Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 20 de Noviembre de 2020

BOLETÍN OFICIAL

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 9500/20-S.I.J.
Rawson Chubut, 17 de noviembre de 2020.VISTOS:
El proyecto acompañado por el Sr. Secretario de Informática Jurídica del Superior Tribunal de Justicia.
Y CONSIDERANDO:
El proceso de implementación de la gestión digital de expedientes que se está llevando a cabo en organismos jurisdiccionales.
Las experiencias en diversos organismos de la tramitación de expedientes con eliminación del uso de papel.
La existencia de la plataforma y las herramientas de gestión digital necesarias que posibilitan la consulta -por parte de los organismos externos a los jurisdiccionalesen los casos en que son remitidos en calidad de vista.
Que la Secretaría de Informática Jurídica SIJ desarrolló y puso en servicio la tecnología referida y que posibilita tal actividad.
Que en virtud de la pandemia de Coronavirus COVID-19 esta tecnología permite brindar el servicio de justicia con optimización, sin necesidad de concurrencia presencial, evitando de esa manera contactos personales con el propósito de disminuir el riesgo de un contagio en un contexto actual ya señalado.
Que es atribución de este Cuerpo, promover Acordadas y Reglamentos que conlleven al mejor funcionamiento del Poder Judicial conforme lo establecido por la Ley Orgánica de la Justicia de la Provincia del Chubut.
Por ello, la Superintendencia Administrativa del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia del Chubut conforme lo dispuesto por los arts. 178 inc. 3 de la Constitución Provincial; 20 inc. q y 22 f de la Ley V N
174 y la delegación conferida por el Acuerdo Plenario N4946/2020:

R E S U E LV E
Artículo 1º: HABILITAR la Vista Digital de Expediente VISTA de los organismos no penales para los organismos pertenecientes al Poder Judicial del Chubut que, por razones procesales y propias de sus funciones, deban intervenir en los procesos.
Artículo 2: APROBAR el Anexo 1 PROCESO DE
VISTA DIGITAL DE EXPEDIENTES, el que forma parte de la presente.
Artículo 2º: DEFINICIÓN: Se define por Vista Digital de Expediente VISTA la consulta en los mismo términos, condiciones y niveles de acceso que el sistema SERCONEX Civil o el que en lo futuro lo reemplace, permitiendo el acceso a la causa en modo consulta y presentación de escritos digitales.
Artículo 3º: El organismo donde tramita el expediente AUTORIZANTE habilitará al organismo que deba dar vista DESTINO durante un lapso temporal de días.
Durante este lapso el DESTINO podrá acceder a la VISTA del expediente digital.

PÁGINA 3

Artículo 4º: El DESTINO será notificado del inicio del plazo de VISTA en forma electrónica.
De ser necesaria durante el proceso de VISTA acceder al expediente en formato papel o documental física, deberá solicitar al AUTORIZANTE su remisión con debida justificación.
No se deberá solicitar acceso a información ya incluida en la VISTA.
Artículo 5º: El DESTINO deberá mantener e informar a la SIJ el listado de Magistrados o Funcionarios que podrán acceder a las VISTAS otorgadas.
Cada acceso realizado será registrado en la auditoría del sistema de gestión correspondiente.
Tanto el alta de nuevos usuarios como la baja de los mismos será responsabilidad del máximo responsable del organismo DESTINO.
Artículo 6º: REGÍSTRESE, publíquese en el Boletín Oficial y por los canales electrónicos a los organismos dependientes del Superior Tribunal de Justicia del Chubut.
Cumplido, archívese.
MARIO LUIS VIVAS
ALEJANDRO JAVIER PANIZZI
ANEXO 1
PROCESO DE VISTA DIGITAL DE EXPEDIENTES
Objetivo:
Brindar acceso a la vista digital a organismos internos al Poder Judicial del Chubut Descripción:
Habilitar el acceso temporal a causas a organismos internas en causas no penales que permitan la gestión digital.
Definiciones:
- AUTORIZANTE: Organismo responsable del expediente que habilita la vista del mismo a otro organismos.
- DESTINO: Organismos habilitado para la vista en el plazo indicado - USUARIOS-DESTINO: Usuarios habilitados por cada organismo DESTINO para acceso a todas las vistas otorgadas al mismo.
- RESERVA: expediente indicado como en estado de reserva y solo puede ser consultado en el organismo donde radica en forma personal.
Premisas:
- Permitir el acceso temporal en causas no penales que no tuvieran estado de RESERVA.
- Evitar la remisión de expedientes físicos o impresión de documentos digitalizados.
- Las habilitaciones de vista y sus notificaciones serán al organismo evitando dependencias de personas en particular.
Organismos Habilitados Se coordinará el inicio de cada organismo brindan-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/11/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data20/11/2020

Conteggio pagine17

Numero di edizioni4365

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione30/07/2024

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