Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/03/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 1 de Marzo del 2004
La Dra. María Alicia Favot, a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Familia y Sucesiones Nº 15, Secretaría Unica, sito en Cipolletti, cita y emplaza por treinta días a los herederos y acreedores de Dña. Orfelina Pesoa a estar a derecho en los autos: Pesoa Orfelina s/
Sucesión Expte. Nº 3255-03.- Cipolletti, 12 de noviembre del 2003.- Fdo.: Dra. Patricia Cladera de Rey, Secretaria.
oOo El Dr. Víctor Ulises Camperi, Juez a cargo del Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 11, con asiento en Avda. Roca Nº 1242, de la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Cristina Macchi, cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Aurora Martínez en autos:
Martínez, Aurora s/Sucesión Expte. Nº 1202-XI-02.Publíquense edictos por tres días en Boletín Oficial.General Roca, 28 de marzo del 2003.- Cristina B.
Macchi, Secretaria.
oOo El Dr. Carlos Reussi, Juez a cargo del Juzgado de Instrucción Nº II, con asiento en la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, Secretaría Nº 4, a cargo del Dr.
Favio Igoldi, notifica a Claudio Daniel Alejandro, de la resolución recaída en autos caratulados: Alejandro Claudio s/Pta. Inf. Art. 42 bis de Ley 20.429 Expte.
Nº 36.245/04/ANGELA, cuya parte principal se transcribe: Viedma, 17 de febrero del 2004.- Autos y Vistos:
Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento total en la presente causa, en favor de Claudio Daniel Alejandro, en orden al hecho que se le endilgaba, Tenencia de Arma de uso civil sin la debida autorización conf. Art. 42 bis d ela Ley 20.429 por las consideraciones expuestas y por aplicación del Art. 307 Inc. 2do. del C.P.P. - II
Declarar que el presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubieren gozado los imputados.III Respecto al arma de fuego fs. 43, estése a su secuestro en los autos caratulados: Alejandro Claudio s/Amenazas agravadas e concurso real, con portación de arma de fuego de uso civil sin la debida autorización.Fdo.: Dr. Carlos Reussi, Juez.- Dr. Favio Igoldi, Secretario.- Viedma, 17 de febrero del 2004.- Favio Martín Igoldi, Secretario.
oOo El Tribunal de Cuentas de Río Negro notifica por tres 3 días a José Ramón Viñuela DNI. 14.955.859
la Providencia "JR Nº 10/2004 y 1a Sentencia "JR" Nº 17/2003 dictada en los autos caratulados: "s/FIA s/
Investigación, Liquidación y Percepción viáticos Dr.
Pedro Mazzoleni", Expte. Nº 1.044-AG-656-JR2000, las cuales se transcriben a continuación:
"Viedma, 12 de febrero de 2004. Habiendo resultado infructuosa la notificación ordenada a fs. 196, atento lo informado por el correo privado O.C.A. a fs. 206 vta., procédase en la forma indicada en el artículo 31 y 70 de la Ley 2747. Fdo. Cr. Rubén Darío Gianni -vocal-".
"Viedma, 27 de noviembre de 2003. VISTO: el Expte. n 1.044-AG-656-JR-2000, del registro del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro, caratulado: "s/FlA s/lnvestigación Liquidación y Percepción viáticos Dr. Pedro Mazzoleni Expte. N 908/
2000. Fiscalía de Investigaciones Administrativas adj.
exptes. varios del Consejo Provincial de Salud Pública y, CONSIDERANDO: Que por Resolución Interlocutoria "JR" N 19/01 fs. 133/139, este Tribunal de Cuentas promovió proceso tendiente a la aplicación de multa prevista en el Art. 12 inc. c, ap. 1, pto. 1.2 de la Ley 2747, según el procedimiento establecido en el Cap. IX de la ley 2747 y sus modif. ley 2858, a los Sres. Dr. Pedro José Mazzoleni DNI N
5.094.573; Sr. Claudio Alfredo Di Tella DNI N
14.657.494; y Sr. José Ramón Viñuela DNI N
14.955.859, quienes al momento de los hechos se desempeñaban como funcionarios y agentes de la Administración Pública Provincial, por considerarlos presuntos responsables de haber transgredido normas
BOLETIN OFICIAL N 4180
legales y reglamentarias inherentes a sus cargos o empleos. Que dicha interlocutoria le otorgaba a los enjuiciados un plazo de quince 15 días hábiles para contestar por sí o por intermedio de apoderado las imputaciones endilgadas, y ofrecer las pruebas de que intentaran valerse. Que habiendo sido debidamente notificados de dicho emplazamiento, conforme constancias obrantes en autos, en cumplimiento de tal prerrogativa procesal se presentan los imputados a fs.
151/160, efectuando formal allanamiento a los hechos que dan fundamento a la imputación, producen sus descargos, acompañan certificación de sueldos correspondientes a los meses de enero y febrero del año dos mil, y formulan ofrecimiento de pago de multa art. 12
inc. c de la Ley 2747 consistente en abonar el 20% de sus remuneraciones. Que a fs. 194 se halla glosado comprobante de depósito por la suma de $ 471,86 por el que se acredita que el Dr. Pedro José Mazzoleni DNI
N 5.094.573 ha abonado el total del cargo formulado por multa, conforme Resolución Interlocutoria "JR" N
34/02, razón por la cual mediante Providencia "JR" N
70/03 se procedió al archivo de las actuaciones a su respecto. Que los restantes imputados, pese a las intimaciones efectuadas a fs. 173/75 y 179/93 han omitido efectuar los depósitos de los montos correspondientes, conforme lo establecido en el art. 2 y 3 de la Resolución Interlocutoria N 34/02 incumpliendo con ello el plan de pagos propuesto. En razón de ello debe darse por decaído el mismo y atento a la inexistencia de prueba presentada por los encartados tendientes a desvirtuar la imputación efectuada corresponde condenarlos al pago de $. 407,88 y $. 439,87, respectivamente por resultar ese el monto equivalente al 20%
de las remuneraciones de ambos al momento de los hechos. Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los arts. 161 y 163 inc. 2 de la Constitución Provincial y por la ley Organica N 2747
El Tribunal de Cuentas de la Provincia de Río Negro, Resuelve: Artículo 1.- Condenar al Sr. Claudio Alfredo Di Tella, D.N.I. N 14.657.494, por ser responsable de transgresiones legales y reglamentarias, al pago de la suma de pesos cuatrocientos siete con ochenta y ocho centavos $. 407,88, importe que deberá en el término de diez 10 días, depositar en la Cuenta Corriente N
92.6974/2 -Juicios Administrativosdel Banco Patagonia Sudameris, a la orden del Tribunal de Cuentas y como perteneciente a autos. Asimismo, deberá remitir a este Organismo, dentro de las 48 hs. de efectuado el depósito, el comprobante que lo acredite, bajo pena de tenerlo por no efectuado. Artículo 2.- Condenar al Sr.
José Ramón Viñuela, D.N.I. N 14.955.859, por ser responsable de transgresiones legales y reglamentarias, al pago de la suma de pesos cuatrocientos treinta y nueve con ochenta y siete $. 439,87, importe que deberá en el término de diez 10 días, depositar en la Cuenta Corriente N 92.697412 -Juicios Administrativosdel Banco Patagonia Sudameris, a la orden del Tribunal de Cuentas y como perteneciente a autos. Asimismo, deberá remitir a este Organismo, dentro de las 48 hs. de efectuado el depósito, el comprobante que lo acredite, bajo pena de tenerlo por no efectuado. Artículo 3.- Hacer saber que en caso de no cumplimentar en tiempo y forma lo ordenado en los artículos precedentes, las actuaciones seran giradas a la Fiscalía de Estado de la Provincia para su cobro por vía judicial art. 83 Ley 2747. Artículo 4.- Regístrese, notifíquese a los interesados y archívese.
Fdo. Dr. Pedro O. H. Casariego, Vocal.- Dr. Pedro Rubén Funes, Vocal.- Cr. Rubén Darío Gianni, Vocal.Ante mi: Dr. Luis Emilio Pravato, Secretario Auditor Legal-". Viedma, 18 de febrero del 2004.oOo El Sr. Juez de Instrucción Nº 4, de Viedma, Dr. Pedro Rubén Funes, hace saber a Adolfo Fabián Zaccheo, cuyo domicilio no se registra, que en los autos caratulados:
Zaccheo, Fabián s/Lesiones Leves Expte. Nº 1756/
03 AL, se ha dictado la resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 25 de noviembre del 2003.Autos y Vistos Resuelvo: I Dictar el sobreseimiento
15
total en la presente causa en favor del imputado Adolfo Fabián Zaccheo, ya filiado, en orden al hecho que se le endilgaba, calificado como Lesiones Leves Art. 89 del C.P., por aplicación del Art. 307, Inc. 2do., 1er. supuesto, del C.P. - II Declarar que el inicio del presente proceso no afecta el buen nombre y honor del que hubiere gozado el imputado.- Fdo.: Dr. Pedro Rubén Funes, Juez.- Ante mí: Dra. Itziar Soly, Secretaria.
oOo La Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 5, de la Primera Circunscripción Judicial con asiento en Viedma, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Patricia Alejandra Arias, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Dña.
Adela Beatriz Gorozo, D.I. Nº 3.464.495, para que dentro de treinta días lo acrediten en los autos caratulados: Gorozo Adela Beatriz s/Sucesión Expte.
Nº 1024/03.- Publíquense edictos por el término de tres días en el Boletín Oficial.- Viedma, 16 de febrero del 2004.- Patricia Alejandra Arias, Secretaria.
oOo La Dra. Sandra E. Filipuzzi de Vázquez, Juez titular del Juzgado Nº 5, de Primera Instancia de Familia y Sucesiones, con asiento en Viedma, Secretaría Unica, a cargo de la Dra. Patricia A. Arias, cita, llama y emplaza por el término de treinta 30 días a herederos y acreedores de Dña. Isabel Quetrequeo, o Isabel Quentrequeo, a que se presenten a hacer valer sus derechos en los autos: Quetrequeo Isabel s/Sucesión Expte. Nº 1383/03.- Publíquese por tres días.- Viedma, 16 de febrero del 2004.- Patricia Alejandra Arias, Secretaria.
oOo La Dra. María Alicia Favot, Juez del Juzgado de Familia y Sucesiones Nº 15, Secretaría Unica, con asiento de funciones en calle Roca Nº 599, de Cipolletti Río Negro, cita y emplaza por treinta días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por Dn. José Arias, y Dña. María Gertrudis López, para que comparezcan a estar a derecho en autos: Arias, José y López, María Gertrudis s/Sucesiones Expte. Nº 3.606XV-03.- Publíquese por tres días.- Cipolletti, 17 d febrero del 2004.- Patricia V. Cladera de Rey, Secretaria.
oOo La Dra. Adriana M. Mariani, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería Nro. Uno, de la 2º Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro, con asiento en Avda. Roca 1047, 1º piso, de esta ciudad, Secretaría Unica, a mi cargo, en expediente caratulado: Paron, Enzo Pascual s/Quiebra Expte. Nº 805-96/2, notifica por el término de cinco días al Sr.
Paron Enzo Pascual, L.E. Nº 7.296.017, último domicilio conocido en Villa Regina, lo resuelto a fs. 194:
General Roca, 11 de febrero del 2004.- Visto y Considerando: clausúrase el presente procedimiento por falta de activo Así lo resuelvo.- Fdo.: Dra. Adriana Mariani, Juez.- Publíquese por dos días.- General Roca, 16 de febrero del 2004.- Dra. Paula Chiesa, Secretaria.
oOo El Dr. Pablo Iribarren, Juez del Juzgado de Instrucción Nº 12, con asiento en la ciudad de General Roca, Provincia de Río Negro, Secretaría de la Dra.
María Ponzio, a los 17 días del mes de febrero del 2004, cita y emplaza a Lucas Daniel Aninao, de 19 años de edad, nacido en San Antonio Oeste, Pcia. de Río Negro, el día 18 de mayo de 1983, DNI. Nº 30.258.200, en causa caratulada: Martínez, José s/Dcia. Robo con Escalamiento en Grado Ttva. Expte. Nº 35.743/12/
02/MS, dentro del quinto día, a partir de la última publicación del presente, a prestar declaración indagatoria, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía en caso de incomparencia injustificada.Publíquese por cinco días.- Secretaría, 18 de febrero del 2004.- María A. Ponzio, Secretaria.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 01/03/2004

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data01/03/2004

Conteggio pagine22

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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