Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/10/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Lunes 24 de Octubre de 2016

PAGINA 5

BOLETIN OFICIAL

En otros 0,05
puntos En ambos casos con un máximo de 3 puntos Artículo 6.- DE LA OPOSICIÓN:
La oposición consistirá en:
1.- La presentación de un proyecto de trabajo que tendrá un marco referencial, el desarrollo consistirá en el planteo de las actividades que desarrollará, formas de abordaje de las tareas, planteos de evaluación.
2.- La solución por escrito de asuntos prácticos, relativos a la materia propia del cargo concursado.
3.- La exposición y coloquio sobre un tema sorteado del enunciado temático, más preguntas sobre otros temas que hacen a la competencia del cargo concursado.
Artículo 7.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
La resolución de casos y de temas deberá permitir que los postulantes demuestren las siguientes aptitudes:
Conocimientos teóricos sobre la Ley Provincial III Nº 21 Antes 4347, V Nº 74 Antes 4244; Ley Nacional Nº 23.849 y 26.061 y sus Decretos Reglamentarios Nºs 1293/05, 415/06 y 416/06, antecedentes, normas complementarias, instrumentos internacionales que integran la Doctrina de la Protección Integral y Derechos Humanos, incorporados por el Art. 75 Inc. 22 de la Constitución Nacional.
Criterios prácticos en la aplicación de los conocimientos teóricos.
La aptitud para la elaboración y formalización de actos administrativos.
Conocimientos de las condiciones sociales, culturales y problemáticas en general de la ciudad de Rawson.
Artículo 8.- ENTREVISTA PERSONAL:
Finalizado el coloquio de todos los postulantes y en la misma sesión se llevará a cabo, individualmente la entrevista personal. Se valorarán las condiciones personales, entre otras la actitud, predisposición, verbalización y todo aquello que tenga que ver con la imagen del postulante.Artículo 9º.- COMISIÓN EXAMINADORA:
Adoptará las medidas necesarias que permita el desarrollo efectivo del Concurso Público de Antecedentes y Oposición. En todas las reuniones que desarrolle esta Comisión se labrará, un Acta que formará parte de los antecedentes.
En la primera reunión la Comisión elegirá entre sus miembros a quien cumplirá funciones de Presidente.
Con anterioridad al cierre de inscripción del Concurso, la Comisión Examinadora podrá proponer asuntos prácticos para resolver por escrito y temas para desarrollar en el coloquio.
Sorteará y proporcionará a los postulantes el tema práctico que deberá resolver por escrito en el tiempo que se fije, común para todos los concursantes.
Concluida la etapa anterior, se sorteará en presencia de los postulantes, el orden de exposición y un tema de los enunciados, sobre el cual expondrán sucesivamente durante un término que no podrá exceder de veinte 20 minutos.
La Comisión Examinadora, deberá concluir su tarea
en un plazo de siete 7 días hábiles.Artículo 10.- DESERCIÓN
Será considerado desertor el postulante que no cumplimentara las diferentes etapas, por inasistencia injustificada o por retirarse sin completar algunos de los requerimientos.Artículo 11º.- DELIBERACIÓN al MERITO
Finalizadas las entrevistas personales, el plenario pasará a deliberar para determinar el puntaje obtenido y el mérito alcanzado. A tales efectos deberán considerarse las siguientes pautas de evaluación:
Antecedentes Profesionales, técnicos, laborales, académicos y científicos con un máximo de veinte 20 puntos.
En la oposición el máximo será de cuarenta 40
puntos.
La entrevista personal tendrá un máximo de cuarenta 40 puntos.
El orden de mérito obtenido con motivo del concurso, solo tendrá efecto en el ámbito del mismo y no genera derechos ni responsabilidades de cualquier otra naturaleza para los concursantes.
Concluido el Concurso la Comisión Examinadora, elevará al Concejo Deliberante en un tiempo no mayor a treinta 30 días corridos, los nombres y legajos de los postulantes conforme los lugares en el orden de mérito, alcanzado por cada uno de ellos.Artículo 12º.- DE LA IMPUGNACIÓN:
Todos los inscriptos pueden impugnar por medio de Recurso de Reconsideración, el puntaje dado, cuando así lo consideren, dentro de los siete 7 días posteriores a la notificación.
I: 24-10-16 V: 26-10-16
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución N 808
Rawson, 04 de Octubre de 2016
VISTO:
Lo dispuesto por el artículo 61º del Código Fiscal vigente y el artículo 8 de la Resolución 386/13-DGR, la Resolución Nº 070/99-DGR, modificada por Resolución Nº 370/03-DGR y por Resolución Nº 567/10-DGR y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 386/13-DGR se encuentran reglamentados los requisitos y condiciones para acceder a planes de facilidades de pago de los tributos, multas, recargos, intereses y actualizaciones que percibe esta Dirección General;
Que la experiencia demuestra la necesidad de establecer un régimen general de garantías de las deudas incluidas en los mencionados planes de facilidades de pago, con el fin de preservar la integridad del crédito fiscal y facilitar su cobro en los casos de decaimiento;
Que dichas garantías resultaran aplicables únicamente sobre aquellos planes de facilidades que implican un mayor interés fiscal;
Que ha tomado la intervención que le compete la

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/10/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data24/10/2016

Conteggio pagine28

Numero di edizioni4350

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione08/07/2024

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