Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/06/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCXIV - Nº 130
CORDOBA, R.A. VIERNES 28 DE JUNIO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Resolución N 253 - Letra:D
Córdoba, 24 de junio de 2024
VISTO: Las disposiciones de los artículos 88 y 89 de la Ley N 10.835, texto reglamentado por el Decreto N 486/2023.
Y CONSIDERANDO:
Que, el Lic. Javier Pablo FERRARO D.N.I. N 24.089.900, Director de Jurisdicción Administración - dependiente de la Dirección General de Coordinación Operativa - y responsable de la gestión administrativa y financiera de la Jurisdicción 1.15 Unidad Administrativa 45 y de la Jurisdicción 1.70
Unidad Administrativa 85, hará uso de licencia anual entre los días 03 de julio y 06 de agosto del corriente año, ambos inclusive.
Que deviene necesario y conveniente designar responsable de la misma gestión administrativa y financiera de la Jurisdicción 1.15 Unidad Administrativa 45 y de la Jurisdicción 1.70 Unidad Administrativa 85, a la señora Directora General de Coordinación Operativa de este Ministerio, Cra. María Pía ESCALERA D.N.I. N 31.668.430, quien se desempeñará en dicha función mientras dure la ausencia del Lic. Javier Pablo FERRARO.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA
RESUELVE:
Artículo 1º DESIGNAR a la señora Directora General de Coordinación Operativa de este Ministerio, Cra. María Pía ESCALERA D.N.I. N 31.668.430
como responsable de la gestión administrativa y financiera de la Jurisdicción 1.15 Unidad Administrativa 45 y de la Jurisdicción 1.70 Unidad Administrativa 85, por el período comprendido entre los días 03 de julio y 06 de agosto del corriente año, ambos inclusive, ello sin revocar la asignación de funciones que corresponden al Lic. Javier Pablo FERRARO D.N.I. N 24.089.900.
Artículo 2º PROTOCOLÍCESE, comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia y a la Subsecretaría de Presupuesto y Contaduría General de la Secretaría de Administración Financiera, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL DIGITAL N 2024/MEyGP-00000253
FDO.: GUILLERMO ACOSTA, MINISTRO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y
PROMOCIÓN DEL EMPLEO
Resolución N 79
Córdoba, 26 de junio de 2024
VISTO: El Decreto N 175/2016 -modificado por Decreto N 115/2024- y la nueva Estructura Orgánica del Poder Ejecutivo instituida mediante Decreto N 2206/23.
Y CONSIDERANDO:
Que en virtud de las modificaciones dispuestas en la estructura orgánica del Poder Ejecutivo mediante Decreto N 2206/23 -ratificado por Ley N 10.956-, compete a este Ministerio de Desarrollo Social y Promoción del Empleo otorgar ayudas directas en el marco de sus competencias -inciso 19- y propiciar la inclusión social de personas en situación de violencia a fin de procurar su autonomía y protección integral, mediante el otorgamiento de contribuciones económicas de carácter directa y destinadas a su sustento y residencia, dirigidas tanto a personas físicas como a asociaciones civiles e instituciones -inciso 30-.
Que mediante Decreto N 175/2016 -modificado por Decreto N 115/2024se creó el Programa Un Nuevo Rumbo, con el objetivo de propiciar el empoderamiento e inclusión social de las mujeres víctimas de violencia, violencia
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

familiar, delitos contra la integridad sexual y trata de personas, a fin de afianzar la independencia y autonomía de la mujer mediante el otorgamiento de contribuciones económicas destinadas a su sustento y residencia.
Que, en el marco del precitado Programa, se establecieron contribuciones económicas no reintegrables, de carácter personal y no remunerativas, para las personas comprendidas en el artículo 1 del mencionado instrumento legal. En este sentido, se implementaron subsidios destinados, por un lado, a la subsistencia, el que se otorgará por un plazo máximo de tres meses; y por otro, subsidios destinados al alquiler de vivienda para el establecimiento de nueva residencia y con el objetivo de minimizar las situaciones de riesgo, el que se otorgará por un plazo máximo de veinticuatro meses.
Que, asimismo, el artículo 1 del Decreto N 1375/22 establece que esta Cartera de Estado podrá, en el marco de sus competencias, otorgar subsidios y ayudas directas, hasta un importe equivalente a quince 15
veces el Índice Uno 1, fijado en la Ley Anual de Presupuesto, por Simple Providencia, y de hasta cien 100 veces el mismo Índice, por Resolución y, a su vez, podrá autorizar a los señores Secretarios de la Repartición a otorgar los mismos hasta un importe equivalente a quince 15 veces el Índice Uno 1, fijado en la Ley Anual de Presupuesto, por Simple Providencia.
Que esta cartera ministerial, a través de la Secretaría de la Mujer, resulta competente para desarrollar las políticas públicas necesarias para reforzar el abordaje de la problemática, tendientes a mejorar todo lo atinente
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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 28/06/2024 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data28/06/2024

Conteggio pagine26

Numero di edizioni4173

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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