Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/2/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

Paraná, viernes 8 de febrero de 2013
de determinación y liquidación previsto en el Convenio Marco ratificado por el Decreto N
4824/10 MEHF, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 0455 MP
Paraná, 15 de mayo de 2012
Aprobando el proyecto productivo presentado por el señor Mario Luis Furlán, CUIT N
20-06079783-9, domiciliado en la zona rural de la localidad de Cerrito, Provincia de Entre Ríos, consistente en la adquisición de vaquillas para tambo y siembra de pasturas con el objetivo de mejorar la producción, por la suma de $ 240.000 y disponer su inclusión en los alcances de la Cláusula Segunda, Punto 12
del Convenio Marco suscripto entre el Gobierno Provincial y el Nuevo Banco de Entre Ríos SA, ratificado por Decreto N 4824/10 MEHF.
Encuadrando la presente gestión en la excepción del artículo 17º, Inciso b de la Ley N
5140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones t.o. por Decreto N
404/95 MEOSP y en el Decreto N 4824/10
MEHF.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción se tramiten las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de incluir las respectivas partidas para atender las bonificaciones de costo financiero que se devenguen como consecuencia del proyecto aprobado conforme lo dispuesto anteriormente, en el Presupuesto del Ejercicio 2012 y subsiguientes.
Autorizando a la Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción para la emisión del respectivo libramiento de fondos, a efectivizar a favor del Nuevo Banco de Entre Ríos SA el importe correspondiente al subsidio de tasas devengadas respecto de los vencimientos informados por dicha entidad conforme al procedimiento de determinación y liquidación previsto en el Convenio Marco ratificado por el Decreto N
4824/10 MEHF, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 0456 MP
Paraná, 15 de mayo de 2012
Aprobando el proyecto productivo presentado por la firma Benedetti Hermanos SRL, CUIT
N 30-71178268-7, domiciliado en la localidad de Maciá, Provincia de Entre Ríos, consistente en la adquisición de equipamiento para la homogenización de leche en sachet y maquinarias destinadas a la elaboración de yogurt y crema de leche, por la suma de $ 150.000 y disponer su inclusión en los alcances de la Cláusula Segunda, Punto 12 del Convenio Marco suscripto entre el Gobierno Provincial y el Nuevo Banco de Entre Ríos SA, ratificado por Decreto N 4824/10 MEHF.
Encuadrando la presente gestión en la excepción del artículo 17º, Inciso b de la Ley N
5140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones t.o. por Decreto N
404/95 MEOSP y en el Decreto N 4824/10
MEHF.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción se tramiten las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de incluir las respectivas partidas para atender las bonificaciones de costo financiero que se devenguen como consecuencia del proyecto aprobado conforme lo dispuesto anteriormente, en el Presupuesto del Ejercicio 2012 y subsiguientes.
Autorizando a la Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción para la emisión del respectivo libramiento de fondos, a efectivizar a favor del Nuevo Banco de Entre Ríos SA, el importe correspondiente al subsidio de tasas devenga-

BOLETIN OFICIAL
das respecto de los vencimientos informados por dicha entidad conforme al procedimiento de determinación y liquidación previsto en el Convenio Marco ratificado por el Decreto N
4824/10 MEHF, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 0457 MP
Paraná, 15 de mayo de 2012
Aprobando el proyecto productivo presentado por la firma Catelani José Luis y Folmer María Julia, CUIT N 20-12556668-6, con domicilio en calle Diagonal Industria N 209 de la localidad de Cerrito, Provincia de Entre Ríos, consistente en la adquisición de 250 cabezas de ganado bovino, por la suma de $ 500.000 y disponer su inclusión en los alcances de la Cláusula Segunda, Punto 6 del Convenio Marco suscripto entre el Gobierno Provincial y el Nuevo Banco de Entre Ríos SA, ratificado por Decreto N 4824/10 MEHF.
Encuadrando la presente gestión en la excepción del artículo 17, Inciso b de la Ley N
5140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones t.o. por Decreto N
404/95 MEOSP y en el Decreto N 4824/10
MEHF.
Disponiendo que a través de la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción se tramiten las adecuaciones presupuestarias pertinentes a fin de incluir las respectivas partidas para atender las bonificaciones de costo financiero que se devenguen como consecuencia del proyecto aprobado conforme lo dispuesto anteriormente, en el Presupuesto del Ejercicio 2012 y subsiguientes.
Autorizando a la Tesorería General de la Provincia previa intervención de la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción para la emisión del respectivo libramiento de fondos, a efectivizar a favor del Nuevo Banco de Entre Ríos SA, el importe correspondiente al subsidio de tasas devengadas respecto de los vencimientos informados por dicha entidad conforme al procedimiento de determinación y liquidación previsto en el Convenio Marco ratificado por el Decreto N
4824/10 MEHF, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 0458 MP
Paraná, 15 de mayo de 2012
Aprobando la contratación directa por vía de excepción efectuada por el Ministerio de Producción, correspondiente al servicio de traslado de un grupo de Productores del Mercado El Charrúa el día 4 de octubre de 2011 a la localidad de Moreno, Provincia de Buenos Aires con espera y regreso a la ciudad de Paraná con motivo de una reunión pactada con el Gobierno Nacional y reconocer la Factura N
0001-00001522 de la firma Day Viajes y Turismo, por el importe de $ 3.000, emitida de conformidad a las normas legales y tributarias vigentes.
Encuadrando la presente gestión en lo establecido por el artículo 3, del Decreto N
1755/11 MEHF, modificatorio de la Reglamentación del Régimen de Contrataciones del Estado.
Autorizando a la Subsecretaría de Administración y Despacho del Ministerio de Producción, a efectivizar a favor de la firma Day Viajes y Turismo, con fondos disponibles para tal fin, el importe del comprobante reconocido anteriormente, con cargo de oportuna rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
RESOLUCION Nº 0459 MP
RECHAZANDO RECURSO
Paraná, 15 de mayo de 2012
VISTO:
El recurso de apelación jerárquica interpuesto por la entidad Banco Río de la Plata SA, a
11
través de su apoderado legal, Dr. Gustavo Rafael Cipriani, contra la Resolución N 209/2010
SRIyC; y CONSIDERANDO:
Que previo a la consideración de las expresiones vertidas en el recurso planteado cabe expresar que la resolución recurrida fue notificada en fecha 20 de abril de 2010 y el recurso de apelación jerárquica ha sido incoado en fecha 27 de abril del mismo año, en consecuencia debe tenérselo por interpuesto en legal tiempo y forma, de acuerdo al precepto contenido en el Art. 62 de la Ley N 7060, por lo que resulta procedente abocarse al estudio de la cuestión de fondo;
Que las actuaciones referenciadas se inician con una denuncia formulada por el Sr. Cristaldo, Sergio Daniel M.I. N 14.357.348, ante la Dirección General de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, contra Banco Río de la Plata SA Sucursal Paraná, con domicilio en calle Pellegrini N 29, por presuntas infracciones a la Ley N 24.240;
Que el denunciante expone en su escrito de denuncia haber tomado un Mutuo Hipotecario por un monto de dolares estadounidenses sesenta mil u$s 60.000, denominado bajo el número 00013597, Super Créditos Vivienda, pagadero en 120 cuotas contemplando una bonificación del 20%, denominada Super Recompensa sobre el capital, todo ello para el supuesto de cumplimiento en debida forma y tiempo;
Que entre las condiciones que imponía la entidad denunciada, se debían tomar otros paquetes o servicios del Banco, por lo que el denunciante en autos, optó por el denominado paquete Infinity;
Que el pago del crédito, se efectuaba mediante débito automático sobre la cuenta corriente del cliente a medida que operaban los vencimientos respectivos;
Que el Sr. Cristaldo por intermedio de un empleado de la entidad denunciada toma conocimiento acerca de la no correspondencia del beneficio Super Recompensa, esto es la bonificación del 20% sobre el capital, por lo que procede a intimar a la misma mediante CD
808407684, a fin de que ésta se sirva informar el motivo, causa, o incumplimiento, por el que no correspondía el beneficio promocionado;
Que en respuesta a dicha misiva, la entidad denunciada manifiesta que no es merecedor del premio estipulado en la Carta compromiso toda vez que Ud., no dio acabado cumplimiento de las condiciones de la misma toda vez que ha realizado cancelaciones anticipadas del préstamo inmobiliario;
Que en respuesta a ésta última manifestación, el Sr. Cristaldo remite CD N 822569246, por la que rechaza y niega en todos sus términos la misiva, esbozando asimismo, que los pagos del crédito se efectuaban mediante débito automático de una cuenta corriente;
Que los argumentos brindados por el Banco Río de la Plata SA, en su oportunidad, fueron que el Sr. Cristaldo habría incurrido en mora en el pago del saldo adeudado, esto es, la suma de pesos cuatrocientos treinta y uno con ochenta y cuatro centavos $ 431,84, por el uso de la tarjeta VISA Crédito, cuyo vencimiento operó el día 25 de julio de 2006;
Que a ello el denunciante responde, que el referido pago fue debitado por el Banco de la cuenta del suscripto y por el importe de pesos doscientos treinta y ocho con noventa y dos centavos $ 238,92;
Que a las actuaciones referenciadas luce agregada copia simple de Carta Compromiso, suscripta por el Sr. Cristaldo y a continuación se glosan fotocopias de Cartas Documento intercambiadas entre las partes y asimismo, actas de audiencia conciliatoria de partes, de las que según consta, los resultados alcanzados han sido infructuosos;
Que se le otorga a la sumariada el término de ley a fin de que formule el descargo que estime

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 8/2/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data08/02/2013

Conteggio pagine28

Numero di edizioni4780

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione03/07/2024

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