Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 1 de Julio de 2015

BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 123

Especifica asignados por la Ley N 10.248 -Presupuesto Gene ral de la Administración Pública Provincial Año 2015- y sus modificatorias.
Que la Provincia de Córdoba, asume el costo que demande la ejecución de la obra de que se trata, por medio de aportes económicos no reintegrables, los que se canalizarán a través de este Ministerio, y se harán efectivos mediante un anticipo de $
50.000,00 que se instrumentará en un certificado de anticipo financiero y el saldo contra la certificación de avance de obra hasta completar el monto total del Convenio Cláusula Tercera.
Que de las cláusulas Segunda y Cuarta del referido Convenio, surge la responsabilidad de la Municipalidad de Colonia Italiana en relación a la elaboración y/o gestión del proyecto, cómputo, presupuesto y demás autorizaciones necesarias para la concreción de la obra.
Que asimismo consta en autos el compromiso del señor Intendente Municipal de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos dentro de los 30 días desde la fecha de finalización de la obra.
Que se ha incorporado en autos el Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2015/000969.
Por ello, lo prescripto por el Artículo 1 de la Ley Nº 10.220 y lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 215/2015,
CENTRICOS Y ALEDAÑOS DE LA CIUDAD DE VILLA
ALLENDE que se encuentran intransitables a causa de las grandes precipitaciones pluviales ocurridas en la temporada estival.

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- OTORGAR un subsidio a favor de la Municipalidad de Colonia Italiana, por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL $ 150.000,00, para la realización de la obra: CONSTRUCCIÓN ADOQUINADO
CALLES RÍO CUARTO, SANTA FE Y MARCOS JUÁREZ, conforme lo establecido en el Convenio suscripto con fecha 19
de abril de 2015, entre el Gobierno de la Provincia de Córdoba, representado en ese acto por el suscripto y la Municipalidad de Colonia Italiana, representada por su Intendente señor Alberto Juan PRIOTTO, con oportuna rendición de cuentas por parte de éste último, en el plazo de treinta 30 días desde la fecha prevista de finalización de la obra, que como ANEXO I compuesto de DOS 2 fojas, integran la presente Resolución.
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL $ 150.000,00, conforme lo indica la Dirección General de Administración de este Ministerio en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2015/000969, con cargo a: Jurisdicción 1.50, Programa 523000, Partida 10.01.01.00 del P.V.
Artículo 3º.- AUTORIZAR la transferencia de la suma de PESOS CINCUENTA MIL $ 50.000,00 en concepto de anticipo financiero, el cual deberá ser certificado, y el saldo restante contra la certificación de avance de obra hasta completar el monto total del convenio, a favor de la Municipalidad de Colonia Italiana.
Artículo 4º.- PROTOCOLICESE, pase a la Dirección General de Administración dependiente de este Ministerio, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
ANEXO
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Resolución N 108
Córdoba, 20 de Mayo de 2015
Expediente Nº 0045-017461/2015.VISTO: este expediente en el que obra el Convenio suscripto con fecha 20 de abril de 2015, entre la Dirección Provincial de Vialidad dependiente de este Ministerio y la Municipalidad de Villa Allende, del cual surge el compromiso asumido por ambas partes para la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO Y
REHABILITACIÓN DE CALLES DE TIERRA DE BARRIOS

Primera Sección
4.500.000,00, para la ejecución de la obra: MEJORAMIENTO
Y REHABILITACIÓN DE CALLES DE TIERRA DE BARRIOS
CENTRICOS Y ALEDAÑOS DE LA CIUDAD DE VILLA
ALLENDE que se encuentran intransitables a causa de las grandes precipitaciones pluviales ocurridas en la temporada estival, conforme lo establecido en el Convenio suscripto con fecha 20 de abril de 2015, entre la Dirección Provincial de Vialidad, representada en ese acto por su Presidente, Ingeniero Raúl BERTOLA y la Municipalidad de Villa Allende, representada por su Intendente, Dr. Héctor Dante COLOMBO, con oportuna rendición de cuentas por parte de éste último, en el plazo de treinta 30 días desde la fecha prevista de finalización de la obra, que como ANEXO I compuesto de DOS 2 fojas, integra la presente Resolución.

Y CONSIDERANDO:
Que el Convenio mencionado se refiere al otorgamiento de un aporte económico no reintegrable, con una finalidad determinada, todo según documental agregada en autos, encuadrando en las previsiones del Artículo 1º de la Ley Nº 10.220.
Que el aporte económico comprometido para la presente obra, será atendido con Recursos de Afectación Especifica asignados por la Ley N 10248 -Presupuesto General de la Administración Pública Provincial Año 2015- y sus modificatorias.
Que la Dirección Provincial de Vialidad asume el costo que demande la ejecución de la obra descripta hasta la suma de $
4.500.000,00 por medio de aportes económicos no reintegrables, que se harán efectivos mediante un anticipo financiero de $ 1.500.000,00, el cual deberá ser certificado y el saldo contra la certificación de avance de obra, hasta completar el monto total del Convenio Cláusula Tercera.
Que de las Cláusulas Segunda, Cuarta y Quinta del referido Convenio, surge la responsabilidad de la Municipalidad de Villa Allende en relación a la elaboración y/o gestión del proyecto, cómputo, presupuesto y demás autorizaciones necesarias para la concreción de la obra, como así también el compromiso del señor Intendente de rendir cuentas de la correcta inversión de los fondos dentro de los 30 días desde la fecha prevista para la finalización de la obra.
Que se ha incorporado en autos Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2015/001107.
Por ello, lo prescripto por el Artículo 1º de la Ley 10.220, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº 270/15,
Artículo 2º.- IMPUTAR el egreso que asciende a la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL $
4.500.000,00, conforme lo indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad en su Documento de Contabilidad Nota de Pedido Nº 2015/001107, de acuerdo al siguiente detalle:
Jurisdicción 1.50, Programa 504-002, Partida 10.01.01.00 del P.V. 4.500.000,00
Artículo 3º.- AUTORIZAR la transferencia de la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL $ 1.500.000,00 en concepto de anticipo financiero, el cual deberá ser certificado y el saldo restante contra la certificación de avance de obra, hasta completar el monto total del convenio, a favor de la Municipalidad de Villa Allende.
Artículo 4º.- PROTOCOLICESE, pase al Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E:

ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

Artículo 1º.- OTORGAR un aporte económico no reintegrable a favor de la MUNICIPALIDAD DE VILLA ALLENDE, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS $

ANEXO
http goo.gl/Sofuw4

CONSEJO de la MAGISTRATURA
DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

JUEZ DE CONTROL, NIÑEZ, JUVENTUD, PENAL JUVENIL Y FALTAS
ACUERDO NÚMERO: TREINTA Y CINCO. En la ciudad de Córdoba a veintidos días del mes de junio del año dos mil quince, con la presidencia del Dr. Luis E. RUBIO, se reunieron los Señores Consejeros integrantes del Consejo de la Magistratura creado por Ley 8802, Héctor René DAVID, Jorge GARCÍA, María Laura LABAT, Juan Manuel UGARTE
y Julio C. OCHOA y ACORDARON: Y VISTO Y CONSIDERANDO: .. EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESUELVE: 1: Confeccionar el ORDEN DE MERITOS DEFINITIVO, correspondiente al concurso para cobertura de cargos de JUEZ DE CONTROL, NIÑEZ, JUVENTUD, PENAL JUVENIL Y FALTAS interior provincial teniendo en consideración la nueva calificación final de la Dra. Andrea Cristina BRUNO, que se rectifica en el Acuerdo de Antecedentes.
2: Protocolícese, notifíquese y archívese.
ANEXO I - JUEZ DE CONTROL, NIÑEZ, JUVENTUD Y PENAL JUVENIL Y FALTAS interior provincial Orden 1
2 3
4 5
6 7
8

Apellido MAZUQUI
LASSO
MARTINEZ
DOTTORI
BRUNO
TULIAN
WERLEN ZBRUN
PIPPI

Nombres Claudio Fabin Claudio Guillermo Maria Raquel Maria Soledad Andrea Cristina Maria Licia del Valle Luis Mara Sonia Cristina
7

Tipo D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.
D.N.I.

Número 23.909.141
16.229.478
16.956.352
23.466.175
20.699.069
23.636.414
18.312.900
14.586.265

Puntaje Final 86,01
85,58
84,01
83,03
74,10
73,61
71,77
70,50

El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba hace saber que la audiencia pública prevista por el art. 29
de la Ley 8802 ha sido fijada para el día 27 de julio de 2015 a las 16:00 hs., en Avda. Gral. Paz nº 70, 5º piso de la ciudad de Córdoba 3 días - Nº 12250 - s/c - 03/07/2015 - BOE

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 01/07/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data01/07/2015

Conteggio pagine13

Numero di edizioni4190

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione31/07/2024

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