Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/4/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 487 MDS
Paraná, 20 de marzo de 2013
Aprobando el contrato de locación de obra suscripto entre la Sra. Articuladora de Políticas Integrales, Flavia Cristina Mena y la Sra. Mercedes Ramona Ramírez MI N 11.657.933, en el que se establecen las cláusulas y condiciones para la ejecución de las tareas que en el mismo se especifican, por el período comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre del corriente año, el que agregado pasa a formar parte de este texto legal.
Exceptuando la presente gestión de las disposiciones de los Decretos Nº 3722/08 GOB y su modificatorio N 7773/08 MGJEOSP.
Encuadrando la contratación en las disposiciones del Art. 27, inciso c, apartado b, punto 3 de la Ley 5140 y sus modificatorias incluida la Ley 8964 t.o. del Decreto N 404/95
MEOSP y Art. 142, Inc. 4, Aparts. a y b del Decreto Nº 795/96 MEOSP.
Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Contable de la Gobernación a liquidar y abonar a la Sra. Mercedes Ramona Ramírez, previa presentación de factura correspondiente y constancia de trabajo, la suma mensual establecida en la cláusula cuarta del referido contrato, por el período comprendido entre el 2.1.2013 y el 31.12.2013, en concepto de honorarios por la obra encomendada.

MINISTERIO DE SALUD
DECRETO Nº 484 MS
DISPONIENDO INSTRUCCIÓN SUMARIA
Paraná, 20 de marzo de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones por las cuales la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud, comunica un gravísimo hecho suscitado en el Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman ex-Liniers de Rosario del Tala, sobre un supuesto abuso sexual acontecido el día 30.12.12, en el nosocomio; y CONSIDERANDO:
Que a fs. 1/2 de autos, obra nota de la Directora de Salud Mental poniendo en conocimiento del hecho ocurrido con un paciente del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman exLiniers de Rosario del Tala, en el que se encontraría involucrado un enfermero de la institución;
Que así las cosas a fs. 4 de autos, obra nota de fecha 2 de enero de 2013, de la Psicóloga Cecilia Campostrini, manifestado que: en el día de la fecha entrevistó a la paciente M.C., interna de esta institución, quien manifiesta que el día domingo a la tarde ella estaba tomando mates con Mingo, y que un enfermero de la guardia el Enf. Juan Carlos Isaurralde la llevó a la sala de hombres, la hizo ponerse boca abajo en la cama, cruzado y con los pies en el piso, y que le bajó la bombacha y le tocó la cola, muy fuerte y que le hizo doler. Que en el momento ella le avisó a la enfermera Marina que esta en la guardia
Que atento a ello el director del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman de Rosario del Tala, Psic. Pablo A. Solz, se presentó ante el Ministerio Público Fiscal y radicó la pertinente denuncia penal contra el agente Juan Carlos Isaurralde, obrando a fs. 5 de autos copia de la misma;
Que en resguardo del derecho a la intimidad de la paciente involucrada, su nombre se omite
deliberadamente, sin perjuicio de resaltar que la identidad de la supuesta víctima se encuentra perfectamente determinada en el marco del presente expediente;
Que conforme lo informado el agente Juan Carlos Isaurralde, DOC N 17.872.243, revista en un cargo de categoría 19 Tramo A -Carrera Enfermería -Escalafón Sanidad del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman de Rosario del Tala;
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud, ha tomado la intervención que le compete, dictaminando que surge prima facie verosímil la denuncia formulada respecto del supuesto hecho acontecido el día 30.12.12, en el que aparentemente el Sr. Juan Carlos Isaurralde, habría abusado sexualmente de una paciente internada en el Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman de Rosario del Tala, por lo que atento a la gravedad del hecho denunciado y la necesidad de extremar la celeridad en la actuación estatal investigativa, sumado a la imperiosa urgencia de reubicar al agente en un lugar en el cual no esté en contacto con pacientes y se encuentre bajo la dependencia directa de otra persona, corresponde sin más disponer la instrucción de un sumario administrativo al agente en cuestión, dada la gravedad que tal hecho concita, máxime cuando la supuesta víctima del hecho es una persona internada en un neuropsiquiátrico con las limitaciones e incapacidades que tal situación produce en la esfera intelectual y volitiva de la paciente para denunciar el hecho;
Que tal decisión de dar inicio al sumario administrativo no se encuentra librada a la potestad discrecional de la Administración sino que, por el contrario, en todos aquellos casos en que exista una conducta enrostrada a un agente público que sea susceptible de sanción disciplinaria la Administración se encuentra compelida a disponer la iniciación de las investigaciones sumariales correspondientes a fin de desentrañar la realidad de los hechos, esto es, la existencia o inexistencia de los supuestos fácticos denunciados y la responsabilidad disciplinaria que pudiere caberle a los agentes involucrados. De este modo estando circunstanciado el hecho objeto de imputación y encontrándose perfectamente identificado el agente público objeto de aquella imputación corresponderá inevitablemente disponer la sustanciación del sumario administrativo en cuyo marco el imputado podrá ejercer ampliamente su derecho de defensa;
Que conforme a lo expuesto corresponde disponer la instrucción de un sumario administrativo al agente Juan Carlos Isaurralde, Doc. N
17.872.243, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71º -inciso e -en relación al incumplimiento de los deberes consagrados en el Artículo 61º incisos a, b y dde la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia;
Que asimismo y teniendo en cuenta la gravedad de la irregularidad denunciada, deberá disponerse el inmediato traslado del agente para cumplir otra tarea en el cual no esté en contacto con pacientes y se encuentre bajo la dependencia directa de otra persona hasta tanto se resuelva definitivamente la cuestión ventilada, conforme lo establece el artículo 75 de la de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, que prevé la posibilidad de disponer el traslado con carácter transitorio del agente cuando su alejamiento sea imprescindible para el esclarecimiento de los hechos investigados o cuando su perma-

Paraná, martes 23 de abril de 2013
nencia en funciones fuera evaluada como peligrosa, riesgosa o inconveniente;
Que corresponde facultar al Sr. Secretario de Gestion Sanitaria del Ministerio de Salud, a los fines que disponga el traslado en forma inmediata del agente Juan Carlos Isaurralde, Doc.
N 17.872.243, del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman de Rosario del Tala;
Que atento a la vigencia de la Ley 9755
Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, la que por el artículo 121 derogó la Ley 3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y concordantes Resolución N 555/71 y Decreto N 2/70 SGG corresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma en todos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentación de procedimientos administrativos para los sumarios, conforme lo establece el artículo 1 del Decreto N 2840/07 GOB y Decreto N 2012/09 GOB;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Dispónese la instrucción de un sumario administrativo al agente Juan Carlos Isaurralde, Doc. N 17.872.243, quién revista en un cargo de categoría 19 Tramo A -Carrera Enfermería -Escalafón Sanidad del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman de Rosario del Tala, por estar su conducta presuntamente incursa en lo prescripto por el artículo 71 -inciso e -en relación al incumplimiento de los deberes consagrados en el artículo 61º, incisos a, b y dde la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, de conformidad a lo expresado en el presente decreto.
Art. 2º Dispónese el inmediato traslado del agente para cumplir otra tarea en el cual no esté en contacto con pacientes y se encuentre bajo la dependencia directa de otra persona hasta tanto se resuelva definitivamente la cuestión ventilada, todo ello conforme lo establece el artículo 75 de la Ley 9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia, atento a lo expresado en los considerandos precedentes.
Art. 3º Facúltese al Sr. Secretario de Gestión Sanitaria del Ministerio de Salud, a los fines que disponga el traslado en forma inmediata del agente Juan Carlos Isaurralde, Doc.
N 17.872.243, del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. Luis Ellerman de Rosario del Tala.
Art. 4º Manténgase plenamente en vigencia y en todos sus términos el Reglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo 20 y concordantes Resolución N
555/71 y Decreto N 2/70 SGG conforme lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N
2840/07 GOB.
Art. 5º Pásense las presentes actuaciones a la Dirección de Sumarios dependiente de Fiscalía de Estado, a sus efectos.
Art. 6º El presente decreto será refrendado por el Sr. Ministro Secretario de Estado de Salud.
Art. 7º Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Hugo R. Cettour
DECRETO Nº 490 MS
Paraná, 20 de marzo de 2013
Adscribiendo a partir de la fecha del presente a la agente Alejandra Gabriela Sciortino, DNI
N 13.883.111, quién revista en el cargo categoría 6 -Carrera Administrativa -Supervisión Escalafón General de la Dirección de Epidemiologia del Ministerio de Salud al IAFAS -

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 23/4/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data23/04/2013

Conteggio pagine20

Numero di edizioni4796

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione26/07/2024

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