Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/08/2021 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXX - Nº 168
CORDOBA, R.A., MARTES 17 DE AGOSTO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

días subsiguientes al vencimiento de la publicación de edictos, comparezcan a estar a derecho, deduzcan oposición bajo apercibimiento de ley;
y a todos los que se consideren con derecho o interés legítimos sobre el siguiente inmueble:
una fracción de terreno ubicado en esta ciudad de Bell Ville 04, Ped. Bell Ville 03, Dto. Unión 36, Pcia. de Córdoba, en la Manzana 108, Sección 01, Circ. 02, parcela 012 para Nomenclatura Provincial y Manzana N040, parcela 003 para la nomenclatura Municipal, ubicado sobre las calles Pichincha y Río Negro s/n Esquina Nor-Oeste y mide al Norte en su segmento NO 1-2 veinticinco metros noventa y ocho centímetros 25,98, al Este sobre calle pichincha segmento NE 2-3
mide treinta y ocho metros noventa y siete centímetros 38,97, al Sur sobre calle Río Negro segmento SE 3-4 mide veinticinco metros noventa y ocho centímetros 25,98 y al Oeste segmento SO 4-1 mide treinta y ocho metros noventa y siete centímetros 38,97, todo lo que hace una superficie total de Mil Doce Metros con Cuarenta y Cuatro centímetros cuadrados 1.012,44. El dominio se encuentra inscripto bajo la Matricula N980498, empadronado en la Dirección General de Rentas de la Provincia en cuenta n 36-0305930501, todo ello conforme plano de mensura realizado por Ing. Alberto LAINATI Mat.: 2018/x, aprobado por la Dirección General de Catastro Departamento Control de Mensuras. Exte.
Prov.0563-002778. Para que en el plazo de veinte 20 días de vencida la última publicación comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Fdo: SANCHEZ, Sergio Enrique Juez, Dra. BAEZA, María Cristina Prosecretaria.- Bell Ville, de agosto de 2020
10 días - Nº 328616 - s/c - 30/08/2021 - BOE

El Juzg. de 1ra. Nom. en lo Civil, Ccial. y de Flia.
de la ciudad de Villa Dolores, a cargo del Dra.
Sandra Elizabeth Cuneo, Secretaría N 1, en autos: OVIEDO, LORENA VANESA USUCAPION
-Expte. Nº 2089266, ha resuelto: SENTENCIA
NUMERO: 68. VILLA DOLORES, 22/07/2021. Y
VISTOS: Y DE LOS QUE RESULTA QUE:
Y CONSIDERANDO QUE: RESUELVO: 1
Hacer lugar a la demanda instaurada en todas sus partes y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteañal a la Srta. Lorena
Vanesa Oviedo, D.N.I. N 27.058.518, C.U.I.L. N
27-27058518-9, argentina, nacida el 12 de mayo de 1979, soltera, con domicilio en calle Manuel Acevedo 5229, B Deán Funes, Córdoba Capital, provincia de Córdoba, en la proporción del cien por ciento por ciento 100 %, el derecho real de domino 1887 inc. a y 1941 del C.C.C., sobre el inmueble que se describe como: Una fracción de terreno Urbano, ubicado en calle Edelmiro Oviedo s/n, B Las Caleras, Villa de Las Rosas, departamento San Javier, provincia de Córdoba, compuesto por un 1 polígono de forma irregular, designado como Lote 038, Manzana sin designación, al que le corresponde la siguiente Nomenclatura Catastral: Departamento 29, Pedanía 02, Pueblo 27, Circunscripción 02, Sección 02, Manzana 008 y Parcela 038. Dicho inmueble, conforme plano para Juicio de Usucapión aprobado por la Dirección General de Catastro en fecha 10/12/2013 bajo el Expte. N 0033-001799/13, se describe en ANEXO adjunto a mensura, de la manera siguiente: POSESIÓN de: Oviedo Lorena Vanesa Parcela: C 02-S02-M008-P38.- El bien está ubicado en Departamento San Javier, Pedanía Rosas en la localidad de Villa de Las Rosas. Descripción: A partir del vértice A con ángulo interno de 90 12 se miden 94,09 metros, hasta el vértice B desde donde con ángulo interno de 121 32 se miden 11,00 metros hasta el vértice C desde donde con ángulo interno de 65 13 se miden 100,63 metros hasta el vértice D desde donde con ángulo interno de 83 03se miden 21,21, hasta el vértice A donde se cierra el polígono totalizando una superficie de 1.500,46
m2. La propiedad colinda: En su costado Norte lados A-B con Parcela 01 propiedad de Oviedo Luis Reynaldo Dominio 17.883 Folio 22.155 Tomo 89 Año 1.943, en su costado Este lado B-C con resto de la Parcela 02 Oviedo Luis Reynaldo Matricula 1.063.687 029, en su costado Sur lados C-D, en parte con resto de la Parcela 02 Oviedo Luis Reynaldo Matricula 1.063.687 029 y en parte con Parcela 03 Oviedo Luis Reynaldo Matricula 1.063.688 029 y en su costado Oeste en sus lados C-A con calle Edelmiro Oviedosic, todo conforme Plano de Mensura del Inmueble y su Anexo objeto del presente, suscripto por el Agrimensor Carlos M. U. Granada, aprobado por la Dirección General de Catastro de la Provincia el
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

día 10 de Diciembre de 2013, en Expte. Nº 0587001799/13 fs. 02/03.- Según informe Nº 9658
del Departamento de Tierras Públicas fs. 44 y Plano de Mensura aprobado por la repartición mencionada con fecha 10/12/2013, obrante a fs.
02/03 de los presentes, no aparecen afectados derechos fiscales de propiedad, Que la presente acción de usucapión afecta de manera parcial un inmueble sin designación inscripto en la matrícula N 1.063.688 a nombre de Oviedo Luis Reynaldo, Que la presente acción de usucapión afecta de manera parcial un inmueble sin designación inscripto en la matrícula N 1.063.687 a nombre de Oviedo Luis Reynaldo; que a los fines impositivos los inmuebles, se encuentran empadronado en las cuentas que a continuación se detallan: 2902-0299308/5 a nombre de Oviedo Luis Reynaldo y 2902-0344438/7 a nombre de Oviedo Luis Reynaldo.-2 A mérito de lo dispuesto por el artículo 1905 del C.C.C., fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real en el día 09 de Septiembre de 2020.-3 Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de diez 10 días a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30 días arts. 790 y 783 del C. de P.C.- 4
Ordenar la cancelación de las anotaciones de litis ordenadas por este juzgado y para estos autos, al D 1092 del 03/09/2019 y D 1093 del 03/09/2019, a cuyo fin ofíciese.-5 Ordenar la inscripción del presente decisorio en el Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba art. 789
del C. de P.C. y cumplidas las demás formalidades de ley, oportunamente, oficiar a los fines de la inscripción provisoria.6 Imponer las costas por el orden causado artículo 130 -in finedel C.P.C.C..- 7 Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente, Dr. Irineo Aníbal Quiñones, Mat. Prof. 6-130, para cuando sea así solicitado y exista base determinada para ello artículo 26- contrario sensu de la Ley 9459.- Protocolícese, hágase saber y déjese copia.- FDO:
SANDRA E. CUNEO JUEZ OBSERVACIONES:
Exento del pago de tasas art. 790, concd. 783
ter del CPCC, Modif. por ley 8904, arts. 4 y 5.--OF. 11/08/2021. Texto Firmado digitalmente por:
CARRAM Maria Raquel, PROSECRETARIO/A
LETRADO. Fecha: 2021.08.11.
10 días - Nº 329159 - s/c - 30/08/2021 - BOE

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/08/2021 - 2º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaeseArgentina

Data17/08/2021

Conteggio pagine59

Numero di edizioni3642

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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