Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/08/2009 - 4º Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

BOLETÍN OFICIAL

Córdoba, 12 de Agosto de 2009

4

SECCIÓN:

AÑO XCVII - TOMO DXXXV - Nº CORDOBA, R.A. MIERCOLES

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar
OFICIALES Y LICITACIONES

OFICIALES
TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
El Tribunal de Cuenta Policial y Penitenciario, mediante el sumario administrativo identificado como S.A. Nº 36/06, ha dictado la siguiente Resolución "A" Dir O.I.A.S. Nº 608/08: "Córdoba, 2 de junio de 2008, Y Visto: Y Considerando: Resuelve: "Artículo 1º: Eximir al Oficial Principal r Luna Carlos Dante, DNI Nº 20.509.602, por no existir mérito administrativo para imponer sanción alguna, y en consecuencia archivar las presentes actuaciones, de acuerdo a lo previsto por el artículo 75º del Decreto Nº 1753/03. Artículo 2º: Protocolícese, notifíquese, comuníquese y archívese. Fdo. Dra. Ana María Becerra, Director del Tribunal de Conducta Policial y Penitenciario.
5 días - 15062 - 6/8/2009 - s/c TRIBUNAL DE CONDUCTA POLICIAL Y PENITENCIARIO
El Tribunal de Cuenta Policial y Penitenciario, ha dictado la siguiente resolución: Córdoba, 1
de junio de 2009. Y Visto: Y Considerando: Resuelve: Artículo 1º: Disponer la baja por cesantía del Subayudante Christian Daniel Gómez de Olivera, DNI Nº 25.109.274, por los hechos nominados, a partir de la fecha del presente instrumento legal, por la comisión de faltas gravísimas previstas en el art. 10 inciso 2º del Régimen Disciplinario Vigente Decreto 25/76, configurativo en función del Art. 7º del miso decreto, de la inobservancia al deber esencial de observar en su vida pública y privada; el decoro que corresponde a su investidura, conforme lo prescribe el Art.
12 punto 10 de la Ley 8231 para Personal Penitenciario y de conformidad a lo establecido en los Arts. 17 inc. "4" 74 inc. "4" de la Ley 8231, según lo establecido en el Art. 2º del Decreto 199/06.
Artículo 2º: Córrase vista a la Jefatura del Servicio Penitenciario de Córdoba a sus efectos.
Artículo 3º: Protocolícese, notifíquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese. Resolución "A" Nº 1237/09. Fdo. Dra. Ana María Becerra, presidente, Dra. Marta Ana Caprini, vocal.
5 días - 15063 - 19/8/2009 - s/c CAJA DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL
DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Resolución Nº 34251. Córdoba, 24 de julio de 2009. Visto: Las solicitudes de aumento del haber jubilatorio formuladas en el Expte. Nº 0128-9.243/2009 del Círculo de Abogados Jubilados de la 5º Circunscripción Judicial de la Provincia de Córdoba, grupo de jubilados y pensionados y Centro de Abogados y Procuradores Jubilados de la Provincia de Córdoba y el Dr. Eduardo Serrichio. Y
Considerando: 1º Que las peticiones en general se fundan principalmente en: el proceso inflacionario que registra el país, lo dispuesto por el art. 40 de la Ley 6468 t.o. ley 8404, el aumento del costo de vida nivel de precios aumento de las cuotas del servicio médico, aumento de los servicios en general, arts. 14 bis. De la C.N. y 57 de la C.P., costo de las canasta familiar. 2º El Dr. Serrichio ratifica y hace suyos los fundamentos explicitados en la solicitud de aumento de haber jubilatorio presentada por el Centro de Abogados y Procuradores Jubilados de la Provincia de Córdoba. 3º Los vocales María Elena Mercado, Norma Beatriz Herrera y José Antonio Espasandin consideran necesario un aumento del haber de jubilación ordinaria básica y manifiestan que debe tenerse en cuenta, por un lado, el último estudio actuarial, la opinión del actuario, todas las erogaciones que la Institución tiene que afrontar además del pago de los beneficios de jubilaciones, pensiones, sus bonificaciones e incrementos. Consideran que la Institución debe cumplir con la obligación de consolidar y acrecentar el fondo de reserva, diversificando y aumentando las inversiones, con la cautela y prudencia con la que se ha desenvuelto siempre. Atendiendo estas razones, debe contemplarse por una parte, el reclamo de los Sres. Jubilados y por la otra, la situación de los abogados en actividad encontrando el equilibrio entre ambos grupos en el marco de solidaridad con equidad, necesario para no producir inclinaciones por unos en desmedro de otros. Asimismo, resulta justo asegurar los beneficios de la Institución a las futuras generaciones, sin descuidar por ello a los presentes beneficiarios. Por lo expuesto, atendiendo las solicitudes presentadas, los informes mensuales de gestión del Departamento Contaduría, la opinión preliminar de los actuarios, la historia de la propia institución en este tema, el equilibrio entre los intereses de la clase pasiva y activa, es que consideran factible contemplar parcialmente los pedidos efectuados. 4º Sometida la cuestión a votación el Dr. Serrichio vota por incrementar la jubilación ordinaria básica en un 30% a partir de julio de 2009; fundando su voto en los considerandos expuestos y lo expresado en la solicitud del Centro de Abogados y Procuradores Jubilados de la Provincia de Córdoba. Los Dres. María Elena Mercado, Norma Beatriz Herrera y José Antonio Espasandin, votan por incrementar el haber de la jubilación ordinaria básica en un 15% a partir de agosto de 2009, en razón de los considerandos expuestos, elevándose el haber
148
12 DE AGOSTO DE 2009

de $ 2000 a $ 2.300. Por ello y lo dispuesto en el art. 10 incs. B y C y 40 de la Ley 6468, TO Ley 8404
y por mayoría: El Consejo de Administración de al Caja de Previsión y Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Córdoba. Resuelve: I Fijar el haber Jubilatorio Ordinario Básico en la suma de pesos Dos Mil Trescientos $ 2.300, a partir del día 1º de agosto de 2009, pagadero con los haberes del mismo mes. II Pase al Departamento Contaduría para su puesta en vigencia y a las demás dependencias de corresponder. III Protocolícese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL
de la Provincia, notifíquese a los peticionantes, a todos los Colegios de Abogados de la Provincia y Federación de Colegios de Abogados de la Provincia de Córdoba. IV Oportunamente archívese.
José Antonio Bustos Gallardo, presidente.
Nº 16389 - $ 259

LICITACIONES
ANSES
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Licitación Pública - Expte. N 024-99-81187598-4-123.
Objeto de la Contratación: Compra, o en su defecto locación, de un 1 inmueble en la localidad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba, para destinarlo a Sede de la UDAI Villa Dolores, de esta Administración Nacional. En el caso de la locación, será por el término de treinta y seis 36 meses o veinticuatro 24 meses, en ambos casos con opción a prórroga por doce 12 meses a favor de ANSES. Consulta y/o retiro de pliegos: Lugar/Dirección: En la UDAI
Villa Dolores, sita en la Vda. San Martín N 262, localidad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba. El pliego de bases y condiciones particulares de este procedimiento podrá ser obtenido con el fin de presentarse a cotizar o consultado en el sitio Web de la Oficina Nacional de Contrataciones, www.argentinacompra.gov.ar ingresando al Acceso Directo Contrataciones Vigentes. Plazo y horario: hasta el día 01/09/2009 - en el horario de 08,00 a 13,00 hs. Costo del pliego: sin costo. Presentación de ofertas: Lugar/Dirección: En la UDAI Villa Dolores, sita en la Avda. San Martín N 262, localidad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba. Plazo y horario:
hasta antes de iniciarse el acto de apertura: Acto de Apertura: Lugar/Dirección: En la UDAI
Villa Dolores, sita en la Avda. San Martín N 262, localidad de Villa Dolores, Provincia de Córdoba. Plazo y horario: 08/09/2009 - 11,00 horas.
2 días - 17700 - 13/8/2009 - $ 234.UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO FISICO
Licitación Pública N 26/09 Ley 13064
Refuncionalización integral del Pabellón Argentina - 1 Etapa - Recuperación del patio de Las Palmeras. Preadjudicatario: Ing. Arnaldo Kohn Construcciones S.R.L. Dr. Achával Rodríguez 125 PB - Dpto. 2 - B Nueva Córdoba 5000 Córdoba. Monto: $ 1.288.088,47.
N 17400 - $ 31.UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
FACULTAD DE CIENCIAS QUIMICAS
Licitación Privada UNC 12/2009.
La Faculta de Ciencias Químicas de la Universidad Nacional de Córdoba efectuó el llamado a Licitación Privada UNC N 12/2009 para la refuncionalización del segundo piso, laboratorios específicos de la planta baja y del primer piso del Edificio de Ciencias I de esta Facultad Obra: mejoramiento de la Instalación Eléctrica en el marco del PROMFyB, sustanciado según Expte. 15-09-67266 CUDAP 8131/2009, cuya adjudicación se perfecciona según Orden de Provisión UNC 137/09 a la firma MAIN SRL.
N 17760 - $ 30.UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
FACULTAD DE CIENCIAS QUIMICAS

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 12/08/2009 - 4º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaeseArgentina

Data12/08/2009

Conteggio pagine2

Numero di edizioni4021

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione30/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2009>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
3031