Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/4/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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y Los Monigotes S.A., respecto del Decreto Nº 2.807 M.P., de fecha 27 de agosto de 2012, ampliatorio del Decreto Nº 5.547/07 GOB; y Que han tomado intervención de competencia la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Secretaría de Producción Primaria del Ministerio de Producción y la Fiscalía de Estado;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Recházase el recurso de aclaratoria y/o ampliatoria interpuesto por el doctor Horacio Maiztegui Marcó en su carácter de apoderado legal de la firma Sáenz Valiente Hermanos S.A. y otras empresas que conforman su grupo económico, Quemada S.A., Quiya S.A. y Los Monigotes S.A., respecto del Decreto Nº 2.807 M.P., de fecha 27 de agosto de 2012, ampliatorio del Decreto Nº 5.547/07
GOB, conforme los fundamentos vertidos en los considerandos precedentes.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el Secretario de Estado de Producción.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese, con copia notifíquese al apoderado legal de las empresas enunciadas en el artículo 1º.
GUSTAVO E. BORDET
Carlos G. Schepens
DECRETO Nº 3154 M.P.
RATIFICANDO CONVENIO
Paraná, 21 de octubre de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones mediante las cuales el Ministerio de Producción interesa la ratificación del Convenio Marco de Cooperación Mutua, celebrado el día 17 de agosto de 2016
con la Universidad Autónoma de Entre Ríos UADER; y CONSIDERANDO:
Que tal instrumento se ha suscripto ante la importancia que reviste contar con la colaboración y aporte del sector académico, más aún al tratarse de una universidad provincial en la que se dictan carreras relacionadas con el mundo productivo, industrial y comercial, lo cual redundará en beneficios para el Ministerio al contarse con mayor información en las instancias de toma de decisiones; y Que son sus objetivos la promoción de la investigación, capacitación, experimentación y la extensión, también la realización de estudios y toda actividad que tienda a la formación, perfeccionamiento y especialización de profesionales, buscando una complementación entre las partes asegurando el máximo aprovechamiento de los recursos humanos, de infraestructura y equipamiento; y Que se busca integrar la universidad a la sociedad en el proceso de conocimiento y capacitación, interactuando con nuevos escenarios sociales, políticos y económicos desde su lógica, y la democratización del saber, resaltar la utilidad social del conocimiento y la practica formativa y reconocer y jerarquizar académicamente a las prácticas extensionistas y de investigación como parte imprescindible de la formación y actividad universitaria; y Que las actividades que surjan en el marco del presente convenio se formalizarán mediante convenios específicos, actas complementarias o anexos, donde constará el programa de trabajo, detalles operativos, los recursos, los resultados técnicos y económicos necesarios para el desarrollo de las mismas, unidad de producción, cantidades, montos, plazos, lugar y medio de pago si correspondiera y todo aquello que las partes entiendan necesario para la correcta interpretación de los trabajos encomendados, pudiendo convenirse las formas en que se llevarán a cabo los controles de gestión, a los fines de su seguimiento y evaluación de los resultados en mérito a los objetivos propuestos; y Que han tomado la intervención que les compete la Subsecretaría de Administración y Des-

BOLETIN OFICIAL
pacho y la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Producción;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Ratifícase el Convenio Marco de Cooperación Mutua, celebrado el día 17 de agosto de 2016 entre el Ministerio de Producción, representado por su titular señor Carlos Guillermo Schepens, y la Universidad Autónoma de Entre Ríos UADER, representada por el señor rector, bioingeniero Aníbal J. Sattler, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes y que agregado, forma parte integrante de la presente norma legal.
Art. 2º El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario de Estado de Producción.
Art. 3º Comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Carlos G. Schepens
DECRETO Nº 3155 M.P.
MODIFICANDO PRESUPUESTO
Paraná, 21 de octubre de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones por las que el agente Juan Ignacio Medus, DNI Nº 25.877.648, legajo personal Nº 182.232, de la planta permanente del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología del Ministerio de Producción, interesa su transferencia a la Administradora Tributaria de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que el agente Medus revista en un cargo categoría 6, Clase Administrativo y Técnico, Grupo Administrativo, Tramo b, Ejecución, del Escalafón General; y Que por Decreto Nº 4335/12 M.P., se adscribió al señor Medus a la Representación Territorial de la Ciudad de Maciá de la Administradora Tributaria de Entre Ríos ATER, a partir del 10 de diciembre de 2012; y Que obra en las presentes actuaciones la expresa conformidad del agente y de los titulares de los organismos involucrados; y Que a tales fines resulta necesario modificar el presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2016, Ley Nº 10.403, en Jurisdicción 15 - Ministerio de Producción, Unidad Ejecutora: Instituto de Control de Alimentación y Bromatología y en la Jurisdicción 30Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas - Unidad Ejecutora: Administradora Tributaria de Entre Ríos, mediante transferencia compensatoria de cargo, conforme planillas anexos III, las que agregadas forman parte de la presente norma legal; y Que han tomado intervención de competencia el Instituto de Control de Alimentación y Bromatología, la Subsecretaría de Administración y Despacho y la Dirección General de Asuntos Jurídicos, dependientes del Ministerio de Producción, la Dirección General de Personal y la Dirección General de Presupuesto; y Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 15º de la Ley Nº 10.403;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Modifícase el presupuesto general de la Administración Provincial, ejercicio 2016, Ley Nº 10.403, en la Jurisdicción 15 - Ministerio de Producción, Unidad Ejecutora: Instituto de Control de Alimentación y Bromatología y en la Jurisdicción 30 - Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, Unidad Ejecutora: Administradora Tributaria de Entre Ríos, mediante transferencia compensatoria de cargo, conforme planillas Anexo III, las que agregadas forman parte de la presente norma legal.
Art. 2º Transfiérase a partir de la fecha del presente decreto al agente Juan Ignacio Medus, DNI Nº 25.877.648, legajo personal Nº 182.232 de la planta permanente del Instituto
Paraná, jueves 6 de abril de 2017
de Control de Alimentación y Bromatología, dependiente del Ministerio de Producción, con situación de revista en un cargo categoría 6, Clase Administrativo y Técnico, Grupo Administrativo, Tramo b, Ejecución del Escalafón General, a la Administradora Tributaria de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, en igual cargo, clase, grupo y tramo, conforme los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 3º Encuádrase la presente gestión en los términos del artículo 15º de la Ley Nº 10.403.
Art. 4º Los organismos pertinentes comunicarán el alta y baja del agente interesado a la Dirección General de Personal.
Art. 5º El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Producción y de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, con copia del presente pasen las actuaciones al Instituto de Control de Alimentación y Bromatología del Ministerio de Producción a sus efectos y con copia a la Administradora Tributaria de Entre Ríos, dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, cumplimentado, archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Carlos G. Schepens Hugo A. Ballay
MINISTERIO DE TRABAJO
DECRETO Nº 3092 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 18 de octubre de 2016
VISTO:
Las presentes actuaciones relacionadas con el recurso de apelación jerárquica, interpuesto por la Dra. Eugenia Navarro en carácter de apoderada legal del Sr. Oscar Atilio Cano contra la Resolución N 2764/15 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos. dictado en fecha 24 de junio de 2015; y CONSIDERANDO:
Que, el recurso de apelación jerárquica fue articulado en fecha 09 de septiembre de 2015
y que lo resolución puesta en crisis fue notificada en fecha 02 de septiembre de 2015, motivo por el cual corresponde tenerlo por deducido en tiempo y forma de conformidad con lo previsto por el artículo 62 y s.s. de la Ley N
7060 siendo pertinente analizar la cuestión de fondo planteada por el recurrente; y Que, en fecha 07 de julio de 2013, el Sr. Cano peticionó que se le conceda el beneficio de jubilación ordinaria común; y Que mediante Resolución N 5158/13 de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, se le denegó el beneficio solicitado atento no acreditar la antigedad necesaria treinta 30 años de aportes, ni la edad requerida por la ley, sesenta y dos 62
años al haberse excluido los servicios autónomos reconocidos por A.N.S.E.S. por el período 1 de marzo de 1968 al 31 de enero de 1978 y 1 de abril de 1998 al 30 de septiembre de 1998;
recurrida dicha resolución mediante recurso de revocatoria el ente previsional la confirmó mediante Resolución Nº 0683/14 C.J.P.E.R.; y Que contra este último resolutorio, el Sr.
Cano interpuso recurso de apelación jerárquica el que fue resuelto favorablemente a sus intereses a través del Decreto Nº 337 MT de fecha 2 de marzo de 2015 previa intervención de competencia de Fiscalía de Estado mediante el Dictamen N 0662/14; y Que el referido Decreto N 337/15 MT hizo lugar al recurso interpuesto dado que los servicios excluidos por la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos ya habían sido reconocidos y verificados por la resolución de la A.N.S.E.S. y además porque al momento de iniciar el trámite jubilatorio 8

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TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data06/04/2017

Conteggio pagine29

Numero di edizioni4793

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione23/07/2024

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