Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/6/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS PROVINCIALES
PODER EJECUTIVO: Convocar a los afiliados activos de la Administración Pública Provincial, con el objeto de integrar el Directorio del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut para la coberura del mandato por el periodo de dos años Decreto N 736
Rawson, 14 de junio de 2024
VISTO:
Los artículos 74,75 y 76 de la Constitución Provincial; la Ley XVIII N 32; el Decreto Provincial N 1692/
23; Resolución N 1087/16 del Directorio del Instituto de Segundad y Seguros; y CONSIDERANDO:
Que los artículos de la Constitución Provincial invocados en el Visto son taxativamente específicos sobre las garantías del Estado respecto a la Seguridad Social, a los Aportes y Riesgos, y a la Administración de los aportes;
Que el artículo 3º de la Ley Previsional Provincial XVIII N 32, establece que la administración del Instituto de Seguridad Social y Seguros estará a cargo de un Directorio integrado por un 1 Presidente y tres 3
vocales;
Que en su tercer párrafo dispone que dos 2 de los vocales representarán a los afiliados activos y pasivos respectivamente, eligiéndose de igual modo cuatro 4 vocales suplentes, quienes los reemplazarán en caso de renuncia, ausencia, vacancia o fallecimiento;
Que serán elegidos mediante el voto directo y secreto de todos los afiliados a dicho Instituto comprendidos en el sistema previsional y de obra social, y beneficiarios del régimen previsional, teniendo un mandato de dos 2
años de duración siempre que conserven sus cualidades. Pueden resultar reelectos o removidos según el procedimiento electoral fijado en su último párrafo;
Que en la citada Ley en su artículo 3 en su quinto párrafo expresa que el acto electoral será organizado por el Poder Ejecutivo según la reglamentación que se dicte;
Que por Resolución N 1087/16 del Directorio del Instituto asumieron en sus funciones los Vocales electos - Titulares y Suplentes - en representación del Sector Activo y Pasivo de sus afiliados, a partir del 12 de septiembre del 2016;
Que sus respectivos mandatos concluyeron el 12
de septiembre del 2018;
Que han transcurrido ocho años desde la última elección de los vocales representantes del sector Activo y del sector Pasivo, provocando una situación irregular sostenida;

Martes 25 de Junio de 2024

Que el Decreto Provincial N 1692/23, con fecha 29
de diciembre de 2023, establece la intervención del Instituto de Seguridad Social y Seguros, por el término de tres meses a los fines de realizar las auditorías internas y su normalización;
Que a los fines de la Convocatoria al acto electoral tendiente a la regularización del Instituto, en cuanto a la elección de vocales, específicamente a su organización, resulta necesario fijar el Reglamento Electoral como Anexo I al presente decreto, y dentro de aquel, el Cronograma Electoral como Anexo II, todos parte integrante del presente instrumento legal;
Que por aplicación supletoria del Código Electoral Nacional demanda a un plazo no menor a tres 3 meses anticipados a la fecha del escrutinio;
Que en consecuencia corresponde al Poder Ejecutivo Provincial convocar a elecciones para el mandato de los representantes de los Afiliados Activos y a los Afiliados Pasivos, disponiendo la fecha de los Comicios y la designación de los miembros que integrarán la Junta Electoral;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

D E C R E TA :
Artículo 1º.- Convocar a los afiliados activos de la Administración Pública Provincial, dependientes de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Entes Descentralizados, Autárquicos y Autofinanciados, Municipales y Comunales, a fin que procedan a elegir un 1 Vocal Titular y dos 2 Vocales Suplentes, con el objeto de integrar el Directorio del Instituto de Seguridad Social y Seguros de la Provincia del Chubut para la cobertura del mandato por el período de dos 2 años.Artículo 2º.-Convocar a los afiliados pasivos del Instituto de Seguridad Social y Seguros a fin de que procedan a elegir un 1 vocal titular y dos 2 vocales suplentes, a los fines y efectos establecidos en el artículo anterior.Artículo 3: Designar a los integrantes de la Junta Electoral que llevará adelante el procedimiento de los comicios a: Luciana SOUZA MARIÑAS D.N.I N
29.692.382, José Martín ALANIZ D.N.I N 33.937.457, Emilio Gustavo GÓMEZ D.N.I N 28.046.305, Elena Eliana RUBILAR ACEVEDO D.N.I N 24.457.509, Viviana Caren LLOYD D.N.I N 22.615.736, Sergio Samuel DURAN D.N.I
N 20.339.690, Horacio Alfredo CRETTÓN D.N.I N
16.421.381; quienes cesarán en sus funciones una vez proclamados los candidatos electos al Directorio. El desempeño como tales tiene el carácter de carga pública, por lo que mantendrán todos los derechos y situación laboral en sus respectivas reparticiones hasta tanto hayan finalizado su cometido invocado en el presente decreto.Artículo 4º.-Fijar la realización del acto eleccionario para el día 18 de septiembre de 2024, entre las 09 y las 16 horas.Artículo 5º.-Para ser candidato se deben reunir los

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/6/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data25/06/2024

Conteggio pagine29

Numero di edizioni4346

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione02/07/2024

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