Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/02/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 21 de Febrero de 2013

Nº 5120

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 14 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 14

DECRETOS

DECRETO Nº 51
Viedma, 1 de Febrero de 2013.
Visto: El Expediente N 176.347-G-12, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de San Antonio Oeste, por un importe de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $ 200.000,00, destinado a afrontar parte de los costos de la Fiesta Nacional del Golfo Azul, que se realizará en el mes de Enero 2.013 en dicha localidad;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 4 del Decreto N 134/10;
Que el Decreto N 1.886, de fecha 20 de Diciembre de 2.012, del Poder Ejecutivo Provincial, otorga a los Municipios un plazo por noventa 90 días, para regularizar las rendiciones vencidas de aportes otorgados por los Organismos Provinciales, conforme la normativa vigente mediante el Decreto N 134/10;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control: Departamento de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00304-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Doscientos Mil con 00/
100 $ 200.000,00, a favor de la Municipalidad de San Antonio Oeste, destinado a afrontar parte de los costos de la Fiesta Nacional del Golfo Azul, que se realizará en el mes de Enero 2.013 en dicha localidad.Art. 2.- El monto total asignado en el artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de San Antonio Oeste CUIT N 30 64820941-6, Señor Intendente Municipal, Don.
Javier Alejandro IUD, C.U.I.L. N 20-22.124.9411, y/o Secretario de Hacienda, Dn. Leandro Mario MICHELLI, C.U.I.L.N 20-26.121.941-8, quienes serán responsables de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el Artículo 4 del Decreto N 134/10.-

Art. 3.- Comprometer a los créditos de la Jurisdicción 17 del Programa 29 - Subprograma 00 - Proyecto - 00 - Actividad 02 - Partida 572
Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Financiamiento 10 del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 4.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29
de la Ley H N 3.186, abonar por la Tesorería General de la Provincia la suma de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $ 200.000,00.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- L. Di Giácomo.
oOo DECRETO Nº 52
Viedma, 1 de Febrero de 2013.
Visto: El Expediente N 176.174-G-12, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Chimpay, por un importe de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos con 00/100 $
44.200,00, destinado a la reparación de un motor Perkins 4-236, correspondiente a un Tractor Massey Fergunson 1465-S, que posee dicho municipio;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 4 del Decreto N 134/10;
Que el Decreto N 1.886, de fecha 20 de Diciembre de 2.012, del Poder Ejecutivo Provincial, otorga a los Municipios un plazo por noventa 90 días, para regularizar las rendiciones vencidas de aportes otorgados por los Organismos Provinciales, conforme la normativa vigente mediante el Decreto N 134/10;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control: Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00251-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos con 00/100 $ 44.200,00, a favor de
la Muncipalidad de Chimpay, destinado a la reparación de un motor Perkins 4-236, correspondiente a un Tractor Massey Fergunson 1465-S, que posee dicho municipio.Art. 2.- El monto total asignado en el artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Chimpay C.U.I.T. N 3067253504-9, Señor Intendente Municipal, Dn.
Gerardo Omar BRAVO, C.U.I.L. N 2017828133-0, y/o Secretario de Hacienda, Dn.
Mario Leonardo PEREZ, C.U.I.L. N 2316328970-9, quienes serán responsables de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el Artículo 4 del Decreto N 134/10.Art. 3.- Comprometer a los créditos de la Jurisdicción 17 del Programa 29 - Subprograma 00 - Proyecto - 00 - Actividad 02 - Partida 581
Transferencias a Gobiernos Municipales, Código de Financiamiento 10 del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 4.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29
de la Ley H N 3.186, abonar por la Tesorería General de la Provincia la suma de Pesos Cuarenta y Cuatro Mil Doscientos con 00/100 $
44.200,00.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK.- L. Di Giácomo.
oOo DECRETO Nº 53
Viedma, 1 de Febrero de 2013.
Visto: El Expediente N 176.003-G-12, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la Municipalidad de Valcheta, por un importe de Pesos Doscientos Mil con 00/100 $ 200.000,00, destinado a solventar los gastos necesarios para la ejecución de la Obra Red de Gas para Nuevos Loteos Sociales en dicho municipio;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 4 del Decreto N 134/
10;
Que el Decreto N 1.886, de fecha 20 de Diciembre de 2.012, del Poder Ejecutivo Provincial, otorga a los Municipios un plazo por noventa 90 días, para regularizar las rendiciones vencidas de aportes otorgados por los Organismos Provinciales, conforme la normativa vigente mediante el Decreto N 134/10;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/02/2013

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data21/02/2013

Conteggio pagine14

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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