Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2008 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

Córdoba, 19 de marzo de 2008

1

SECCIÓN

AÑO XCVI - TOMO DXVIII - Nº 55
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 19 DE MARZO DE 2008

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

RESOLUCIONES

www.boletinoficialcba.gov.ar E-mail: boletinoficialcba@cba.gov.ar
DECRETOS
PODER EJECUTIVO

DEPARTAMENTO TERCERO ARRIBA

Pavimentación de acceso a la localidad de Villa Ascasubi Desde Ruta Provincial E-79
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

RESOLUCION Nº 2
Córdoba, 22 de enero de 2008
Expediente Nº 0045-012993/04
VISTO: este expediente en el que obra la Resolución Nº 00821/07 de la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos, relacionada con los trabajos de la Obra: PAVIMENTACIÓN DE
ACCESO A LA LOCALIDAD DE VILLA ASCASUBI DESDE
RUTA PROVINCIAL E-79 - DEPARTAMENTO: TERCERO
ARRIBA, a cargo de la Municipalidad de Villa Ascasubi.
Y CONSIDERANDO:
Que la citada Dirección propicia la aprobación del Acta de Recepción Definitiva de fecha 22 de agosto de 2007 y la Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nros. 1 Parcial de Precios Contractuales al 2
Final de Precios Contractuales por la suma de $ 4.463,01
y se autorice a la citada Dirección para que devuelva a la Municipalidad de Villa Ascasubi el Fondo de Reparo de que se trata, el que fue constituido en efectivo según Informe Nº 145/07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad.

Públicos bajo el Nº 330/06 caso similar, su proveído de fecha 26-11-07, EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1º.- APROBAR el Acta de Recepción Definitiva de fecha 22 de agosto de 2007, correspondiente a los trabajos de la Obra: PAVIMENTACIÓN DE ACCESO
A LA LOCALIDAD DE VILLA ASCASUBI DESDE RUTA
PROVINCIAL E-79 - DEPARTAMENTO: TERCERO
ARRIBA, a cargo de la Municipalidad de Villa Ascasubi.
ARTÍCULO 2º.- APROBAR la Devolución del Fondo de Reparo correspondiente a los certificados Nros. 1 Parcial de Precios Contractuales al 2 Final de Precios Contractuales que asciende a la suma de Pesos Cuatro Mil Cuatrocientos Sesenta y Tres con un Centavo $ 4.463,01 el que se encuentra constituido en efectivo, según Informe Nº 145/
07 del Departamento I Administración y Personal dependiente de la Dirección Provincial de Vialidad y consecuentemente AUTORIZAR a la citada Dirección para que devuelva a la Municipalidad de Villa Ascasubi el Fondo de Reparo de que se trata.

Que lo propiciado por la mencionada Dirección es posible en virtud de los informes técnicos referenciados y de las previsiones de los artículos 53 y 57 de la Ley de Obras Públicas Nº 8614, 46 del Decreto Nº 4757/77 y 81 del Decreto Nº 4758/77.

ARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese, pase a la Dirección Provincial de Vialidad dependiente del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a sus efectos y archívese.

Por ello, lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales del Ministerio de Obras y Servicios
ING. MARCELO CAMARA
SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

DECRETO Nº 342
Córdoba, 17 de marzo de 2008
VISTO: La situación del Sistema Carcelario Provincial.
Y CONSIDERANDO:
Que pese a los esfuerzos realizados por el Gobierno Provincial para evitar la sobrepoblación de internos en los distintos establecimientos, el desequilibrio entre ingresos y egresos de la población carcelaria hace que las medidas adoptadas en su oportunidad, como fue la construcción de la Cárcel de Cruz del Eje, resulten hoy insuficientes para la obtención del fin perseguido.
Que, asimismo, la antigedad de los inmuebles donde funcionan algunos de dichos institutos, con los deterioros propios de la misma, hacen que sea altamente dificultoso el mantenimiento y conservación de su infraestructura, la cual si bien era adecuada para la época en que fueron construidas, hoy resulta obsoleta.
Que, por tales motivos, resulta necesario en esta instancia, delinear un plan integral de reforma carcelaria tendiente a lograr una solución definitiva que permita brindar alojamiento adecuado a quienes estén privados de la libertad, cumpliendo de esta manera con un deber esencial inherente al Estado.
Que, en tal sentido, considerando los niveles de ocupación actual y el incremento continuo y creciente de la población penal, se prevé la construcción en el Complejo Carcelario Nº 1 Rdo. Padre Luchesse, de cuatro 4 módulos nuevos con una capacidad de al menos quinientas 500 plazas cada uno de ellos y una Alcaidía para alojamiento de infractores al Código de Faltas de la Provincia con una capacidad de doscientos cincuenta 250 plazas; como así también un complejo carcelario nuevo en la ciudad de Río Cuarto, con una capacidad para quinientos 500 internos, el cual sustituirá al actual Establecimiento Penitenciario Nº 6 localizado en dicha ciudad.
Que, paralelamente, se proyecta la relocalización de los internos alojados en la Unidad de Contención del Aprehendido U.C.A. y en el Establecimiento Penitenciario Nº 2 de esta Capital, la que se realizará de manera paulatina hasta su completa desocupación y posterior clausura.
Que se ha dispuesto la venta de los inmuebles ocupados hoy por la Unidad de Contención del Aprehendido U.C.A., el Establecimiento Penitenciario Nº 2, ambos de esta Capital, como así también el Establecimiento Penitenciario Nº 6 sito en Río Cuarto, a los fines de financiar los gastos originados por las obras descriptas CONTINÚA EN PÁGINA 2

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 19/03/2008 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data19/03/2008

Conteggio pagine3

Numero di edizioni4173

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione05/07/2024

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