Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/08/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 13 de Agosto de 2015

Nº 5380

SECRETARIA GENERAL

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 10,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LVI
EDICION DE 38 PAGINAS

Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 38

DECRETOS

DECRETO Nº 1131
Viedma, 27 de Julio de 2015.
Visto: el Expediente N 153.035-DPSD-2.015, del Registro del Ministerio de Desarrollo Social, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se gestiona el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Ochocientos Veinticinco Mil $ 825.000,00, a favor de la Municipalidad de Luis Beltrán, destinado a solventar los gastos que demanda la atención de los trabajadores temporarios y permanentes de la Cooperativa Choele Choel, según detalle de la planilla anexa I del presente Decreto;
Que la mencionada cooperativa dedica su actividad a la producción vitivinícola;
Que dicho aporte será destinado a los trabajadores de la Cooperativa para garantizar sus necesidades básicas tales como alimentación, asistencia y tratamiento en salud, refacción edilicia de las viviendas;
Que a fojas 14/15 obra Informe Técnico Social respaldatorio al otorgamiento de dicho aporte;
Que es política del Ministerio de Desarrollo Social, atender este tipo de erogaciones de acuerdo con lo establecido en el Art. 4 del Decreto Nº 134/
10 y su modificatorio Decreto N 229/13;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal del Ministerio de Desarrollo Social, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista Nº 03767-15;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Articulo 181º Inciso I de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Ochocientos Veinticinco Mil $ 825.000,00 que será abonado en cuatro 04 cuotas mensuales y consecutivas de Pesos Ciento Cuarenta y Cinco Mil $ 145.000.00 y una 1 cuota de Pesos Doscientos Cuarenta y Cinco Mil $ 245.000,00, a favor de la Municipalidad de Luis Beltrán CUIT N 30-67273650-8, destinado a solventar los gastos que demanda la atención de los trabajadores temporarios y permanentes de la Cooperativa Choele Choel, de acuerdo con el visto y considerando del presente Decreto.
Art. 2.- Comprométase para el presente ejercicio financiero la suma de Pesos Ochocientos Veinticinco Mil $ 825.000.00, a los créditos del Programa 14, Actividad 01, Partida 572, Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Recurso 34462, a cargo del Ministerio de Desarrollo Social.Art. 3.- El monto total asignado deberá abonarse por la Tesorería General de la Provincia correspondiente a la cuenta N 999032 y girado a la orden de la Municipalidad de Luis Beltrán CUIT Nº 30-67273650-8 siendo su Intendente Municipal, Señor Apud, Juan Carlos CUIL N 20-045482368, responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido por el Decreto N 134/10 y su modificatorio Decreto N 229/13.Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Desarrollo Social.Art. 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.WERETILNECK. F. H. Galli.

PLANILLA ANEXA I
AL DECRETO N 1131
Apellido y Nombre CERDA OLMOS, Abel CONTRERAS, Carlos Rubén DIAZ, Oscar Daniel FERNANDEZ, Oscar Alfredo HERNANDEZ, Esteban LARGER, Roberto LLORENTE, Ricarde Luis QUIÑELAF, Santiago SOTO, Horacio Raúl VERGARA, María Belén CABEZAS, Juan Andrés CONTRERAS, Carlos Ceferino DIAZ, Ringo Natalio FERREIRA, Cristian Nazareno FORTUNATI, Diego Adrián HERRERA SAEZ, Flavio HUEBRA, Ever Anselmo MORALES, Adrián MORALES, Miguel Angel PONCE, Andrés Néstor PONCE, Luis Alberto RETAMAL, Benjamín RETAMAL, Pablo Ernesto ROMOZZI, Pablo SCHAAP, Pablo Alberto TORRES, Horacio Edue COMIN. Lautaro Jesús DIAZ, Alejandro Javier ÑANCULAF, Fabio Adrián oOo
CUIL Nº 20-10943905-4
23-18232964-9
20-24893064-6
20-07871768-9
20-93762635-6
20-07871783-2
20-12116282-3
20-10804329-7
20-12428930-1
27-33943115-4
20-22867141-0
20-33653026-2
20-20196025-9
20-25409083-3
20-31162892-6
20-92868577-3
20-27884432-4
23-23558180-9
20-27773709-5
20-17585143-8
20-30951030-6
20-12786582-6
20-14979763-8
20-28514498-2
20-17398422-8
20-17994573-9
20-32694746-7
20-31162891-8
20-33943071-4

DECRETO Nº 1134
Viedma, 29 de Julio de 2015.
Visto, el Expediente Nº 90.032-SSP-15, del Registro del Ministerio de Economía, la Ley N 5.021 de Presupuesto General para la Administración Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N 5.021 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de Presupuesto, debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legislativo;
Que en virtud de ello y a solicitud de las distintas Jurisdicciones Administrativas, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía, debe adecuar los créditos presupuestarios contenidos en el Presupuesto vigente, en el marco de las facultades conferidas por el Artículo 15 de la Ley H N 3.186;
Que en el presente Decreto es de aplicación la Resolución Nº 119/13 de la Fiscalía de Estado y la nota nº 1309/12 CG de la Contaduría General de la Provincia;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 inciso 1 de la Constitución Provincial;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 13/08/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data13/08/2015

Conteggio pagine38

Numero di edizioni1923

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione25/07/2024

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