Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/10/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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SECCIÓN

AÑO XCIV - TOMO DI - Nº 168
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES

PUBLICACIONES

DE

GOBIERNO

4 DE OCTUBRE DE 2006

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DECRETOS

Amplían los alcances del programa Auxiliares Escolares 2006
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1176
Córdoba, 11 de Septiembre de 2006
VISTO: El Expediente N 0100042226/2006, en el cual obra el Decreto Nº 425/06, por el que se crea el Programa AUXILIARES ESCOLARES 2006.
Y CONSIDERANDO:
Que dicho Programa tiene por objeto atenuar la situación de pobreza en que se encuentran personas desempleadas, a través de la prestación de servicios comunitarios ejecutados en establecimientos educativos públicos ubicados en el interior provincial, otorgándose a cada beneficiario una ayuda económica en concepto de asignación solidaria de carácter no remunerativo.

Que por Resolución N 181/06, el Ministerio de Educación, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Programa, estableció para los beneficiarios del mismo la responsabilidad de controlar el ingreso y egreso del establecimiento que se les asigne porterías-, y de sus patios, corredores, cercas y medianeras, debiendo dar inmediato aviso a las autoridades escolares de cualquier novedad o situación irregular, como así también la de realizar tareas de mantenimiento del orden y la limpieza del centro educativo.
Que si bien en el Departamento Capital, el servicio de mantenimiento y limpieza de las instituciones escolares se encuentra cubierto a través de la prestación que brindan las firmas contratadas a tal fin, existen situaciones de riesgo propias de los sectores
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 1110
Córdoba, 22 de Agosto de 2006
VISTO: el Expediente Nº 0021-196.707/05 en el que obra la Resolución Nº 71.620 de fecha 24 de octubre de 2005, dictada por la Empresa Provincial de Energía de Córdoba, mediante la cual solicita se declare operada a su favor la prescripción adquisitiva de dominio de un inmueble ubicado en Embalse, Pedanía Cóndores, Departamento Calamuchita de esta Provincia, que forma parte del campamento de EPEC denominado Barrio Reolín ubicado aproximadamente a 1.600 mts. del muro de la presa hacia Almafuerte, destinándose el inmueble para vivienda en carácter de comodato del personal de la Empresa que trabaja en la Central Hidroeléctrica Ing. Benjamín Reolín.
Y CONSIDERANDO:
Que dicho inmueble, según Plano de Mensura visado por
urbano-marginales en que se asientan una gran cantidad de ellas, que ameritan reforzar el control de sus accesos e instalaciones, cometido éste que no está incluido dentro de las tareas que deben realizar dichas empresas.
Que por otra parte, con la creación desde el año 1999 de numerosísimas escuelas nuevas, y la ampliación y/o refacción de muchas ya existentes, se ha conseguido garantizar el derecho a la educación en todo el territorio provincial y -particularmenteen esta Capital, logro que conlleva, en considerables casos, la necesidad de reforzar el orden y limpieza de los locales escolares durante el transcurso del año lectivo, toda vez que el incremento observado en la superficie y matrícula de los mismos, produce un desajuste con respecto al servicio que brindan las empresas, por ser situaciones no previstas al momento en que se aprobaron los pliegos de la contratación respectiva.

la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba con fecha 8 de junio de 2005, en Expediente Nº 003392.537/04, se describe como LOTE 2 de la Manzana 4, mide: 29,81 mts. de frente al Nor-Este línea 5-1; su contrafrente al Sud-Oeste está formado por una línea quebrada de dos tramos: el primero 4-3, mide 9 mts. y el segundo línea 3-2 mide 17,74 mts., su costado Nor-Oeste línea 4-5 mide 44,25 mts., y su costado Sud-Este línea 21 mide 43,08 mts., lindando en su frente al Nor-Este con calle pública existente, y al Sud-Oeste, Sud-Este y NorOeste, con resto de la mayor superficie, Parcela 2.471 Lote Nº 41 del señor Peregrino Díaz, siendo su superficie total de 1.223,95 mts.2 y la designación interna de EPEC H
35 17.
Que EPEC ejerce la posesión del mismo en forma quieta, pública, pacífica e ininterrumpida y con ánimo de dueño, desde hace más de veinte 20 años, puesto que dicho inmueble, forma parte de la transferencia de bienes efectuada CONTINÚA EN PÁGINA 2

Que conforme con lo expuesto, se estima conveniente ampliar el Decreto N 425/06, haciendo extensivos los alcances del Programa creado por ese instrumento legal a doscientos cincuenta 250 beneficiarios más, con el objeto de reforzar las tareas de portería, mantenimiento y/o limpieza en establecimientos educacionales públicos que así lo requieran, quedando establecido que una fracción de ese incremento en el cupo de agentes -a ser determinada por el Ministerio de Educación-, podrá destinarse al cumplimiento de los servicios comunitarios en unidades educativas de la Ciudad de Córdoba, de acuerdo con las necesidades del servicio.
Que la Gerencia de Administración del Ministerio de Educación informa en autos que el Programa 340; Partidas:
Principal 06, Parcial 07 y Subparcial 16 Subsidios Generales, cuenta con el crédito necesario para afrontar el pago de los nuevos subsidios que se generen, tomando como fecha de inicio de la prestación de los servicios el 1
de setiembre de 2006.
Por ello, los informes producidos y el Dictamen N 864/06 de Fiscalía de Estado, EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- AMPLIASE el Decreto Nº 425/06, haciendo extensivos los alcances del Programa AUXILIARES ESCOLARES 2006 a doscientos cincuenta 250 beneficiarios más, quienes prestarán los servicios comunitarios en establecimientos educacionales públicos que requieran un refuerzo en las tareas de portería, mantenimiento y/o limpieza de sus
instalaciones, sin perjuicio de la facultad conferida al Ministerio de Educación por el artículo 3 -segundo párrafodel citado instrumento legal.
ARTÍCULO 2.- ESTABLECESE
que una fracción de ese cupo de nuevos beneficiarios, a ser determinada por el Ministerio de Educación, podrá destinarse al cumplimiento de los servicios comunitarios en unidades educativas de la Ciudad de Córdoba, de acuerdo con las necesidades del servicio.
ARTÍCULO 3.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, se imputará al P.V.; Jurisdicción 1.35;
Programa 340; Partidas: Principal 06, Parcial 07 y Subparcial 16 Subsidios Generales.
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación y el señor Fiscal de Estado.
ARTÍCULO 5.- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
DR. JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
DR. EDUARDO R. MUNDET
MINISTRO DE EDUCACIÓN
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO

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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/10/2006 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data04/10/2006

Conteggio pagine3

Numero di edizioni4189

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Ultima edizione30/07/2024

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