Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/03/2004

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 15 de Marzo del 2004

Nº 4184

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 1,50
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO XLV
EDICION DE 20 PAGINAS

MINISTERIO
DE COORDINACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 20

SECCION ADMINISTRATIVA

DECRETOS

DECRETO Nº 141
Viedma, 20 de febrero del 2004.
Visto, el Expte. N 17.211-F-2.003 del registro de la Fiscalía de Estado; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del contrato de Locación de Servicios en relación de Dependencia, por excepción al Art. 5 de la Ley N 3238, entre la Fiscalía de Estado y la Srta. Nadia Gabriela Goicoechea Cuil. N 27-23063916-2 que se anexa al presente como parte integrante del mismo;
Que la contratada cumplirá sus funciones como personal administrativo en el Área Mesa de Entradas y Comisión de Transacciones Judiciales del Organismo mencionado;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para establecer excepciones para la contratación del personal en el ámbito del Poder Ejecutivo, se ha expedido favorablemente por medio del Acta N 01/2004, obrante a fs. 23/25 de conformidad al Decreto N 1.774/98;
Que, previo al inicio de sus funciones, se le deberá realizar el examen preocupacional, a través de la Junta Médica Central y Única, según lo normado en la Resolución N 043/97 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo;
Que a fs.18/19, ha tomado intervención la Fiscalia de Estado mediante Vista N 88573.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Aprobar en todos sus términos, con carácter de excepción a lo establecido en el Artículo 5
de la Ley N 3238, el contrato de Locación de Servicios, en relación de Dependencia, celebrado entre la Fiscalía de Estado y la Srta. Nadia Gabriela Goicoechea Cuil N 27-23063916-2, en el Agrupamiento Administrativo, Categoría Escribiente, Ley N 3178 Art. 49 Decreto 314/98, a partir del 01 de enero de 2004 y hasta el 31 de Diciembre de 2004.
Art. 2.- Reconocer los servicios prestados por la Srta.
Nadia Gabriela Goicoechea, en dependencias de la Fiscalía de Estado, desde el 18 de diciembre de 2003 y hasta el 31 de diciembre de 2003.
Art. 3.- El presente gasto asciende a la suma de pesos doce mil quinientos $ 12.500, monto sujeto a incremento de sueldos, comprometiéndose y ordenándose el gasto mediante carga automática de sueldos, facultando a la Delegación Contable a realizar los reajustes necesarios.
Art. 4.- Comprométase y oportunamente ordénese el gasto de la siguiente manera: Jurisdicción 36, Programa 11, Actividad 04 121: $ 9.416,67, 122: $
345,92, 124: $ 1.072,54, 125: $ 930,42, 131: $ 734,45.

Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Coordinación.
Art. 6.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y cumplido archívese.
SAIZ.- C. A. Barbeito.

QUINTA: Estabilidad, Deberes y Prohibiciones La contratada carece del derecho a la estabilidad y queda sujeta a los deberes y prohibiciones establecidos en el Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley Nº 3487, en todo cuanto se le aplique y según la reglamentación al efecto.

En la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, a los días del mes de de 2004, se celebra el presente contrato de Locación de Servicios en relación de dependencia entre la Fiscalía de Estado, representada en este acto por el Fiscal de Estado, Dr. Alberto Domingo Carosio, constituyendo domicilio en 25 de Mayo 565, 1er. piso Viedma, por una parte; y por la otra lo hace la Srta. Nadia Gabriela Goicoechea Cuil Nº 2723063916-2, con domicilio en Brown 320, de la ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, sujeto a las siguientes cláusulas:

SEXTA: Duración del Contrato El presente contrato tendrá vigencia a partir del 1 de enero de 2004 y hasta el 31 de diciembre de 2004, reconociendo oportunamente los servicios prestados desde el 18/12/03 hasta el 31/12/03.
Podrá ser renovado por decisión de la autoridad superior de la Fiscalía de Estado y conforme a las prórrogas que dicte el Poder Ejecutivo.
Las partes podrán rescindir el presente contrato unilateralmente, sin derecho a indemnización alguna, siempre que comuniquen a la otra fehacientemente su determinación, con una anticipación mínima de quince días hábiles.

PRIMERA: Objeto y Funciones La contratada prestará sus servicios en la Fiscalía de Estado, donde cumplirá tareas administrativas en el Area Mesa de Entradas y Comisión de Transacciones Judiciales.
SEGUNDA: Remuneración La contratada percibirá una remuneración equivalente a la Categoría Escribienes, con más los adicionales en concepto de Título, Zona esfavorable, asignaciones personales de la contratada que correspondan y aguinaldo, por aplicación de lo establecido en la Ley 3178 Art. 49 y Decreto 314/98, previa certificación de los servicios prestados.- Asimismo el contratada será incluido en el Régimen de Seguridad Social de la Provincia I.PRO.S.S. aceptando los descuentos establecidos por la Ley Nº 2.432 y modificatorias. El presente contrato asciende a la suma total de pesos doce mil quinientos $ 12.500.
TERCERA: Licencias La contratada gozará de las licencias previstas en los incisos a, b, c, d y e del Art. 27, Capítulo IV y Capítulo IX, Art. 92 del Anexo I del Estatuto General y Básico para el personal de la Administración Pública de la Provincia de Río Negro, aprobado por la Ley Nº 3487.
También tendrá derecho a usar la franquicia para atención de lactantes establecidas en el Art. 59 del mencionado Estatuto. La contratada tendrá derecho a las licencias previstas en los incisos a, b, c, d y e del Art. 42, limitándose la del Inc. f a diez 10 días corridos.
CUARTA: Disciplina La contratada estará sujeta al régimen disciplinario establecido en el Capítulo VI del Estatuto General y Básico de la Administración Pública Provincial, aprobado por Ley Nº 3487 y Decreto Nº 1405/01, que reglamenta el Art. 54 de la Ley 3052.

SEPTIMA: Jurisdicción y Competencia Para cualquier diferencia que pudiera suscitarse, las partes se someten voluntariamente a la Jurisdicción de los Tribunales competentes ordinarios, con asiento en Viedma, para dirimir sus eventuales controversias.
Por estar de perfecto acuerdo las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
oOo DECRETO Nº 142
Viedma, 20 de febrero del 2004.
Visto, el Expte. N 17.210-F-2003 del registro de la Fiscalía de Estado; y CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita la aprobación del contrato de Locación de Servicios en relación de Dependencia, por excepción al Artículo 5 de la Ley N
3238, entre la Fiscalía de Estado y la Sra. María Jorgelina López Cuil. N 27-24.866.980-8 que se anexa al presente como parte integrante del mismo;
Que la contratada cumplirá sus funciones como personal administrativo en el Área Judicial del Organismo mencionado;
Que el Consejo Provincial de la Función Pública y Reconversión del Estado, como autoridad de aplicación para establecer excepciones para la contratación del personal en el ámbito del Poder Ejecutivo, se ha expedido favorablemente por medio del Acta N 01/2.004, obrante a fs.24/26, de conformidad al Decreto N 1.774/98;
Que, previo al inicio de sus funciones, se le deberá realizar el examen preocupacional, a través de la Junta Médica Central y Única, según lo normado en la Resolución N 043/97 de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo;
Que a fs. 20/21, ha tomado intervención la Fiscalía de Estado mediante Vista N 88574.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 15/03/2004

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

PaeseArgentina

Data15/03/2004

Conteggio pagine20

Numero di edizioni1925

Prima edizione03/01/2002

Ultima edizione01/08/2024

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