Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/08/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5278
ADDENDA
ACTA ACUERDO COMPLEMENTARIA N 64
CONVENIO PARA IMPLEMENTACION, MANEJO Y
EJECUCIÓN DE UN FONDO DE CREDITO

Visto y Considerando:
Que mediante el Decreto N 1301/05 se ratificó el Convenio Marco de Asistencia. Cooperación y Administración entre la Fundación de la Barrera Zoofitosanitaria de la Patagonia Fun.Ba.Pa y la Provincia de Río Negro;
Que conforme se estableció en la cláusula primera del convenio mencionado precedentemente. las partes se comprometieron a prestarse mutua colaboración, asistencia, capacitación y cooperación a los fines de mantener la óptima eficiencia en la utilización entre otros de los recursos financieros y técnicos, obteniéndose por resultado una mayor coordinación y eficacia en las acciones y velar por la buena aptitud y calidad de los productos alimenticios destinados al consumo de la población;
Que el Programa de fondo de crédito via Fondos Rotatorios se encuentra dirigido a mejorar las condiciones económicas y sociales de los productores locales. basado en un enfoque territorial y diferenciado para cada zona;
Que a través del Acta Acuerdo N 64 suscripta el 14 de Enero de 2.014
entre EL MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA DE
LA PROVINCIA DE RIO NEGRO y LA FUNDACION BARRERA
ZOOFITOSANITARIA DE LA PATAGONIA Fun.Ba.Pa, ratificada por Decreto N. 27/2014, las partes se comprometen a realizar acciones conjuntas necesarias con el fin de optimizar la utilización de un Fondo Rotatorio de Créditos FRC destinado a otorgar créditos para atender a productores y/o empresas vinculadas a la actividad productiva;
Que en cumplimiento de la referida Acta Acuerdo la PROVINCIA aportó la suma de $ 10.000.000,00 con carácter de Aporte No Reintegrable ANR
a la Fun.Ba.Pa;
Que resulta procedente conforme el avance del programa, y relevamientos realizados, establecer mecanismos de financiamiento de actividades y gastos necesarios para dar cumplimiento al objetivo propuesto;
Que se busca apoyar a las poblaciones rurales en distintas acciones de cooperación Técnica y financiera, siendo propicio para ello el financiamiento de capacitaciones, herramientas y equipamiento, materiales e insumos necesarios para acompañar los procesos productivos;
Que resulta necesario destinar para ello, la suma de hasta Pesos Novecientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Veinte $ 952.220 del fondo original aportado;
Que el Artículo 7 del Acta Acuerdo Complementaria N 64 establece que toda modificación o prórroga que se efectúe por mutuo acuerdo de partes, se formalizará mediante la suscripción de una Addenda a la misma.
Que por lo expuesto corresponde modificar el Artículo 4 Acuerdo Complementaria N 64 incorporando un inciso que contemple la posibilidad de destinar los fondos originariamente aportados hasta la suma de Pesos Novecientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Veinte $ 952.220, para la realización de contrataciones y/o adquisiciones necesarias para dar cumplimiento al presente convenio;
Que, asimismo, el importe señalado mantendrá el carácter de Aporte No Reembolsable ANR y los bienes y servicios adquiridos serán destinados a pequeños y medianos productores de la Provincia de Rio Negro;
Por Ello:
EL MINISTERIO DE AGRICULTURA GANADERIA Y PESCA DE LA
PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada por el Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca Don Haroldo Amado Lebed D.N.I. N 11.884.405 con domicilio en la calle Belgrano N 544 de la ciudad de Viedma, y LA
FUNDACION BARRERA ZOOFITOSANITARIA DE LA PATAGONIA
Fun.Ba.Pa representada por el Med. Vet. Raúl Vita D.N.I. N 13.244.404
con domicilio en la calle Avenida Don Bosco N 536 de la ciudad de Viedma, acuerdan en celebrar la presente ADDENDA al Acta Acuerdo Complementaria No. 64, sujeto a las siguientes cláusulas:
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo 4 del Acta Acuerdo Complementaria N 64 agregándose el inciso 4.5 con la siguiente redacción:
4.5 FUNBAPA, con la autorización del MINISTERIO queda facultada a utilizar de los fondos originalmente aportados, hasta la suma de Pesos Novecientos Cincuenta y Dos Mil Doscientos Veinte $ 952.220, para ejecutar las contrataciones y/o adquisiciones necesarias para dar cumplimiento al presente convenio.
Art. 2: Los fondos establecidos en la cláusula anterior podrán invertirse en contratación de capacitadores, profesionales y/o idóneos en sistemas agropecuarios productivos, adquisición de herramientas, materiales e insumos necesarios para la producción agropecuaria.
En prueba de conformidad, se firman Tres 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad de a los días del mes de 2014.-

Viedma, 21 de Agosto de 2014

DECRETO Nº 991
Viedma, 06 de Agosto de 2014.
Visto: El expediente N 109789-EDU-13, del registro del Ministerio de Educación y Derechos Humanos; y CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramitó el llamado a Licitación Pública relacionado con la ejecución de la Obra: Ampliación, Refacción y Readecuación en Jardín N 80 Viedma Plan de Obras;
Que por Decreto N 1865/13 obrante a fs. 536/538 se autorizó a efectuar el llamado a Licitación Pública a través de la Dirección de Arquitectura e Infraestructura Escolar del Ministerio de Educación y Derechos Humanos, ascendiendo el presupuesto Oficial a la suma de Pesos Dos Millones Setecientos Sesenta y Ocho Mil Quinientos Ochenta y Cuatro con 47/100 Centavos $
2.768.584,47;
Que el mencionado llamado se publicó en un medio gráfico de circulación provincial conforme constancias obrantes a fs. 541-542, en un medio gráfico nacional fs. 543-544 y en el Boletín Oficial de la Nación y de la Provincia según documental glosada a fs. 545/566;
Que obra la correspondiente publicación en Internet a fs. 540;
Que se procedió a cursar las correspondientes invitaciones a la Contaduría General de la Provincia y a la Fiscalía de Estado, glosadas dichas constancias a fs. 567/568;
Que por el mencionado Decreto N 1865/13, se conformó la Comisión de Preadjudicación encargada del estudio de las Ofertas y de aconsejar la Preadjudicación, designando a sus integrantes;
Que el día 05 de Marzo de 2014 se procedió a la apertura del llamado a Licitación Pública N 47/13, labrándose el Acta de Apertura correspondiente, que consta agregada a fs. 572, no habiéndose recepcionado oferta alguna motivo por el cual la Comisión procedió a declarar desierta la licitación;
Que por Nota N 515/14 la Unidad Coordinadora Provincial, dependiente del Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro obrante a fs. 574, envió a la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Educación de la Nación la documentación correspondiente al trámite de llamado a Licitación de la obra de referencia, solicitando la actualización del cómputo y presupuesto a precios del mes de Marzo 2014;
Que a fs. 575, consta nuevo Apto Técnico mediante Nota DGI N
7769/2014 de la Dirección General de Infraestructura de la Nación con precios base al mes de Enero 2014;
Que por tratarse de Obras incluidas en el Programa Plan de Obras, con financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación, debe procederse según lo dispuesto en las Normas Reglamentarias de Aplicación que establece el mencionado Programa Resolución N 1304/13;
Que mediante la Resolución N 381/13 obrante a fs. 07/09, el Ministerio de Educación de la Nación transfiere los fondos, destinados a la provincia de Rio Negro en el Marco del Programa Infraestructura y Equipamiento
Obras Escolares Jornada Extendida, y que la diferencia será transferida una vez preadjudicada la obra;
Que corresponde en esta instancia aprobar el nuevo Presupuesto Oficial y la documentación Técnica Legal instruyendo al Ministerio de Educación y Derechos Humanos para que efectúe el segundo llamado a Licitación Pública, y posterior Preadjudicación;
Que el plazo de ejecución de la obra es de trescientos 300 días corridos a partir del inicio de obra, estableciéndose un presupuesto oficial de Pesos Tres Millones Seiscientos Nueve Mil Cuatrocientos Treinta y Nueve con 17/100 $ 3.609.439,17;
Que el Ministerio de Obras y Servicios Públicos deberá realizar la inspección, certificación y recepción de la Obra, correspondiendo al Ministerio de Educación y Derechos Humanos la aprobación y pago de los certificados de la obra;
Que se ha cumplido con la reglamentación vigente en la materia;
Que resulta necesario conformar la Comisión de Preadjudicación de Obra y designar a sus miembros integrantes, con anterioridad al Acto de apertura de Ofertas;
Que han tenido debida intervención la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Educación, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 02543-14 a fs.
840/841;
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en los Artículos 30 y 31
de la Ley H N 3186;
Que la presente se ajusta a las facultades conferidas por la Ley J N 286
de Obras Publicas y Decreto Reglamentario N 686/62, la Ley N 4819 en los términos del Artículo N 33 del Decreto H N 1737/98, Ley N 4794
modificada por Ley N 4907 y Resolución N 1304/13 del Ministerio de Educación de la Nación;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181, inciso 1 de la Constitución Provincial;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/08/2014

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data21/08/2014

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1917

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione04/07/2024

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