con Lote Nº 140 de Jorge Alberto Fissore Plano Nº 52.920.
ESTE: Recta 3-12 al rumbo S 9º 52 O de 9,98
m. lindando con Lote Nº 2 de Santos Mariano Tamburelli y otros - en posesión de César Roberto Latuff y Miguel Américo Latuff y con Lote Nº 3 de Santos Mariano Tamburelli y otros - en posesión de César Roberto Latuff.
SUR: Recta 12-13 al rumbo N 80º 08 O de 25,89 m., lindando con Lote Nº 138 de Mauricio Adon Pereyra y otra Plano Nº 66.849.
OESTE: Recta 13-1 al rumbo N 9º 59 E de 10,00 m. lindando con Juan Francisco Olotte plano Nº 70.675.
Lote Nº 2 - Pasillo. Sup. 72,00 m2 setenta y dos metros cuadrados. Límites y Linderos:
NORTE: recta 3-4 al rumbo S 79º 53 E de 12,57 m.; recta 4-5 al rumbo S 81º 12 E de 4,29
m.; recta 5-6 al rumbo S 81º 07 E de 4,86 m.;
recta 6-7 al rumbo S 9º 34 O 0,09 m.; recta 7-8
al rumbo S 78º 22 E de 3,20 m. y recta 8-9 al rumbo S 80º 51 E de 8,29 m. todas lindando con lote Nº 140 de Jorge Alberto Fissore Plano Nº 52.920.
ESTE: Recta 9-10 al rumbo S 9º 52 O de 2,26
m. lindando con calle Gdor. Ramón Mihura.
SUR: recta 10-14 al rumbo N 79º 57 O de 33,21 m. lindando con Lote Nº 3 de Santos Mariano Tamburelli y Otros - en posesión de César Roberto Latuff.
OESTE: recta 14-3 al rumbo N 9º 52 E de 2,14 m. lindando con Lote Nº 1 de Santos Mariano Tamburelli y Otros en posesión de Miguel Américo Latuff.
Lote Nº 3 Sup. 259,00 m2 doscientos cincuenta y nueve metros cuadrados. Límites y Linderos:
NORTE: recta 14-10 al rumbo S 79º 57 E de 33,21 m. Lindando con Lote Nº 2 de Santos Mariano Tamburelli y Otros -posesión de César Roberto Latuff y Miguel Américo Latuff.
ESTE: recta 10-11 al rumbo S 9º 52 O de 7,74 m. lindando con calle Gdor Ramón Mihura.
SUR: recta 11-12 al rumbo N 80º 08 O de 33,21 m. lindando con Lote Nº 138 de Mauricio Adon Pereyra y otra Plano Nº 66.849.
Oeste: recta 12-14 al rumbo N 9º 52 E de 7,84 m. lindando con Lote Nº 1 de Santos Mariano Tamburelli y Otros en posesión de Miguel Américo Latuff, para que comparezcan a juicio a tomar la intervención correspondien-

BOLETIN OFICIAL

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te, bajo apercibimiento de nombrarse defensor de ausentes, con el que se seguirán los trámites de la causa - Arts. 329º y 669 incs. 2º y 3º del CPCC.
Paraná, 16 de agosto de 2018 Juliana M.
Ortiz Mallo, secretaria.
F.C. 0001-00005367 2 v./6.9.18

CONCURSO PREVENTIVO
ANTERIOR

BUENOS AIRES
El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 3, a cargo del Dr. Jorge S.
Sicoli, Secretaría Nº 6, a cargo del Dr. Santiago Cappagli, sito en Avda. Callao 635, Piso 6, CABA, informa por 5 días que el 8.8.2018 se declaro la apertura del concurso preventivo de Isolux Ingenieria SA, Sucursal Argentina, CUIT: 30-71008233-9, en autos: Isolux Ingeniería SA, Sucursal Argentina s/ Concurso Preventivo, Expte. Nº 9799/2018.
Los acreedores deberán presentar los títulos justificativos de sus créditos para su verificación ante el Estudio Contable de la Categoría A Celano y Abecasis, que fuera designado Síndico, con domicilio en Viamonte 1331 Piso 2 CABA, hasta el día 14.11.2018.
Asimismo, se deja constancia que se ha fijado los días 4.2.2019 y 12.4.2019, respectivamente, para la presentación de los informes previstos por los Art. 35 y 39 de la Ley de Concursos y Quiebras Nro. 24.522, sus concordantes y modificatorias. El período de exclusividad vencerá el 20 de septiembre de 2019.
La audiencia informativa se realizará en la Sala de Audiencias del Juzgado el día 13.09.2019, a las 10:00 Hs. Publíquese por cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos.
Buenos Aires, 22 de agosto de 2018 Santiago Cappagli, secretario.
F.C. 0001-00005264 5 v./6.9.18

SENTENCIAS
ANTERIORES

PARANA
En los autos Nº 7600 caratulados: Leiva Rodrigo Mariano Paye Marcelo Fernando Santos Camilo Leonildo - Santos Marcelo Daniel s/ Homicidio en ocasión de robo víctimas: Julio Trossero y María Kriger, que tramitaran por ante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, mediante juicio oral, se ha dispuesto librar el presente, a fin de comunicar que se ha dispuesto la inhabilitación absoluta por el tiempo de la condena respecto de Camilo Leolindo Santos.
Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente de la sentencia que así lo dispone: En la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil dieciocho
SENTENCIA: I Declarar a MARCELO FERNANDO PAYE, de las demás condiciones personales consignadas en autos, autor material y responsable del delito de homicidio en ocasión de robo - Arts. 165 del Código Penal, en carácter de coautor Art. 45 del C.P., y condenarlo a la pena de trece 13 años de prisión de efectivo cumplimiento, con más las accesorias legales del Art. 12 del Código Penal - Arts.
5, 12, 40 y 41 del Código Penal-.
II Disponer que el cumplimiento de la pena
deberá cumplirse en la Unidad Penal de Coronda, Provincia de Santa Fe, debiendo el Servicio Penitenciario de Entre Ríos efectuar las diligencias necesarias para concretar lo dispuesto, sin perjuicio de lo que oportunamente resuelva la Sra. Jueza de Ejecución de Penas de esta ciudad.III Declarar a RODRIGO MARIANO LEIVA
de las demás condiciones personales consignadas en autos, autor material y responsable del delito de robo calificado por ser en despoblado y en banda Art. 166 Inc. 2 del C.P. - en carácter de participe necesario Art. 45 del C.P. - y condenarlo a la pena de cinco 5 años de prisión de efectivo cumplimiento, con más las accesorias legales - Arts. 5, 12, 40 y 41 del Código Penal-.
IV Declarar a CAMILO LEONILDO SANTOS
de las demás condiciones personales consignadas en autos, autor material y responsable del delito de robo calificado por ser en despoblado y en banda y por ser ejecutado por un miembro integrante de las fuerzas policiales
Art. 166 Inc. 2 del C.P., 167 bis y 48 del C.P.en carácter de partícipe secundario Art. 46
del C.P.- y condenarlo a la pena de cuatro 4
años y seis 6 meses de prisión de efectivo cumplimiento, con más las accesorias legales - Arts. 5, 12, 40 y 41 del Código Penal-.
V Declarar a MARCELO DANIEL SANTOS
de las demás condiciones personales consignadas en autos, autor material y responsable del delito de robo calificado por ser en despoblado y en banda y por ser ejecutado por un miembro integrante de las fuerzas policiales
Art. 166 Inc. 2 del C.P, 167 bis y 48 del C.P.en carácter de partícipe secundario Art. 46
del C.P.- y condenarlo a la pena de cinco 5
años de prisión de efectivo cumplimiento, con más las accesorias legales - Arts. 5, 12, 40 y 41 del Código Penal-.
VI Tener presente la renuncia a los plazos procesales para apelar la presente sentencia y, en consecuencia, ordenar el inmediato traslado de Camilo Leonildo Santos y Marcelo Daniel Santos a la Unidad Penal Nº 1 para dar cumplimiento a la pena impuesta.VII Declarar las costas a cargo de los imputados, eximiéndolos de su efectivo pago atento su notoria insolvencia Art. 585 del C.P.P.-.
VIII Disponer el decomiso y destrucción de los efectos secuestrados que fueran detallados en los considerandos precedentes.IX Efectúese por la Dirección de O.G.A. el informe a la víctima dispuesto por el Art. 11 bis Ley 24.660 incorporado por Art. 7 Ley 27.375
- B.O. 28.07.2017, y en su caso cumplimente los recaudos allí previstos.X Protocolícese, regístrese, comuníquese la presente, sólo en su parte dispositiva, a la Oficina de Gestión de Audiencias, Jefatura de Policía de Entre Ríos, Boletín Oficial, Juzgado Electoral, Secretaría Electoral Municipal, Área de Antecedentes Judiciales del S.T.J. y Registro Nacional de Reincidencia, practíquese cómputo de pena, líbrense los despachos pertinentes, y en estado archívese. Fdo: Dr. José María Chémez, Vocal; Dra.
María Carolina Castagno, Vocal; Dr. Alejandro Grippo, Vocal.
El mencionado Camilo Leolindo Santos, es argentino, ordenanza, nacido en La Paz, Entre Ríos, el 24.08.1956, hijo de Aniceto Santos y de Rita Noriega, domiciliado en calle Bournistein Nº 855, Paraná, Documento Nacional Identidad 12.036.253, Prontuario Policial Nº 571.706 ig.
Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, como asimismo de la inhabilitación

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 5/9/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data05/09/2018

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4782

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione05/07/2024

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