Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/4/2013

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Nº 25.200 - 068/13

PARANA, miércoles 17 de abril de 2013

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Educación, Deportes y Prevención de Adicciones Ministerio de Cultura y Comunicación Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Ministerio de Producción Ministerio de Turismo Ministerio de Trabajo Secretaría Gral. y de Relaciones Institucionales de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
MINISTERIO DE DESARROLLO
SOCIAL
DECRETO Nº 443 MDS
APROBANDO PROGRAMA
Paraná, 14 de marzo de 2013
VISTO:
Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social por la Subsecretaría de Programas Especiales; y CONSIDERANDO:
Que mediante las mismas interesa la aprobación del Programa denominado Poder Popular, el que pasa a formar parte del presente y que será ejecutado a través de la citada Subsecretaría;
Que el mismo se fundamenta en la necesidad de dar respuestas inclusivas a las organizaciones sociales en pos de la búsqueda del fortalecimiento de sus acciones reconociendo el trabajo solidario, cooperativo y comprometido que orientan las misiones y objetivos, a través de capacitaciones en cuestiones vinculadas con la administración, gestión y/o fortalecimiento de saberes específicos, habiéndose en tal sentido definido una línea de acción destinada al Fortalecimiento Organizacional que permita reconocer el valor real de las organizaciones sociales en el acompañamiento de las acciones del Estado en sus múltiples niveles y dimensiones;
Que sus objetivos generales se refieren a potenciar proyectos participativos que contribuyan al empoderamiento y fortalecimiento del capital social de las organizaciones;
Que asimismo los objetivos específicos serán: contribuir al fortalecimiento de los recursos humanos y materiales de las organizacio-

EDICION: 26 Págs. - $ 2,50

D. Sergio Daniel Urribarri D. José Orlando Cáceres Cr. D. Adán Humberto Bahl Dr. D. José Eduardo Lauritto D. Pedro Baez Cr. D. Diego Enrique Valiero D. Carlos Gustavo Ramos Dr. D. Hugo Ramón Cettour Ing. D. Juan Javier García Cr. D. Roberto Emilio Schunk D. Hugo José María Marsó Dr. D. Guillermo Smaldone Dra. Da. Sigrid Elisabeth Kunath
nes sociales; promover acciones orientadas a la capacitación, acceso a bienes y potenciación de las redes sociales y las organizaciones sociales, como también contener a los grupos de trabajo territorial que no se encuentren organizados formalmente;
Que dicho programa tendrá como población destinataria las organizaciones sociales de la Provincia formalmente constituidas y con desarrollo de acciones comunitarios y/o cooperativas y en forma excepcional organizaciones territoriales que no se encuentren formalmente constituidas, las cuales deberán presentar aval de experiencia de trabajo territorial por parte de las instituciones públicas locales u otras organizaciones parte de la red;
Que por el presente programa se apoyarán económicamente los proyectos presentados por organizaciones sociales que permitan fortalecer su acción a través de capacitaciones, fortalecimiento de saberes específicos en los cuales interviene la organización y/o apoyo en gestión administrativa de la organización, o través de dos líneas de financiamiento: a Fortalecimiento a la organización para la adquisición de bienes de infraestructura, por un monto de hasta $ 10.000 y b Fortalecimiento de acciones con impacto comunitario, por un monto de hasta $ 15.000, para lo cual se faculta por el presente al Ministerio de Desarrollo Social a aprobar y disponer los pagos respectivos mediante el dictado de resoluciones del titular de la cartera, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia;
Que para su ejecución se estima una inversión de la suma total de $ 500.000, a cuyo efecto la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, practicó la reserva preventiva de los fondos con la pertinente intervención de la Sra. Contadora Delegada de la Contaduría General de la Provincia;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción ha tomado intervención dictaminando al respecto;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase el programa denominado Poder Popular, el cual pasa a formar parte integrante del presente texto, que será ejecutado por la Subsecretaría de Programas Especiales del Ministerio de Desarrollo Social y cuyo objetivo principal será el de potenciar proyectos participativos que contribuyan al empoderamiento y fortalecimiento del capital social de las organizaciones, detallándose en el mismo sus objetivos, modalidad y forma de implementación, como así también sus especificaciones de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente.
Art. 2º Facúltase al Ministerio de Desarrollo Social a invertir hasta la suma total de pesos quinientos mil $ 500.000, en la ejecución del programa aprobado en el artículo precedente durante el ejercicio 2013, y a disponer la aprobación y pago de la suma que corresponda a favor de los proyectos que resulten seleccionados, mediante el dictado de resoluciones del titular del Ministerio, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Art. 3º Déjase establecido que el Ministerio de Desarrollo Social, como organismo de aplicación del Programa Poder Popular, tiene competencia y atribuciones para dictar disposiciones reglamentarias, establecer requisitos y condiciones para su ejecución y todas otra medida que resulte necesaria para el cumplimiento del mismo.
Art. 4º Impútese el gasto con cargo a los siguientes créditos del Presupuesto vigente:
Dirección de Administración 959- Carácter 1-

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/4/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data17/04/2013

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4778

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione01/07/2024

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