Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCXCIII - Nº 200
CORDOBA, R.A. JUEVES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
RESUELVE:

Artículo 1º: APRUÉBASE un incremento global del 38,57% sobre el cuadro tarifario vigente correspondiente a la prestadora del Servicio de Agua Potable Cooperativa de Trabajo Acueductos Centro Limitada a aplicarse a partir de su publicación en el Boletín Oficial, en los términos propuestos en el Informe Técnico Conjunto N 239/2022 y 93/2022 de la Sección Técnica de la Gerencia de Agua y Saneamiento y Área de Costos y Tarifas, resultando de aplicación el cuadro tarifario que se agrega como Anexo I a la presente.-

Artículo 3: INSTRÚYASE a la Gerencia de Agua y Saneamiento a los fines de que, en cumplimiento de lo previsto por el art. 25 inc. g. de la ley 8835 y lo dispuesto por la Resolución General ERSeP N 04/2019, efectué el control y seguimiento de las obras a realizar sobre los bienes afectados al servicio de agua potable brindado por la Prestadora, Cooperativa de Trabajo Acueducto Centro Limitada y de las inversiones a realizar. Artículo 4:PÓNGASE EN CONOCIMIENTO del Poder Concedente el Cuadro Tarifario aprobado a los fines pertinentes.

Artículo 2: AUTORIZASE a la prestadora del Cooperativa de Trabajo Acueductos Centro Limitada a aplicar el cargo tarifario de Amortización e Inversiones conforme al listado de la Sección Técnica el cual obra como Anexo II de la presente en orden a la ejecución de las obras priorizadas, debiendo dar acabado cumplimiento a las disposiciones de la Resolución General ERSeP N 04/2019.-

Artículo 5:PROTOCOLÍCESE, comuníquese, y dese copias.-

FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSE LUIS SCARLATTO, VICEPRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER OSCAR SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXO

Resolución General N 71
Córdoba, 14 de septiembre de 2022.-

Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente, Mario A. Blanco, y de los Vocales José Luis Scarlatto, Luis A. Sánchez y Walter Scavino
Que atento a la normativa vigente corresponde al ERSeP el tratamiento de la cuestión planteada. En efecto, el artículo 22 de la Ley Nº 8835 Carta del Ciudadanodispone El ERSeP tendrá como cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, con excepción de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el ámbito de un solo municipio o comuna Que por su parte, el articulo 25 inciso h del cuerpo legal precitado establece que es competencia de este Organismo, Aprobar las modificaciones, revisiones y ajustes de los cuadros tarifarios y precios de los servicios a cargo de los prestadores como así también Art. 25, inc g:Controlar el cumplimiento de los planes de mejora y expansión de los servicios y de los de inversión, operación y mantenimiento, a cargo de los prestadores.
Que asimismo resulta aplicable al caso el marco normativo que rige la materia, esto es el Decreto Nº 529/94 -Marco Regulador de los Servicios Públicos de Agua Potable y Desages Cloacales en la Provincia de Cór-

de Agua Potable y Desages Cloacales en el ámbito de aplicación definido en el Artículo 2. Rigen igualmente Los decretos, reglamentos y ordenanzas de carácter provincial o municipal, vigentes al momento de la promulgación de este Marco Regulador continuarán en vigor en todo aquello que no se oponga al mismo, del que constituirán normativa supletoria. Que por su parte, los artículos 35 a 43 del Decreto 529/94 Modificaciones de Precios y Tarifas - establecen que los precios y tarifas podrán sufrir ajustes derivados de cambios en las condiciones de prestación y los distintos criterios del Régimen Económico de la Prestación de los Servicios en un todo concordante con lo prescripto por la ley 8836. Que por su parte el Honorable Directorio en el Expediente N0521050276/2016 con fecha 13 de marzo de 2016, dicta Resolución Número 14/2016 que en su Artículo 1 y 2 dispone ARTÍCULO 1: APRUEBASE
el Régimen Tarifario Único de los prestadores de Agua Potable y Saneamiento de la Provincia de Córdoba, conforme los términos del Anexo I de la presente Resolución. ARTÍCULO 2: APRUEBASE la Estructura Tarifaria Única para los Cuadros Tarifarios de los prestadores abarcados por el presente régimen conforme lo previsto en el Anexo II de esta Resolución.

Que a los fines de fundamentar el pedido de Revisión Tarifaria se agrega, en el presente Referente, documentación acompañada por la prestadora mencionada, entre la que se cuenta: a solicitudes de revisión tarifaria y b información relativa a ingresos y costos, y demás documentación a los fines de cumplimentar con lo previsto por el Artículo 2 de la Resolución General ERSeP N 14/2016 requerida a los fines de la evaluación. Que en relación a lo anterior se puede destacar que obra en autos la siguiente documental a saber: a Presentaciones efectuadas por la Sociedad Cooperativa de Servicios Públicos Limitada por la que solicita la recomposición de la tarifa, aduciendo incremento de costos operativos de fechas 29 de Junio
doba-, el Decreto 4560C1955 Reglamentación de Servicios Sanitarios por Particulares y demás reglamentación contemplada en los mismos. Que así el decreto 529/94, en su articulo 2 Ámbito de Aplicaciónestablece: Se define como ámbito de aplicación a todo el territorio de la Provincia de Córdoba, ámbito servido de la prestadora presentante, y en su artículo 5 -Alcances de la Normativadispone: Este Marco Regulador es de cumplimiento obligatorio para la prestación de los Servicios Públicos
de 2022, 14 de Julio de 2022, b Informe Técnico N 102/2022 del Área de Costos y Tarifas, c Copia de la Resolución General ERSeP N 30/2022 de fecha 04 de Mayo de 2022; y d Copia de la Resolución ERSeP Nº 2160/2022 de fecha 27 de Julio de 2022, por la que se dispuso en su artículo primero:
CONVÓCASE a Audiencia Pública para el día 16 de Agosto de 2022, según lo detallado en el Anexo I, a los fines del tratamiento de las solicitudes de revisión tarifaria de las prestadoras de los Servicios de Agua Potable y Desages
Ref.: Expte. N 0521-065348/2022/R27.Y VISTO: Que vienen las presentes actuaciones vinculadas con la presentación promovida por la prestadora del Servicio de Agua Potable y Saneamiento Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Asistenciales de Villa Santa Cruz del Lago y Zonas Adyacentes Ltda., por la cual solicita incrementar en un 32 %
la tarifa, aduciendo un incremento en los costos del servicio.-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2022 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data30/09/2022

Conteggio pagine25

Numero di edizioni4192

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione02/08/2024

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