Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 09/10/2018 - 1º Sección
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
1
a
2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria AÑO CV - TOMO DCXLVI - Nº 193
CORDOBA, R.A. MARTES 9 DE OCTUBRE DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
Resolución N 326 - Letra:A
Córdoba, 27 de Septiembre de 2018
VISTO:
El Expediente N 0007-139768/2018, mediante el cual la entidad civil denominada ASOCIACION DE PROFESIONALES E INSTRUCTORES
DE PILATES ZONE-APIPZO-ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
LA DIRECTORA GENERAL DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la entidad civil denominada ASOCIACION
DE PROFESIONALES E INSTRUCTORES DE PILATES ZONE-APIPZO-ASOCIACION CIVIL, con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.
Artículo 2º: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada ASOCIACION DE PROFESIONALES E INSTRUCTORES DE PILATES ZONE-APIPZO-ASOCIACION CIVIL.
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
Artículo 3º: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rubrica, no pudiendo realizar tramite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.
Artículo 4: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO. VERONICA GABRIELA SANZ. DIRECTORA GRAL. D.I.P.J.
Atención al Público:
Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
http boletinoficial.cba.gov.ar
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Centro Cívico del Bicentenario Rosario de Santa Fe 650
Tel. 0351 5243000 int. 3789 - 3931
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
boe@cba.gov.ar
@boecba
21