Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 20/9/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.612
Intendentes y Concejales Municipales y Convencionales Constituyentes Provinciales y Municipales, debiendo optar mediante decisión por mayoría simple de los votos presentes el procedimiento a seguir. El sistema que adopte la mesa ejecutiva se utilizara para todos los cargos que se deban cumplir en todas las categorías provinciales y municipales, quedando expresamente prohibido adoptar más de un sistema o combinación de distintos sistemas para las mismas y diferentes categorías de cargos.
ARTÍCULO 30: la Mesa Ejecutiva se reunirá en forma ordinaria o extraordinaria para la elección de los candidatos mencionados en este título, en los cargos a cubrir y mediante decisión por mayoría simple de los votos presentes, según el siguiente procedimiento: el postulante que obtuviera mayoría simple para su elección será consagrado y proclamado como candidato en primer lugar, en caso de empate entre los dos primeros se procederá a una segunda votación reducida a los dos postulantes que hubieran obtenido mayor cantidad de votos, los restantes se someterán a otra votación a los efectos de determinar el candidato que será consagrado y proclamado en segundo lugar y siguientes. En esta segunda votación los postulantes serán ordenados correlativamente en función de la cantidad de votos obtenidos por cada uno de ellos. Si por aplicación por la ley de cupo, uno o más de los cargos a elegir deban ser cubiertos por una mujer se realizará una votación específica para ese cargo y orden circunscripta a las postulantes del sexo femenino, aplicándose para consagrar a la candidata, el mismo sistema de elección preestablecido en el presente artículo. Las restantes candidatas, serán consagradas en la misma forma prevista en los párrafos anteriores y en orden correlativo cubrirán los lugares que correspondan nominar a una mujer.
ARTÍCULO 31: Los candidatos a Intendentes, Vice Intendentes, Concejales y Convencionales Constituyentes Municipales, serán elegidos por el Consejo Departamental a que pertenezca el respectivo Municipio, por el mismo procedimiento previsto para la elección de los candidatos a cargos electivos Provinciales.
TITULO V
EL PATRIMONIO
ARTÍCULO 32: El tesoro del partido se formará por:
fondos partidarios, bienes muebles e inmuebles adquiridos por compra, permuta o donación. El partido registrara ante las autoridades para su uso exclusivo, como emblema: la bandera de color azul; y como símbolo: el yacaré y boina de color azul, pudiendo usar en las boletas electorales provinciales o municipales la siglas U.C., y numero de lista que designe la justicia.
TITULO VI
DE LA EXTINCION
ARTICULO 33: La existencia legal del partido cesara cuando lo dispusiere el Congreso Provincial por el voto de los dos tercios de sus miembros y así lo deberá hacer saber al órgano de aplicación Provincial y en este caso los bienes del partido serán destinados a un Organismo No Gubernamental sin fines de lucros.CAPITULO VII

CORRIENTES, 20 DE SEPTIEMBRE DE 2022

DISPOSICIONES TRANSITORIAS
ARTÍCULO 34: Se faculta a la Junta Promotora hasta la conclusión del per iodo de reconocimiento y proclamación de las primeras autoridades partidarias electas a impulsar este trámite hasta su total culminación Asimismo, la Junta Promotora queda facultada para designar apoderados, certificantes de firmas de adhesiones y afiliaciones y revocar sus mandatos.
ARTICULO 35: Suspéndase el llamado a internas por el periodo eleccionario que sobrevenga de manera inmediata, a la fecha de la aprobación y constitución Judicial como partido, hasta pasada la fecha de las elecciones provinciales inmediatas y venideras de la constitución judicial de la personería jurídica partidaria, para la participación electoral de las autoridades constituyentes de este partido, todo ello si así lo autorizare la justicia.Dentro de los noventa 90 días de la notificación del reconocimiento, las autoridades promotoras deberán convocar y haber realizado las elecciones internas para constituir las autoridades definitivas para el partido, conforme a las disposiciones de su respectiva carta orgánica. Realizada la elección en el plazo precedentemente establecido, el acta de la misma será presentada al juez con competencia electoral dentro de los diez 10 días de celebrada la elección. 6. Todos los trámites ante la justicia de aplicación, hasta la constitución definitiva de las autoridades partidarias, serán efectuados por las autoridades promotoras o los apoderados quienes serán solidariamente responsables de la veracidad de lo expuesto en las respectivas documentaciones, siendo pasibles, si incurrieren en falsedad, de las sanciones previstas en el apart. 2, del art.
33 sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda.
Partido Unión Correntina I: 19/09 V: 21/09

Partido UNION CORRENTINA
ACTA N 7
En la ciudad de Corrientes a los ocho días del mes de junio, reunidos las autoridades elegidas del partido UNION CORRENTINA, por presidencia se solicita se constate la existencia de quorum para sesionar, constatada la existencia de quorum. El Sr. Presidente da por iniciada la sesión a fin de tratar la siguiente orden del día; 1 comunicar y dar publicidad de las autoridades electas, 2 Comunicar al Boletín Oficial y al Juzgado Electoral la presente acta. 3 de la postergación de la presente reunión. 4 designar nuevos apoderados del partido UNION CORRENTINA.
Toma la palabra el Sr. Presidente quien mociona lo siguiente. 1 que se imparta al apoderado Guillermo Maximiliano Hernández Encina la publicidad de las autoridades electas de la convocatoria realizada oportunamente en septiembre del 2021 donde surge quienes conforman el Congreso Provincial del Partido Unión Correntina y la Mesa Ejecutiva Provincial, en el acta N 6, 2 Dar publicidad inmediata poniendo en
PAG. Nº 19

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 20/9/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaeseArgentina

Data20/09/2022

Conteggio pagine20

Numero di edizioni532

Prima edizione09/11/2020

Ultima edizione25/07/2024

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