Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/2/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

Miércoles 7 de Febrero de 2007

BOLETIN OFICIAL

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Sección Oficial
Resolución N XIII-06/07.
Rawson, 30 de Enero de 2007.
VISTO: El Expediente N 5148-ME-05; y
RESOLUCIONES
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 18/07.
Rawson, 08 de Enero de 2007.
VISTO:
El Convenio de Comodato celebrado entre el Banco del Chubut S.A. y la Dirección General de Rentas del Chubut, y CONSIDERANDO:
Que por dicho Convenio el Banco del Chubut cede en uso parte del espacio del inmueble de la sucursal Rawson a la Receptoría Nº 6 de la Dirección General de Rentas;
Que la Dirección General de Rentas utilizará ese espacio para el funcionamiento de una boca de atención al contribuyente de recursos provinciales;
Que el plazo de utilización es de doce meses a partir del 02/05/2006 con renovación automática;
Que en virtud de lo expuesto se considera necesario reubicar a la Receptoría Nº 6 de la localidad de Rawson autorizando su funcionamiento en el Banco del Chubut S.A. a partir del 08/01/2007;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asuntos Legales;
POR ELLO:
La Dirección General de Rentas de la Provincia del Chubut
RESUELVE:
Artículo 1º.- Afectar el funcionamiento a partir del 8/
01/2007 de la Receptoría Nº 6 de la Dirección General de Rentas del Chubut en las instalaciones del Banco del Chubut S.A. que en virtud del Contrato de Comodato oportunamente suscripto fueron asignadas a este organismo fiscal.
Artículo 2º.- Autorizar el desplazamiento del personal perteneciente a la Receptoría Nº 6 al inmueble del Banco del Chubut para continuar cumpliendo las funciones inherentes a su cargo.
Artículo 3º.- REGÍSTRESE, notifíquese a las dependencias de esta Dirección General, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.
Cdor. EDUARDO TOMAS WILLIAMS
I: 05-02-07 V: 09-02-07

CONSIDERANDO: Que por Decreto N 2140/05 se faculta a la Señora Ministro de Educación a autorizar el cupo mensual de nueve mil 9.000 horas extraordinarias a realizar por personal de su dependencia;
Que por Resolución XIII N 350/98 del Ministerio de Educación se resolvió distribuir, en los casos que las necesidades de servicio así lo requieran, en un 12,50%, del total de las horas extraordinarias autorizadas, para el personal no docente con funciones en esta Sede y en un 87,50% para el personal que presta servicios en las distintas dependencias y establecimientos educativos de toda la Provincia;
Que a fojas 22 obra nota del Señor Subsecretario de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares, en la cual solicita una nueva distribución del cupo de horas extraordinarias establecido por Decreto N 2140/05;
Que en consecuencia corresponde dictar un nuevo acto administrativo a fin de dejar sin efecto la Resolución XIII N 350/98 del Ministerio de Educación;
Que habiéndose efectuado un análisis de la situación actual de los establecimientos educativos y de la Sede del Ministerio de Educación, corresponde asignar hasta la cantidad de siete mil quinientas 7.500 horas extraordinarias a las Delegaciones Administrativas dependientes del Ministerio de Educación;
Que la asignación de horas extraordinarias precedentemente mencionadas deberá efectuarse mediante Disposición conjunta entre la Dirección de Personal No Docente y la Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares;
Que la Dirección de Personal No Docente podrá asignar hasta la cantidad de novecientas 900 horas extraordinarias, para el personal no docente con funciones en la Sede del Ministerio de Educación, y las restantes seiscientas 600 horas extraordinarias serán reservadas para atenciones de emergencias y serán asignadas con previsión de cien 100 horas extraordinarias para la Sede de este Ministerio y quinientas 500 para Delegaciones Administrativas, previa autorización expresa de la Subsecretaría de Recursos, Apoyo y Servicios Auxiliares;
Que la Dirección de Personal No Docente interviene conforme su competencia certificando que el presente trámite cumplimenta los requisitos formales y sustanciales exigidos por la normativa legal vigente;
Que la Señora Ministro de Educación se encuentra facultada para resolver al respecto;
POR ELLO:
La Ministro de Educación
RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto a partir de la fecha de la presente, la Resolución XIII N 350/98 del Ministerio de Educación.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/2/2007

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

PaeseArgentina

Data07/02/2007

Conteggio pagine15

Numero di edizioni4363

Prima edizione07/01/2004

Ultima edizione26/07/2024

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