Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PÁGINA 2

BOLETÍN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Ratificase Convenio suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia del Chubut, ad referéndum del señor Gobernador de la Provincia, y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación Decreto N 1061
Rawson, 29 de Octubre de 2020
VISTO:
El Expediente N 556/2020-MAGIyC; y CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto, tramita la ratificación del Convenio suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia del Chubut, ad referéndum del señor Gobernador de la Provincia, y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Protocolizado el día 23 de septiembre de 2020, al Tomo 3 - Folio 003 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno;
Que el citado acuerdo tiene por finalidad la cooperación entre las partes a fin de asistir a productores ganaderos y agricultores familiares afectados por el estado de emergencia y/o desastre agropecuario declarado, en los términos de la Ley N 26.509, a través de la Resolución N RESOL-2020-160-APN-MAGYP del 7 de agosto de 2020 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación que cuenten con certificado de emergencia y/o desastre agropecuario, mediante la entrega de ANR y/o insumos, suplemento alimenticio y/o fardos, y equipamiento para mitigar los daños causados directamente en su producción y/o en la capacidad productiva de sus explotaciones;
Que a los efectos de la concreción del objeto establecido en el citado Convenio, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación se comprometió a aportar a la Provincia del Chubut, la suma de hasta PESOS TRECE MILLONES SETENTA Y UN MIL
TRESCIENTOS SESENTA $ 13.071.360, en forma de ANR, imputable a los recursos de la Ley N 26.509 FONEDA, Ejercicio vigente, sujeta a disponibilidad presupuestaria;
Que mediante el Decreto Provincial N 524/2020, se declara hasta el día 31 de marzo de 2021, el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario en los Departamentos de Cushamen, Paso de Indios, Gastre, Telsen, Languiñeo y Tehuelches de la Provincia del Chubut, por el perjuicio y los daños productivos y económicos provocados en el incremento poblacional de la plaga de tucura, que afecta a productores y pue-

Viernes 20 de Noviembre de 2020

blos originarios mapuchetehuelches y sus producciones pecuarias;
Que en consecuencia corresponde ratificar el citado convenio suscripto por el señor Ministro de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio, ad referéndum del señor Gobernador de la Provincia;
Que conforme lo establece el Artículo 135 Inciso 1
de la Constitución Provincial corresponde dar cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia a los efectos de que tome la intervención que le compete;
Que ha tomado legal intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- RATIFICASE en todos sus términos el Convenio suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio de la Provincia del Chubut, ad referéndum del señor Gobernador de la Provincia, y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Protocolizado el día 23 de septiembre de 2020, al Tomo 3 - Folio 003 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, el cual tiene por finalidad la cooperación entre las partes a fin de asistir a productores ganaderos y agricultores familiares afectados por el estado de emergencia y/o desastre agropecuario declarado, en los términos de la Ley N 26.509, a través de la Resolución N
RESOL-2020-160-APN-MAGYP, y el Decreto Provincial N 524/2020.Artículo 2.- Dese cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut a efecto que tome intervención conforme lo establece el Artículo 135, Inciso 1 de la Constitución Provincial de la Provincia del Chubut.Artículo 3 - El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio y de Gobierno y Justicia.
Artículo 4.- REGÍSTRESE, comuníquese, notifíquese, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Lic. LEANDRO JOSÉ CAVACO
Sr. JOSÉ MARÍA GRAZZINI AGERO

RESOLUCIONES
PODER JUDICIAL
HABILITA VISTA DIGITAL DE EXPEDIENTE VISTA DE
ORGANISMOS NO PENALES PARA LOS ORGANISMOS
PERTENECIENTES AL PODER JUDICIAL DEL CHUBUT
QUE, POR RAZONES PROCESALES Y PROPIAS DE SUS
FUNCIONES, DEBAN INTERVENIR EN LOS PROCESOS.
APRUEBA - ANEXO 1 PROCESO DE VISTA DIGITAL DE
EXPEDIENTES, EL QUE FORMA PARTE DE LA PRESENTE.

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 20/11/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data20/11/2020

Conteggio pagine17

Numero di edizioni4365

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione30/07/2024

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