Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/07/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 3 de Julio de 2015

1

SECCIÓN

AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 125
CORDOBA, R.A., VIERNES 3 DE JULIO DE 2015

LEGISLACIÓN - NORMATIVAS

PODER

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
PODER

LEGISLATIVO
Decreto N 72

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVII - Nº 125

EJECUTIVO
Córdoba, 29 de Junio de 2015.

VISTO: El Decreto Nº 657 de fecha 29 de junio de 2015 del Poder Ejecutivo Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que el mismo se dictó en oportunidad de la conmemoración del 442º aniversario de la fundación de la ciudad de Córdoba, declarando el día 6 de julio del año en curso no laborable para la Administración Pública Provincial, en todo el ámbito de la ciudad Capital.
Que además guarda consonancia con lo dispuesto por la Municipalidad de Córdoba mediante Decreto Nº 1546 de fecha 25 de junio de 2015.
Que este Poder Legislativo en consonancia con la Municipalidad de Córdoba y el Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, estima que el evento fundacional de la Ciudad de Córdoba, cuya celebración ocurre el 6 de julio de cada año con diferentes celebraciones públicas para su conmemoración en la que participa toda la ciudadanía, hacen conveniente declarar el día 6 de julio del año en curso, como no laborable en el ámbito de la Legislatura de la Provincia de Córdoba.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el artículo 84 de la Constitución de la Provincia y a las atribuciones conferidas por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia de Córdoba.
Por ello y lo dispuesto por Ley Nº 6326 y modificatoria y el Reglamento Interno de la Legislatura de la Provincia.
LA VICEGORBERNADORA DE LA PROVINCIA DE
CÓRDOBA, EN EL CARÁCTER DE
PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE el próximo 6 de julio de 2015
como día no laborable en el ámbito del Poder Legislativo Provincial, con motivo del 442 Aniversario de la Fundación de la Ciudad de Córdoba.
ARTÍCULO 2º.- Protocolícese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese y archívese.
ALICIA MÓNICA PREGNO
V ICEGOBERNADORA
PRESIDENTA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

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Obra: Enarenado desvío tránsito pesado norte Río Tercero Decreto N 590
Crdoba, 08 de Junio de 2015
VISTO: El expediente Nº 0045-017129/2014 del Registro de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la individualización de un bien declarado de utilidad pública y sujeto a expropiación necesario para la ejecución de la obra: ENARENADO DESVIO
TRANSITO PESADO NORTE EN RÍO TERCERO.
Que el Departamento II Tierras y Valuaciones de la Dirección Provincial de Vialidad, informa que para la ejecución de la obra mencionada es necesario ocupar dos fracciones de terreno del inmueble de propiedad de Patricia María Elena MARIN, inscriptos en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula Folio Real N 494.287 - Propiedad Nº 3301-2200762/6, con una superficie a ocupar de 9 Has. 8949,09 m2 y Matrícula Folio Real N 494.288
- Propiedad Nº 3301-2200761/8, con una superficie a ocupar de 0 Has. 8437,11 m2, ubicados en La Igualdad, Pedanía El Salto, Departamento Tercero Arriba.
Que obra incorporado en autos copia autenticada de los asientos dominiales expedidos por el Registro General de la Provincia y del Plano de Mensura Parcial, así como detalles relativos a la fracción de terreno de que se trata.
Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 49 de la Ley N
10176 Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2014, los inmuebles de que se trata han sido declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación, encontrándose la obra debidamente identificada en el Plan de Inversiones Públicas, declaración genérica conforme artículo 2 de la Ley N 6394, pudiendo procederse como se gestiona.
Que debe darse la intervención pertinente al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, a los fines de que fije el valor máximo correspondiente en concepto de total indemnización por las fracciones de los bienes a expropiar.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dictaminado por Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Infraestructura con el Nº 119/2015, por Fiscalía de Estado bajo el Nº 434/2015 y en uso de sus atribuciones constitucionales;

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EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- INDIVIDUALÍZASE los bienes declarados de utilidad pública y sujetos a expropiación, conforme las prescripciones del artículo 49 de la Ley N 10176 Presupuesto General para la Administración Pública Provincial Año 2014, ubicados en: La Igualdad Pedanía: El Salto, Departamento:
Tercero Arriba para la ejecución de la obra: ENARENADO
DESVIO TRANSITO PESADO NORTE EN RÍO TERCERO , Propiedad Nº 3301-2200762/6 y Propiedad Nº 3301-2200761/
8, inscriptos en el Registro General de la Provincia en relación al Dominio Matrícula Folio Real N 494.287 y Matrícula Folio Real N 494.288, a nombre de Patricia María Elena MARIN, con una superficie a ocupar de 9 Has. 8949,09 m2 y 0 Has. 8437,11 m2
respectivamente, según plano de mensura parcial e informe que como Anexo I, compuesto de tres 3 fojas, se acompaña y forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2º.- DETERMÍNESE el valor indemnizatorio de los bienes por intermedio del Consejo General de Tasaciones de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de Estado.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dese intervención al Consejo General de Tasaciones de la Provincia, pase a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Infraestructura a sus efectos y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. 0351 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/07/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data03/07/2015

Conteggio pagine4

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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