Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/09/2022 - 1º Sección

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Las Malvinas son argentinas LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

educativo en el sector en cuestión y su zona de influencia, de los que surge la necesidad de adecuar la oferta de enseñanza en el mismo, dentro del marco de las políticas educativas imperantes, que apuntan a garantizar la igualdad de oportunidades para el acceso a una educación de calidad, con equidad y respeto a la diversidad.

Que por Resolución N 1130/19 y su modificatoria N 1234/19, emanada de la citada Dirección General, se impulsa -ad referendum de la superioridadla creación del servicio en cuestión.

Que obra en autos la Resolución N 211/17, emanada de la Inspección General de la citada Dirección General, otorgando un cargo de Director de Escuela Primaria de Tercera del Presupuesto General de la Provincia en vigencia, necesario para el funcionamiento como unidad educativa independiente.
Que de la documental obrante en autos, surge que el nuevo servicio educativo desarrollará sus actividades en un edificio construido para tal fin.
Que merituados todos los aspectos políticos y técnicos que hacen a la factibilidad, oportunidad y conveniencia de la creación que se procura, debe concluirse en que están dadas las condiciones para disponer tal medida en esta instancia, al amparo de los artículos 5 y 6º de la Ley Nº 9870.
Por ello, la normativa citada, el Dictamen N 407/2022 del Área Jurídi-

AÑO CIX - TOMO DCXCIII - Nº 190
CORDOBA, R.A. JUEVES 15 DE SEPTIEMBRE DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

ca de este Ministerio, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 556/16, EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1.- CREAR una Escuela de Nivel Inicial de Tercera Categoría en la localidad de El Rincón -Departamento Cruz del Eje-, bajo la dependencia de la Dirección General de Educación Inicial, establecimiento que funcionaba como Anexo a la Escuela de Nivel Inicial PRESIDENTE ROQUE SAENZ PEÑA de la aludida localidad, dependiente de la mencionada Dirección General.
Art. 2. DISPONER que el servicio educativo creado por el Art.
1º de este instrumento legal será de Tercera Categoría y desarrollará sus actividades en un edificio construido para tal fin.
Art. 3º. PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.

Resolución N 1066
Córdoba, 9 de septiembre de 2022
VISTO: El Expediente Nº 0622-134582/2019, del registro del Ministerio de Educación;
Y CONSIDERANDO:
Que obran en el mismo actuaciones relacionadas con la recategorización del Instituto Provincial de Educación Agrotécnica N 343 de Los Cocos, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional.

Que el art. 49 inciso B del Decreto-Ley Nº 214/E/63, establece que las unidades educativas dependientes de dicho organismo serán clasificadas como de Primera, Segunda o Tercera Categoría, de acuerdo al número de alumnos, divisiones o especialidades.
Que por el art. 1º de la Resolución Nº 180/90 de la ex Dirección de Enseñanza Media, Especial y Superior, se fijaron pautas transitorias para la categorización de las instituciones de nivel medio, basadas en el número de alumnos con que cuentan éstas.
Que dichos criterios, vigentes hasta tanto se reglamente la normativa mencionada con anterioridad, consideran de Segunda Categoría los centros educativos que tengan entre doscientos 200 y trescientos noventa y nueve 399 alumnos, situación que se ha configurado en el establecimiento cuya categorización se propicia.
Que resulta pertinente en consecuencia reajustar la actual categoría del mismo, atento al desfasaje que se observa al respecto, como conse-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

cuencia del crecimiento vegetativo operado en los últimos años.
Por ello, los informes producidos, el Dictamen N 978/2022 del Área Jurídica de este Ministerio, lo aconsejado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales a fs. 21 y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N 556/16, EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE:
Art. 1º.- RECATEGORIZAR en Segunda Categoría al Instituto Provincial de Educación Agrotécnica N 343 de Los Cocos, dependiente de la Dirección General de Educación Técnica y Formación Profesional, a partir de la fecha del presente instrumento legal.
Art. 2º.- DISPONER que la Dirección General de Coordinación y Gestión de Recursos Humanos adopte los recaudos pertinentes a fin de que se lleven a cabo las compensaciones que correspondan en la asignación de Recursos Humanos del Presupuesto General de la Provincia, de modo que los cargos docentes de la planta de personal del establecimiento educativo comprendido por el artículo 1º de esta resolución, se adecuen a la nueva categoría en que ha sido clasificado el mismo.
Art. 3º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 15/09/2022 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data15/09/2022

Conteggio pagine10

Numero di edizioni4191

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione01/08/2024

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