Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/2/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 7 de Febrero de 2007

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2.- Delegar en la Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares, la facultad que fuera otorgada mediante Decreto N 2140/05, quedando facultada a autorizar el cupo mensual de nueve mil 9.000 horas extraordinarias a realizar por personal de su de pe nd en c ia, debiendo adoptar los recaudos para la certificación mensual de las efectivamente realizadas.
Artículo 3.- Establecer que las horas extraordinarias autorizadas por el Decreto N 2140/05, podrán ser asignadas, hasta la cantidad de siete mil quinientas 7.500 a las Delegaciones Administrativas, debiendo efectuarse dicha asignación mediante Disposición Conjunta entre la Dirección de Personal No Docente y la Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares.
Artículo 4.- Disponer que la Dirección de Personal No Docente podrá asignar hasta la cantidad de 900 novecientas horas extraordinarias para el personal no docente con funciones en la Sede del Ministerio de Educación, y las restantes 600 seiscientas horas extraordinarias serán reservadas para atenciones de emergencias y serán asignadas con previsión de 100 cien horas extraordinarias para la Sede de este Ministerio y 500
quinientas para Delegaciones Administrativas, previa autorización expresa de la Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares.
Artículo 5.- Determinar que los Delegados Administrativos deberán reasignar las horas extraordinarias autorizadas mediante acto administrativo correspondiente, Disposición, evaluando previamente las solicitudes de horas extraordinarias; teniendo en cuenta las plantas orgánicas funcionales, turno, secciones, matrícula de alumnos, agentes en tareas pasivas y funciones del personal en edificios donde funcione más de un Establecimiento.
Artículo 6.- Establecer que en el período de receso escolar para el caso del personal no docente que presta servicios en los diferentes Establecimientos Educativos, los cupos se reducirán al 50% y en el período de Licencia Anual Reglamentaria, no se realizará asignación de cupo de horas extraordinarias, salvo necesidad expresamente justificada y evaluada.
Artículo 7.- Disponer que las Delegaciones Administrativas, deberán remitir mensualmente, copias de las Disposiciones de asignación de horas extraordinarias a la Dirección de Personal No Docente.
Artículo 8.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares Artículo 9.- Por el Ministerio de Coordinación de Gabinete regístrese, comuníquese a la Dirección General de Administración de Personal y vuelva al Organismo oficiante para su posterior tramitación, tome conocimiento Dirección de Personal No Docente, por Mesa de Entradas y Salidas remítase copia a las Delegación Administrativa Región I Las Golondrinas, Región II
Puerto Madryn, Región III Esquel, Región IV TrelewRawson, Región V Sarmiento y Región VI Comodoro Rivadavia, por Departamento Registro y Verificaciones comuníquese a la Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares y cumplido ARCHÍVESE.

PAGINA 3

HAYDEE MIRTHA ROMERO
Cr. GUSTAVO ALEJANDRO CASTAN

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
DIRECCION GENERAL DE RENTAS

Res. Nº 21

17-01-07

Artículo 1º.- DISPONER, previa autorización de la Contaduría General de la Provincia, la devolución de la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS DIEZ $ 1.210,- a la Sra. GIANINA Viviana DNI Nº 14.151.592 con domicilio en Avda. San Martín de la localidad de Río Pico, Provincia del Chubut, correspondiente al pago efectuado por error depositado con fecha 6 de junio del 2006, Boleta de Depósito Nº 346013 Desglose Letra J en la Cuenta Corriente Nº 0200612/1 en concepto de Tasa Retributivas de Servicios y Otros, cuenta del Banco del Chubut S.A.
I: 05-02-07 V: 09-02-07

Res. Nº 22

17-01-07

Artículo 1.- Extender a favor del contribuyente GLOBAL FARM S.A., inscripto en Convenio Multilateral bajo el N 901-033788-4 C.U.I.T. N 30-70098905-0, con domicilio en Artilleros N 2222, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de ciento ochenta 180 días corridos contados a partir del 24 de enero de 2007, la Constancia de NO RETENCIÓN del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la Jurisdicción Chubut.
I: 05-02-07 V: 09-02-07

Res. Nº 23

17-01-07

Artículo 1.- Extender a favor del contribuyente INGENIO Y REFINERIA SAN MARTIN DEL TABACAL
S.R.L., inscripto en Convenio Multilateral bajo el N 901920209-0 C.U.I.T. N 30-50109122-3, con domicilio en Leandro N. Alem Nº 986 9º Piso Capital Federal, por el término de ciento ochenta 180 días corridos contados a partir del 18 de enero de 2007, la Constancia de NO RETENCIÓN del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la Jurisdicción Chubut.
I: 05-02-07 V: 09-02-07

Res. Nº 26

19-01-07

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación de la señora María Elena Isabel PAGGI de SUSANICH como Agente de Retención realizada mediante Resolución Nº 117/95 DGR.
Artículo 2º.- Designar Agente de Retención del Impuesto de Sellos por las operaciones que se realicen en

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/2/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data07/02/2007

Conteggio pagine15

Numero di edizioni4363

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione26/07/2024

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