Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/09/2011 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

CÓRDOBA, 8 de setiembre de 2011

QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en éste Organismo, se estima oportuno y conveniente asignar al Agente FRANCO EDGARDO SANGUEDOLCE - D.N.I. Nº 29.475.760, que cumple funciones en la Subdirección de Jurisdicción Gestión Integral de Resolutivo de la Dirección de Jurisdicción de Asistencia al Contribuyente dependiente de esta Dirección General de Rentas, las facultades establecidas en el inc. 3 del Artículo 5 de la Resolución General N 756 de fecha 16021982 y modificatorias.
QUE asimismo y a los fines de optimizar los circuitos operativos internos en dicha Subdirección, surge la necesidad de asignar al Agente que presta servicio en la misma, la tarea de notificar los actos administrativos emanados de la Subdirección de Jurisdicción Gestión Integral de Resolutivo y/o derivar actuaciones a otros Sectores de este Organismo solicitando su intervención.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por el Artículo 20 del Código Tributario - Ley N 6006, T. O. 2004 por Decreto N
270/04 y sus modificatorias,
3

BOLETÍN OFICIAL
756 de fecha 16 02 1982 y modificatorias.

20 del Código Tributario - Ley N 6006, T. O. 2004 por Decreto N 270/04 y sus modificatorias,
ARTÍCULO 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y Archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL

EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ASIGNAR a los Agentes que se detallan a continuación y que cumplen funciones en las Delegaciones y Receptorias del Interior Provincial dependientes de esta Dirección General de Rentas, las facultades que se indican en cada caso en particular, establecidas por Resolución General N 756/82
de fecha 16021982 y modificatorias:
FACULTADES ASIGNADAS RESOLUCIÓN

Resolución General Nº 1796

APELLIDO Y NOMBRE

D.N.I. Nº
GENERAL Nº 756/82 Y MODIFICATORIAS.

1

SÁNCHEZ, NANCY MARCELA

16.612.888

ART. 5: INCS. 5 Y 17

2

OBERTI, GLADYS ESTHER

12.199.178

ART. 5: INCS. 1, 3, 4, 5, 9, 11, 14,
Córdoba, 25 de Agosto de 2011
EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- ASIGNAR al Agente FRANCO EDGARDO
SANGUEDOLCE - D.N.I. Nº 29.475.760, que cumple funciones en la Subdirección de Jurisdicción Gestión Integral de Resolutivo de la Dirección de Jurisdicción de Asistencia al Contribuyente dependiente de esta Dirección General de Rentas, las facultades establecidas en el inc. 3 del Artículo 5 de la Resolución General N 756 de fecha 16-02-1982 y modificatorias.
ARTÍCULO 2.- ASIGNAR al Agente mencionado en el Artículo anterior, la tarea de notificar los actos administrativos emanados de la Subdirección de Jurisdicción Gestión Integral de Resolutivo y/o derivar actuaciones a otros Sectores de este Organismo solicitando su intervención.
ARTÍCULO 3.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y Archívese.

VISTO: Lo establecido en los Artículos 16 y 20 del Código Tributario vigente, Ley N 6006 T. O. 2004 por Decreto N
270/04 y modificatorias,
QUE se estima oportuno y conveniente asignar al Personal que presta servicios en las Delegaciones y Receptorias del Interior Provincial dependientes de esta Dirección General de Rentas las Facultades que se indican en cada caso en particular, dispuestas por Resolución General N 756/82 de fecha 16021982
y modificatorias.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y
QUE en virtud de las tareas que se llevan a cabo en éste Organismo, se estima oportuno y conveniente asignar a la Agente MARCELA RUIZ DE OLANO L. P. Nº 2-20.345.684 que cumple funciones en el Área Integración con F.T.A. de la Dirección de Jurisdicción de Gestión de Deuda Judicial dependiente de esta Dirección General de Rentas, las facultades establecidas en el Artículo 5º, incisos 5 y 19 y en el Artículo 7º, inciso 1 de la Resolución General N 756 de fecha 16 02 1982 y modificatorias.
POR ELLO y en virtud de lo establecido por los Artículos 16 y 20 del Código Tributario - Ley N 6006, T. O. 2004 por Decreto N 270/04 y sus modificatorias, EL DIRECTOR GENERAL DE LA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- ASIGNAR a la Agente MARCELA RUIZ DE
OLANO L. P. Nº 2-20.345.684 que cumple funciones en el Área Integración con F.T.A. de la Dirección de Jurisdicción de Gestión de Deuda Judicial dependiente de esta Dirección General de Rentas, las facultades establecidas en el Artículo 5º, incisos 5 y 19 y en el Artículo 7º, inciso 1 de la Resolución General N

PROVENS, VANESA

26.286.807

ART. 5: INCS. 4, 5, 17, 18 Y 19

4

PETRINI, RAQUEL

14.926.379

ART. 5: INC. 5

ARTÍCULO 2.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN
OFICIAL, NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y Archívese.
CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL

ERSeP

Resolución General Nº 7
Córdoba, 9 de junio de 2011

Y CONSIDERANDO:

Córdoba, 30 de Agosto de 2011

Y CONSIDERANDO:

3

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

Y VISTA: La Resolución General ERSeP 4/2001, por la cual se aprueba el Reglamento General del Consejo Asesor Consultivo de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores y la necesidad de efectuar modificaciones a dicho texto normativo.

VISTO: Lo establecido en los Artículos 16 y 20 del Código Tributario vigente, Ley N 6006 T. O. 2004 por Decreto N
270/04 y modificatorias,
15, 17, 18 Y 19
ART. 6º: INCS. 4, 5 Y 6

Y CONSIDERANDO:

CR. ALFREDO L. LALICATA
DIRECTOR GENERAL

Resolución General Nº 1797

ART. 6º: INC. 3

I Que la Carta del Ciudadano ha creado en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, jurisdicción del Ministerio de Obras Publicas, el Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP con carácter de organismo autárquico, con personalidad jurídica de derecho público del Estado Provincial y capacidad para actuar pública y privadamente, individual financiera y patrimonio propio art. 21 ley cit..
II Que el art. 22 del instrumento legal en marras establece que el ERSeP tiene como cometido la regulación de todos los servicios públicos que se presten en el territorio provincial, excepto de los de carácter nacional y los municipales que no excedan el ámbito de un solo municipio o comuna.
III Que con fecha veintiocho de agosto del año dos mil uno el Directorio del ERSEP emitió la Resolución General N 4/2001 por la cual se crea en el ámbito de este Organismo el Consejo Asesor Consultivo de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores y su Reglamento General con el objeto de, entre otros y con carácter no vinculante, asesorar y responder a la consulta del Directorio en asuntos en que resulten afectados o involucrados los intereses de los usuarios y consumidores y para proponer iniciativas que considere oportunas y convenientes para mejorar la calidad de los servicios públicos, como también para la defensa de los derechos de usuarios y la resolución adecuada de sus reclamos Articulo 1º.
IV Que transcurridos diez años de su entrada en vigencia, el Presidente del Consejo Asesor Consultivo de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores, Dr. Roberto Antonio Andaluz, advierte la necesidad de modificar dicho reglamento a fin de optimizar la función consultiva del cuerpo en defensa de los intereses de los
usuarios y consumidores de la provincia. A tales fines propone efectuar modificaciones en relación a los siguientes puntos: a Integración Presidencia - Vicepresidencia; b Miembros Invitados;
c Reuniones; d Orden del Día; e Suspensión de Integrantes; y f Designación de Representante.
V Que, atento lo dispuesto por el Artículo 1 de la Resolución General del ERSeP N 1 de fecha 08/05/2001 modificada por RG
ERSeP N 06/04, el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización.
Por todo ello, el Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS
SERVICIOS PUBLICOS ERSeP, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 21 y siguientes de la ley 8835 Carta del Ciudadano; RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: MODIFÍQUESE el artículo 3 del Reglamento General del Consejo Asesor Consultivo de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores, el que quedara redactado de la siguiente manera: INTEGRACIONPRESIDENCIAVICEPRESIDENCIA:
El Consejo Asesor Consultivo de las Asociaciones de Usuarios y Consumidores estará integrado por un representante de cada una de las asociaciones de usuarios debidamente inscriptas en la dirección de inspección de personas jurídicas de la provincia de Cordoba o como se denomine en el futuro y legalmente inscriptas en el registro provincial de Asociaciones de Consumidores y Usuarios dependiente del ministerio de la producción de la provincia o autoridad de aplicación que lo remplace en el futuro de conformidad a la ley 24240, y que hubieran obtenido en forma previa su reconocimiento por el ERSeP.En todos los casos deberán acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley 24240, sus reglamentarias y modificatorias.Cada asociación deberá designar un representante alterno que actuara en forma automática en caso de ausencia o impedimento del titular.CONTINÚA EN PÁGINA 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 08/09/2011 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data08/09/2011

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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