Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/1/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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con Documento Nacional de Identidad 35.707.330, soltero, de 19 años de edad, nacido el 14 de setiembre de 1991, domiciliado en Andrés Pazos 727, de la ciudad de Paraná, Dpto.
Paraná, Provincia de Entre Ríos; Marcos Jesús Giménez, con Documento Nacional de Identidad 32.327.770, soltero, de 24 años de edad, nacido el 2 de mayo de 1986, domiciliado en Chubut 2257, de la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos, todos argentinos, mayores de edad y de mi conocimiento, doy fe.
Y expresan: I Declaraciones de las partes:
A EXPOSICION: Julián Fernández Burzaco y Lorena Natalia Merlach, declaran que son los únicos integrantes de la sociedad denominada ENTRE FE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, lo que acreditan con: contrato social celebrado en la ciudad de Federal, Dpto. Federal, Provincia de Entre Ríos, el 5 de febrero de 2007, inscripto en el Registro Público de Comercio el 25 de junio de 2008, del que resulta que la sociedad tiene su domicilio legal en calle Donovan 746 de la ciudad de Federal, su plazo de duración es de 50 años a contar desde su inscripción en el Registro Público de Comercio, el capital social es de pesos doce mil $ 12.000 dividido en ciento veinte 120
cuotas de pesos cien veinte $ 100 valor nominal cada una, suscriptas por los socios en un 30% por la Srta. Merlach Lorena Natalia, que representan pesos tres mil $ 3.000 y un 70%
por el Sr. Fernández Burzaco Julián, que representan pesos nueve mil $ 9.000 valor nominal cada uno. Dirigida por el señor Julián Fernández Burzaco, con el cargo de gerente.
B ESTIPULACION: Que en tal carácter, ceden, venden y transfieren sesenta cuotas que tienen y les pertenecen en la referida sociedad de la siguiente manera: el Sr. Fernández Burzaco Julián a favor del señor Buttazzoni Valentín Antonio, la cantidad de treinta 30 cuotas que representan pesos tres mil $ 3.000 valor nominal y la Srta. Merlach Natalia Lorena, a favor del señor Giménez Marcos Jesús, la cantidad de treinta y seis 30 cuotas que representan pesos tres mil $ 3.000 valor nominal, teniendo cada cuota un valor nominal de pesos cien $ 100 cada una lo que totalizan un valor de doce mil $ 12.000.
El precio por el que se pacta esta operación es de pesos seis mil $ 6.000 que los cesionarios abonan en este acto pesos seis mil $ 6.000 en dinero en efectivo que los cedentes reciben de conformidad, quienes por la presente otorgan formal recibo de pago conforme a derecho.
Buttazzoni Valentín Antonio y Giménez Marcos Jesús en su carácter de cesionarios aceptan esta cesión que están de acuerdo a lo convenido, agregando que declaran conocer y aceptar la documentación social de la que surge la exacta situación económica y financiera de la sociedad a la fecha del presente contrato.
Como así también del contrato social cuyo texto ratifican expresamente.
III Declaraciones complementarias:
1 Julián Fernández Burzaco, continúa en su carácter de gerente de la sociedad, declarando bajo juramento de ley que nada tiene que reclamar a los cedentes y a los cesionarios en virtud de la presente cesión y que ha arreglado con los cedentes todas las cuestiones económicas, laborales, etcétera, generadas en virtud del cargo que hasta la fecha ejercía en la sociedad cuyas cuotas han sido cedidas por medio de la presente.
2 Los cedentes declaran que no se hallan inhibidos para disponer de sus bienes, que no hay cesión anterior y se obligan por evicción, vicios redhibitorios y saneamiento conforme a derecho.
3 Ambas partes en forma expresa, dejan constancia que requirieron al autorizante otorgar la presente escritura sin certificado de inhibición y dominio, de vigencia y del estado contable de la sociedad, y en general de requerir todas las constancias administrativas, económicas y financieras, etcétera, liberándolo de toda responsabilidad en tal sentido.
III Reforma de contrato social: El artículo
BOLETIN OFICIAL
segundo queda redactado de la siguiente manera: La sociedad tendrá por objeto la prestación por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros de servicios de seguridad y vigilancia privada, custodia de bienes y valores, seguridad electrónica y monitoreo, servicios de dirección, asesoramiento y gestión, servicios auxiliares a la intermediación financiera, servicios de asesoría financiera, financiación y otras actividades financieras.
A tales efectos la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar actos que no sean prohibidos por las leyes ni por este contrato y servicios en materia industrial, agropecuaria, inmobiliaria.
En virtud de la cesión de cuotas aquí convenida el artículo quinto del contrato social quedará redactado de la siguiente forma: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de un gerente, socio o no, el que actuará en forma individual e indistinta por el término de tres 3 ejercicios, siendo reelegible.
El gerente tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes sociales, inclusive por aquellos en que la ley requiere poderes especiales conforme a lo previsto en los artículos 1881 del Código Civil y 9 del Decreto 5965/93.
Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos operar con bancos e instituciones de crédito, oficiales y privados, comprar, vender, importar exportar, ceder, permutar, gravar y enajenar bienes por los precios, formas de pago y demás condiciones que libremente convengan, otorgar poderes generales y especiales inclusive para querellar criminalmente con el objeto y extensión que juzguen.
IV Cambio de domicilio legal: el nuevo domicilio legal de la sociedad queda constituido en la calle Intendente Lino Máximo Churruarín 682, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos.
El acta de reunión dice: ACTA: en la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, República Argentina, a los 24 días del mes de agosto del año dos mil once, en la sede social de ENTREFE SRL, se reúnen Julián Fernández Burzaco, con Documento Nacional de Identidad 27.836.912, domiciliado en Donovan 746, de la ciudad de Federal, Dpto. Federal, Provincia de Entre Ríos; Valentín Antonio Buttazzoni, Documento Nacional de Identidad 35.707.330, domiciliado en Andrés Pazos 727, de la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos y Marcos Jesús Giménez, con Documento Nacional de Identidad 32.327.770, domiciliado en Chubut Nº 2257, de la ciudad de Paraná, Dpto. Paraná, Provincia de Entre Ríos, a los fines de dejar confeccionada la cláusula tercera del contrato social, luego de la cesión de cuotas y reforma contractual, que se realizó el día 8 de abril de 2011 y ante el requerimiento efectuado por la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas, por lo que la cláusula tercera queda redactada de la siguiente manera:
TERCERA: el capital social se fija en la suma de pesos doce mil $ 12.000 dividido en ciento veinte 120 cuotas de pesos cien $
100 valor nominal cada una, las que son suscriptas por los socios en la siguiente proporción: el Sr. Julián Fernández Burzaco, Documento Nacional de Identidad 27.836.912, sesenta 60 cuotas que representan pesos seis mil $ 6.000; el Sr. Valentín Antonio Buttazzoni, Documento Nacional de Identidad 35.707.330, treinta 30 cuotas que representan pesos tres mil $ 3.000 y el Sr. Marcos Jesús Giménez, Documento Nacional de Identidad 32.327.770, treinta 30 cuotas que representan pesos tres mil $ 3.000. Las cuotas se encuentran integradas en efectivo.
Registro Público de Comercio - DIPJ - Paraná, 14 de diciembre de 2011 - Cristian Mathern, abogado inspector DIPJ.
F.C.S. 00079861 1 v./17.1.12

Paraná, martes 17 de enero de 2012

SUMARIO
DECRETOS
Año 2011
Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas 2635, 2636, 2938, 3042, 3043
Ministerio de Salud 2570, 2571, 2572, 2579, 2586, 2587, 2590, 2591, 2620, 2624, 2625, 2638, 2639, 2660, 2661, 2662, 2663, 2664, 2665, 2666, 2667, 2668, 2669, 2670, 2671, 2672, 2673, 2674, 2675, 2676, 2677, 2678, 2679, 2680, 2681, 2683, 2684, 2685
RESOLUCIONES
Año 2008

Secretaría de Salud 3543, 3544, 3545, 3546, 3547, 3548, 3558, 3595, 3596, 3597, 3598, 3599, 3600, 3601, 3602, 3603, 3653, 3654, 3655, 3656
Las publicaciones de edictos, se recibirán hasta las 9 hs., del día anterior al de publicación, sin excepción
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Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 17/1/2012

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data17/01/2012

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4782

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione05/07/2024

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