Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2015 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 25 de marzo de 2015

actuar como Persona Jurídica.-

ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-

ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifí quese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Resolución N 388 - Letra:A

DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

Córdoba, 3 de Noviembre de 2014

Resolución N 386 - Letra:A
Córdoba, 29 de Octubre de 2014

Resolución N 384 - Letra:A
Córdoba, 16 de Octubre de 2014
VISTO: El Expediente Nº 0007-113393/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN EDUCAP
EDUCACION Y CAPACITACION, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACIÓN EDUCAP EDUCACION Y
CAPACITACION, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para
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Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

asiento en la Localidad de Mattaldi, Provincia de Córdoba.-

ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifí quese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCIII - Nº 55

VISTO: El Expediente Nº 0007-112003/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada FUNDACION de Promoción para la Salud Integral, Infantil y Familiar PRO-SiiF, con asiento en la Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada FUNDACION de Promoción para la Salud Integral, Infantil y Familiar PRO-SiiF, con asiento en la Ciudad de Cordoba, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifí quese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de Asociaciones Civiles y
VISTO: El Expediente Nº 0007-113751/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada UNION DE MUSICOS
VILLAMARIENSES-UNIMUV Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Area de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33
segunda parte, inc. 1º-, 35, 45 primer párrafoy concordantes del Código Civil; Ley N 19.836, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652, LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN
DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada UNION DE MUSICOS VILLAMARIENSESUNIMUV Asociación Civil, con asiento en la Ciudad de Villa María, Provincia de Córdoba.ARTÍCULO 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.ARTÍCULO 3º: PROTOCOLICESE, notifí quese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Area de Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
A/C. DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS

MINISTERIO DE

SALUD

Interno de la Administración General del Estado Provincial Nro. 9086.

Resolución N 140
Córdoba, 19 de Marzo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0425-290494/2015 en el que se propicia la formalización de ajustes en la distribución de los Recursos Financieros y en el Plan de Inversiones Públicas asignadas por el Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, la Ley N
9086 y el Decreto N 150/2004 y modificatorias, correspondiente al mes de enero de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 1966/09 se faculta a los titulares de cada uno de los Poderes y Jurisdicciones de la Administración Central a autorizar las modificaciones presupuestarias compensadas entre los créditos asignados dentro de su misma jurisdicción adecuando los montos, fuentes de financiamiento, plazos alcance y toda otra que corresponda en los Proyectos de Inversión incluidos en el Plan de Inversiones Públicas, a los fines de reflejar las modificaciones que se dispongan durante su ejecución.

Por ello, atento las actuaciones cumplidas, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales bajo Nro. 87/15
EL MINISTRO DE SALUD
R ESUELVE:
1º.- AUTORÍZANSE las modificaciones en las asignaciones de Recursos Financieros y las adecuaciones al Plan de Inversiones Públicas del Presupuesto General de la Administración Provincial en vigencia, de conformidad con el reporte compactado, que incluye las compensaciones de recursos financieros Nros. 1/2015, 2/2015 y 4/2015, correspondientes al mes de enero de 2015 y en las Planillas de Adecuación del Plan de Inversiones Públicas, respectivamente, que forman parte integrante de la presente Resolución, las que constan de UNA 1 foja útil.

Que, asimismo, la normativa legal dispone que se formalicen dichas modificaciones mediante el dictado de una Resolución mensual.

2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, al Tribunal de Cuentas, a la Legislatura y a la Contaduría General de la Provincia, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Que las modificaciones propuestas se encuadran en las disposiciones legales vigentes, de acuerdo a los artículos 31 y 110 in fine de la Ley de Administración Financiera y del Control
FRANCISCO JOSE FORTUNA
MINISTRO DE SALUD

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 25/03/2015 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data25/03/2015

Conteggio pagine7

Numero di edizioni4171

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione03/07/2024

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