Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.460.114, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 26 de noviembre de 2013 en Despacho Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Ghirardi, Stella Maris, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Despacho Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1503 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de mayo de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Melgarejo, Julieta María Virginia;
CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 5 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 510.630, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 18 de marzo de 2014 en el Área Liquidaciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Melgarejo, Julieta María Virginia, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621 de esta ciudad, por el retardo en que ha-

BOLETIN OFICIAL
bría incurrido el Despacho Secretaría General de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1504 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de mayo de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Decurnex, Gladis Mabel;
CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 5 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 439.080, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 23 de mayo de 2012 en el Área Liquidaciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Decurnex, Gladis Mabel, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Liquidaciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1505 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 30 de mayo de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Varela, Ana Lía;
CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 5 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza
Paraná, martes 19 de agosto de 2014
en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por la actora, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 1.527.229, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 9 de diciembre de 2013 en el Área Cómputos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por la apoderada legal de la señora Varela, Ana Lía, con domicilio legal en Avenida Alameda de la Federación Nº 621 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Cómputos de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en diligenciar un reclamo presentado oportunamente por la interesada, conforme a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 2º Intímase a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos a diligenciar en un plazo perentorio de diez 10
días hábiles administrativos el trámite pendiente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado para este acto por el señor Ministro Secretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.
Art. 4º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Diego E. Valiero
DECRETO Nº 1563 MT
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 4 de junio de 2014
VISTO:
El recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del señor Quellet, Alberto Ramón;
CONSIDERANDO:
Que el mismo, incoado en fecha 7 de mayo de 2014, se presenta ante la presunta tardanza en que habría incurrido la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en resolver un reclamo presentado oportunamente por el actor, encontrándose el mismo, a su entender, paralizado; y Que, conforme las disposiciones de la Directiva Nº 1/08 SGRIG respecto de la resolución de los recursos de queja, se agrega volante del Expediente Nº 737.522, por el que se tramita el reclamo en cuestión, del que surge que el mismo se encuentra desde el 31 de marzo de 2014 en el Área Central de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos; y Que, en consecuencia, es procedente hacer lugar al recurso de queja interpuesto, debiendo la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos en un plazo perentorio de diez 10 días, dar debido diligenciamiento al trámite pendiente;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Hácese lugar al recurso de queja interpuesto por el apoderado legal del señor Quellet, Alberto Ramón, con domicilio legal en calle Corrientes Nº 318 de esta ciudad, por el retardo en que habría incurrido el Área Central de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, en diligenciar un reclamo presen-

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 19/8/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data19/08/2014

Conteggio pagine32

Numero di edizioni4778

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione01/07/2024

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