Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2011 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 24 de Agosto de 2011

4

SECCIÓN:

AÑO XCIX - TOMO DLIX - Nº 158
CORDOBA, R.A., MIERCOLES 24 DE AGOSTO DE 2011

OFICIALES Y LICITACIONES

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar
OFICIALES
UNIDAD EJECUTORA PARA EL SANEAMIENTO DE TÍTULOS
Ley 9150
El presidente de la Unidad Ejecutora para el Saneamiento de Títulos en el expediente N 0535100103/2011 ARIAS HUMBERTO CEFERINO - SOLICITA INSCRIPCIÓN EN REGISTRO DE
POSESIÓN por el cual se tramita la solicitud de inscripción de posesión, requerida por ARIAS
HUMBERTO CEFERINO DNI 25.334.195 sobre un inmueble de 660,61 M2 ubicado en Calle Publica s/n Localidad Estancia de Guadalupe, Pedania San Carlos, Departamento Minas que linda según declaración jurada acompañada en autos, en su costado Nor-Este con parcela sin designación ocupada por SARA ARIAS y con parcela sin designación, posesión de FRANCISCA ROSA DIAZ, en su costado Sur-Este y Sud-oeste con parcela sin designación ocupado por Suc. de Prospero Vélez, y al Nor-Oeste con Calle Publica s/n. Cita a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble descripto precedentemente, para que en el plazo perentorio de sesenta 60 días se presenten ante la Unidad Ejecutora sita en calle Rivera Indarte 33- Ciudad de Córdoba y efectúen las manifestaciones y/u oposiciones que estimen pertinentes, bajo apercibimiento de proceder como lo establece el primer párrafo del Art. 14 de la Ley 9150 . Fdo. Manuel Humberto Rivalta, Pte Unidad Ejecutora. Cba. 19/07/2011. Art. 14, 1er párrafoLey 9150. En caso de no mediar oposición del titular registral en el plazo perentorio de sesenta 60 días computados desde el diligenciamiento de la notificación o desde la última publicación, la UNIDAD EJECUTORA procederá a dar curso al requerimiento formulado, a través de la correspondiente resolución que ordene la inscripción
5 días 21847 - 30/8/2011 - s/c.Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA P.J y P. Acción Popular y P. Acc. por la República LAS TAPIAS - Dpto. San Javier Y OTROS
S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL COMUNAL
para el día 28/08/2011" Expte. "L" 20/11.

AUTO NÚMERO: CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE - Córdoba, dieciocho de agosto de dos mil once. Y VISTOS: Estos autos caratulados "LAS TAPIAS - Dpto. San Javier Y OTROS Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA P.J y P. Acción Popular y P. Acc. por la República S/
Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL COMUNAL para el día 28/08/2011"
Expte. "L" 20/11. DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 16/17 obra el Auto N 240 de fecha 04/07/2011
por el cual se resuelve reconocer a la Alianza Electoral "UNIÓN POR CÓRDOBA" Y
CONSIDERANDO: I.- Que a fs. 27 comparece el Dr. Domingo Ángel Carbonetti h y solicita que se rectifique el auto mencionado atento que las localidades de Los Cerrillos Dpto. San Javier y Las Tapias Dpto. San Javier se han transformado en Municipios por Leyes Nº 9.968 y 9.970
respectivamente. II.- Que por el mismo escrito, el Dr. Domingo Ángel Carbonetti h solicita se rectifique el auto mencionado atento que las localidades de Las Tapias y Los Cerrillos han modificado la fecha de las elecciones, para llevarse a cabo el día 02 de octubre del corriente; y que conforme surge de las constancias de autos de las Juntas Electorales correspondientes a cada localidad y de la documental acompañada fs. 27/36, el Municipio de Las Tapias convocó a elecciones el día 01/07/2011 por Resolución Nº 23/2011 y el Municipio de Los Cerrillos convocó a elecciones el día 01/08/2011 por Resolución N 56/2011.- Por todo ello la Juez Electoral de la Provincia RESUELVE:
: I.- Rectificar el Auto N 420 de fecha 04 de julio del cte. año fs. 16/17 y en consecuencia consignar: a "MUNICIPAL" donde se expresa "COMUNAL Y MUNICIPAL"; b "en la localidad de Almafuerte Dpto. Río Tercero y para las elecciones del día 02 de octubre del corriente año a llevarse a cabo en las localidades de Las Tapias Dpto. San Javier y Los Cerrillos Dpto. San Javier" donde se expresa "en las localidades de las Tapias Dpto. San Javier, Los Cerrillos Dpto.
San Javier, Almafuerte Dpto. Tercero Arriba". II.- Déjese constancia de la presente rectificación en el protocolo respectivo. III.- PROTOCOLÍCESE Y HÁGASE SABER. Fdo. Marta Elena Vidal, Juez Electoral Provincial; Ante mí: Alejandro José Villada, Secretario Electoral.N 21665 s/c .Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA P.J, P. Acc. Por la República y P. Acc. Popular ITALO - Dpto. Gral Roca - Y OTROS

S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL Y COMUNAL
para el día 09/10/2011" Expte. I 02/2011.
AUTO NUMERO: CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO - Córdoba, dieciocho de agosto de dos mil once.- Y VISTOS: Estos autos caratulados ITALO - Dpto. Gral Roca - Y OTROS - Alianza UNIÓN POR CÓRDOBA P.J, P. Acc. Por la República y P. Acc. Popular S/ Reconocimiento Jurídico Político como ALIANZA ELECTORAL MUNICIPAL Y COMUNAL para el día 09/10/2011"
Expte. I 02/2011. DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 01 comparece ante este Juzgado Electoral el Dr. Domingo A. Carbonetti h, apoderado del Partido Justicialista y solicita se inscriba y reconozca a la Alianza UNIÓN POR CORDOBA", formalizada entre el partido Justicialista y las agrupaciones Partido Acción Popular y Partido Acción por la República, para las elecciones municipales y comunales a llevarse a cabo en distintas localidades de la Provincia de Córdoba el próximo 09 de octubre del corriente año.Que a fs. 18/19 de autos obra el informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la personería jurídico política de los partidos en cuestión, los nombres de las personas responsables tanto económico financiero como político de campaña, como así también la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas. Y CONSIDERANDO: I. Que los firmantes del Acta Constitutiva de la Alianza "Unión por Córdoba" son apoderados de partidos que cuentan con Personería Jurídico Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos partidarios competentes a tal fin.
II. Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el art. 26 de la Ley N 9572
concordante con el art. 2 inc. 8 de la Ley N 8643, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Acta Constitutiva fs. 02/03; Planilla anexa donde consta los apoderados, responsables políticos de campaña y los responsables económicos financieros de las localidades de Italo, Pincen, Las Cañadas, Anisacate, Los Pozos; Washington y El Brete fs. 04 y 07; Acta Nº 20 de la Mesa Ejecutiva del Consejo Provincial del Partido Justicialista por las que se aprueba la conformación de las presentes alianzas fs. 08/09; Acta Nº 208 de la Convención Provincial del Partido Acción Popular por la cual se aprueba la conformación de las presentes alianzas fs. 13
y Acta de la Asamblea Provincial del Partido Acción Por La República de fecha nueve agosto de dos mil once por la cual se aprueba la conformación de las presentes alianzas y acta rectificatoria de fecha dieciséis de agosto del cte. por la cual incorpora a la localidad de Pincen a la alianza Unión por Córdoba fs. 10/11-16. En el Anexo del Convenio de Alianza fs. 04 y 07 se designa a las siguientes personas como responsables políticos de campaña: Analia Noemi Chialvo M.I
24.670.204 en Italo; Horacio David Ponce M.I 16.586.838 en Pincen; Claudia Eugenia Martínez M.I 11.785.645 en Las Cañadas; Rosendo Estanislao Ríos M.I 14.405.393 en Anisacate; Crisanto Felix Ortiz M.I 17.440.336 en Los Pozos; Jorge Héctor Oyola en Washington y Liliana Ester Maldonado M.I 34.266.505 en El Brete. Por el mismo anexo también se designa a las siguientes personas como responsables económicos financieros: Sr. Claudio Adrían Delgado M.I 20.246.357
en Italo; Ángel Francisco Cesano M.I 10.538.676 en Pincen; Alejandro Samuel Cortez M.I
25.357.769 en Las Cañadas; María Soledad Molina Lorenzoni M.I 23.683.602 en Anisacate;
Soledad Libia Picca M.I 17.906.319 en Los Pozos; Victor Edes Sosa M.I 20.966.553 en Washington y María Ester Romero M.I 10.695.524 en El Brete. III. Que a fs. 02/04-07 se designa como apoderado común de la alianza al señor Domingo Ángel Carbonetti y para actuar ante la Junta Electoral de la localidad respectiva a los Señores: Analia Noemi Chialvo M.I 24.670.204 en Italo;
Horacio David Ponce M.I 16.586.838 en Pincen; Claudia Eugenia Martínez M.I 11.785.645 en Las Cañadas; Rosendo Estanislao Ríos M.I 14.405.393 en Anisacate; Crisanto Felix Ortiz M.I
17.440.336 en Los Pozos; Jorge Héctor Oyola en Washington y Liliana Ester Maldonado M.I
34.266.505 en El Brete. IV. Que al asignar este Tribunal el correspondiente Número de Identificación a la alianza de autos, debe tenerse en cuenta lo dispuesto por la Resolución N 01 de fecha 09 de abril de 2003 cfr. Autos CORDOBA Dpto. Capital Secretaría Electoral del Juzgado Federal N
1 REMITE Acordada N 94 de la Cámara Nacional Electoral Expte. C 12/03. Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, este Juzgado Electoral RESUELVE: I. Reconocer como Alianza Electoral Municipal y Comunal denominada "UNIÓN POR CÓRDOBA" para las elecciones del día 09 de octubre del corriente año en las localidades de Italo Dpto. Gral. Roca; Pincen Dpto. Gral Roca; Las Cañadas Dpto. Cruz del Eje, Anisacate Dpto. Santa María; Los Pozos Dpto. Ischilín;
Washington Dpto. Río Cuarto y El Brete Dpto. Cruz del Eje; integrada por los Partidos Partido Justicialista, Acción Popular y "Partido Acción por la República" asignándole a tal efecto el Número de Identificación Letra A Número Quinientos Veintinueve A529 del correspondiente

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/08/2011 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data24/08/2011

Conteggio pagine2

Numero di edizioni4012

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione17/07/2024

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