Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/11/2016 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

2016 - 2017 Año Brocheriano
JUEVES 17 DE NOVIEMBRE DE 2016
AÑO CIII - TOMO DCXXIII - Nº 228
CORDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

1

a SECCION

ERSEP

Resolución N 3002
Córdoba, 16 de Noviembre de 2016
Expte. Nº 0521051945/2016.Y VISTO:

Las presentes actuaciones vinculadas con la Convocatoria a Audiencia Pública por la solicitud de revisión tarifaria promovida por Aguas Cordobesas S.A y variación de zonales propuesta por el ERSeP. Que obra en autos solicitud de fecha 16 de Septiembre de 2016, formulada por la empresa Aguas Cordobesas S.A., por la que solicita revisión tarifaria por incremento de costos, conforme al numeral 9.2.3 del Contrato de Concesión del Servicio Público de Suministro de Agua Potable para la ciudad de Córdoba. Asimismo, el dictado de la resolución ERSeP Nº 2426/2016, por la que se habilita el procedimiento de revisión tarifaria y se constituye la Mesa de Estudios de Valores Tarifarios y Precios respectivamente. Por último, actas de las sucesivas reuniones de la Mesa, con su documentación respaldatoria.Y CONSIDERANDO:
Voto del Presidente Dr. Mario Agenor BLANCO y de los Directores Luis Antonio SANCHEZ, Alicia Isabel NARDUCCI y Walter SCAVINO.
Que en el marco de la normativa vigente, producidos los supuestos requeridos por el numeral 9.2.3.1 del Contrato de Concesión para dar inicio al mencionado proceso de revisión tarifaria, mediante Resolución ERSeP N
2426 de fecha 21 de septiembre de 2016, se resuelve: Artículo 1º: HABILÍTASE el procedimiento de revisión tarifaria promovida por Aguas Cordobesas S.A. en el marco de lo dispuesto en los numerales 9.2.3. del Contrato de Concesión .Que asimismo, mediante decreto de Presidencia del ERSeP de fecha 27
de octubre de 2016, se dispuso: téngase por constituida la Mesa de Estudio de Valores Tarifarios y Precios con los miembros que se enuncian Dr. Horacio Javier FERRERO D.N.I N 21.757.480, en representación de Fiscalía de Estado; Ing. Juan VALLEJOS D.N.I. N 13.198.307 y al Ing.
José Virgilio ARMANINO D.N.I. N 8.645.059, en representación del Concedente; Cr. Héctor Alfredo RANDANNE, M.I. 13.963.318 y Lic. Fernando GIVOGRI, M.I. 21.394.157, ambos por la Concesionaria Aguas Cordobesas S.A. y al Ing. Jorge VAZ TORRES, D.N.I N 28.635.865 Gerente de la Gerencia de Agua y Saneamiento en representación del ERSeP, en función de lo dispuesto por Acta de Directorio N 32 de fecha 21 de Septiembre de 2016 .Que conforme a lo estipulado en el numeral 9.2.7.1 corresponde a la Mesa:
establecer la variación de costos de prestación del servicio y desarrollar la revisión de los valores tarifarios, precios, cargos y penalidades conforme lo establecido en los numerales 9.2.3. relativo a la Revisión por BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
ERSEP
Resolución N 3002 Pag. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N 1420 Pag. 4
Decreto N 1186 Pag. 5
Decreto N 1177 Pag. 6
PODER LEGISLATIVO
Resolución N 8 Pag. 7
MINISTERIO DE EDUCACION
Resolución N 1505 Pag. 8
Resolución N 1508 Pag. 8
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolución N 337 Pag. 9
Resolución N 264 Pag. 9
MINISTERIO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
SECRETARIA DE OBRAS VIALES
Resolución N 703 Pag. 10
Resolución N 618 Pag. 11
Resolución N 617 Pag. 11
Resolución N 615 Pag. 12
Resolución N 614 Pag. 13
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA
Resolución N 140 Pag. 13
Resolución N 139 Pag. 14
Resolución N 138 Pag. 14

Incremento de Costos, el que prevé la posibilidad de habilitar el mecanismo cuando hayan transcurrido seis 6 meses desde la última revisión.Que en relación a su funcionamiento, se dispone que la Mesa deberá verificar y evaluar la variación registrada en el coeficiente de variación de costos y proponer dentro del mismo plazo al Ente de Control su propuesta de modificación tarifaria conforme el numeral 9.2.7.2.Que además, se establece que: Las decisiones de la Mesa se adoptarán por simple mayoría de votos correspondiéndole a cada integrante un voto., debiendo elevar su propuesta al Ente de Control, el que dispondrá de cinco 5 días hábiles para efectuar la convocatoria a Audiencia Pública 9.2.7.2.Que de este modo la citada disposición determina la función de la Mesa Tarifaria y el quórum necesario a los fines de adoptar sus decisiones. De una detenida lectura de las actas se desprende que la propuesta de modificación de los valores tarifarios ha sido elaborada tomando en consi-

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/11/2016 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data17/11/2016

Conteggio pagine14

Numero di edizioni4182

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione19/07/2024

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