Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/12/2014 - 1º Sección
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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)
CÓRDOBA, 3 de diciembre de 2014
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Primera Sección
B OLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 211
SECCIÓN
AÑO CI - TOMO DXCIX - Nº 211
CORDOBA, R.A., MIÉRCOLES 3 DE DICIEMBRE DE 2014
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LEGISLACIÓN - NORMATIVAS
PODER
PODER
LEGISLATIVO
EJECUTIVO
Decreto N 1316
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
Córdoba, 18 de Noviembre de 2014
VISTO: el Expediente Letra "R" Nº 17/2014 del Registro del Tribunal de Disciplina Notarial.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones el Escribano Daniel Oscar RUIZ D.N.I.N
12.876.283, ex Adscripto al Registro Notarial N 54 con asiento en la ciudad de Córdoba, Depar tamento Capital, solicita a su favor la titularidad del referido registro, en virtud de la renuncia de su anterior titular, Escribano Oscar Ramón RUIZ.
Que por Decreto N 2830 de fecha 29 de Diciembre de 1997, el Escribano Daniel Oscar Ruiz fue designado Adscripto al Registro Notarial N 54, prestando juramento de Ley el día 02 de enero de 1998, continuando con el ejercicio profesional hasta el 14 de Octubre de 2014, fecha en que por Resolución de Presidencia N 131/2014, se aceptó la renuncia presentada por el Escribano Oscar Ramón Ruiz, por haberse acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria y la renuncia del Notario Daniel Oscar Ruiz, para acceder a la titularidad de dicho registro.
Que se pronuncia en forma favorable a lo propiciado, el Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, haciendo lo propio el Tribunal de Disciplina Notarial.
Por ello, las previsiones de los artículos 17, 29 y 33 de la Ley Orgánica Notarial N
4183 y sus modificatorias T.O. Decreto 2252/75, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad con el N 708/2014, por Fiscalía de Estado bajo el N 913/2014 y en uso de las atribuciones constitucionales;
Habilitación para crear Cuentas Tributarias Provisorias LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
SANCIONA CON FUERZA DE
Ley: 10231
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Decreto Nº 1027, dictado por el Poder Ejecutivo Provincial con fecha 23 de septiembre de 2014, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Catastro a generar unidades tributarias y a habilitar las respectivas Cuentas Tributarias Provisorias de fraccionamientos de los cuales no se poseen planos definitivos debidamente visados o aprobados, para aquellos sujetos que al 31 de diciembre de 2012 hayan resultado adjudicatarios de lotes o unidades habitacionales por parte de asociaciones sindicales regidas por la Ley Nacional Nº 23.551, en las mismas condiciones, alcances, plazos, requisitos y beneficios establecidos por el Decreto Nº 1180/2012, ratificado por Ley Nº 10118.
El Decreto Nº 1027/2014, compuesto de dos 2 fojas, forma parte integrante de la presente Ley como Anexo Único.
ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL, EN LA CIUDAD DE CÓRDOBA, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL
MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- DESIGNASE al Notario Daniel Oscar RUIZ D.N.I.N
12.876.283, Matrícula Profesional N 1345, como Escri bano Titular del Registro Notarial N 54 con asiento en la ciudad de Córdoba, Departamento Capital.
GUILLERMO CARLOS ARIAS
SECRETARIO LEGISLATIVO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
OSCAR FÉLIX GONZÁLEZ
PRESIDENTE PROVISORIO
LEGISLATURA PROVINCIA DE CÓRDOBA
ANEXO
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ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno y Seguridad y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 3º.- PROTOCO LÍCESE, comuníquese, dese intervención al Tribunal de Disciplina Notarial, al Colegio de Escribanos de la Provincia de Córdoba, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
WALTR E. SAIEG
MINISTRO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
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PODER EJECUTIVO
Decreto N 1271
Córdoba, 10 de Noviembre de 2014
Téngase por Ley de la Provincia N 10231, cúmplase, protocolícese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
CR. ANGEL MARIO ELETTORE
MINISTRO DE FINANZAS
DR. JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
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