Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2006 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

B OLETÍN O FICIAL

12

Córdoba, 27 de septiembre de 2006

ACUERDOS
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERINTENDENCIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NUMERO OCHOCIENTOS
CUARENTA Y UNO - SERIE A. - En la ciudad de CORDOBA, a dieciocho días del mes de septiembre del año dos mil seis, se reúne en Acuerdo el Tribunal Superior de Justicia, bajo la Presidencia de su titular, Dr. Luis Enrique RUBIO, con la asistencia de los Señores Vocales, Dres.: María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída TARDITTI, Armando Segundo ANDRUET
h y María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL, con la intervención del Director General de Superintendencia, Dr. Miguel Ángel DEPETRIS, y ACORDARON;
VISTO: La nota presentada por los Señores Jueces de Paz Lego de este Poder Judicial, mediante la cual solicitan la actualización del valor arancelario establecido para el diligenciamiento de cédulas de notificación y la ejecución de mandamientos.
Y CONSIDERANDO: Que por Acuerdo Reglamentario N 437
- Serie A, del 12/05/98, el Tribunal Superior de Justicia establece los aranceles que deben hacer efectivos los litigantes por el diligenciamiento de cédulas de notificación y ejecución de procedimientos realizados por los Jueces de Paz.
Que con posterioridad a la devaluación de la moneda operada
en el año 2002, se han producido cambios relevantes en las variables macroeconómicas, provocando una consecuente readecuación de los precios relativos de los bienes.
Que por ello, este Alto Cuerpo considera conveniente actualizar el valor arancelario establecido para cada cédula de notificación diligenciada fuera de los límites del ejido comunal y así también, adicionar el mismo a los valores arancelarios establecidos por procedimientos, de tal manera que sea exclusivamente reparatorio del costo que tienen que soportar dichos magistrados por su labor.
Que la Dirección General de Administración, conforme a un estudio de costos realizado, donde se incluyen los rubros principales que intervienen en los costos directos e indirectos de movilidad, sugiere un valor de Pesos Setenta Centavos $ 0,70 por kilómetro recorrido de ida y vuelta por el diligenciamiento de cédulas de notificación y de procedimientos, a partir de los límites del ejido comunal.
SE RESUELVE: 1.- ESTABLECER, a partir del 1 de octubre del corriente año, un valor arancelario a cobrar por los Señores Jueces de Paz Lego de Pesos Setenta Centavos $ 0,70 por kilómetro recorrido de ida y vuelta por el diligenciamiento de cédulas de notificación a partir de los límites del ejido comunal y así también, adicionar dicho importe a los valores establecidos para las restantes actuaciones autorizadas por Acuerdo Reglamentario N 437 - Serie A, del 12/05/98, de este Poder Judicial.

2.- COMUNÍQUESE.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente del Tribunal Superior de Justicia y los Señores Vocales, con intervención del Señor Director General de Superintendencia, Dr. Miguel Ángel DEPETRIS.DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
PRESIDENTE
DRA. MARÍA ESTHER CAFURE DE BATTISTELLI
VOCAL
DRA. AÍDA TARDITTI
VOCAL
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET H
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
DR. MIGUEL ÁNGEL DEPETRIS
DIRECTOR GENERAL DE SUPERINTENDENCIA

RESOLUCIONES
MINISTERIO DE SALUD

MINISTERIO DE SALUD
RESOLUCION Nº 338

RESOLUCION Nº 337
Córdoba, 20 de Septiembre de 2006

Córdoba, 20 de Septiembre de 2006

VISTO: Las Resoluciones Nros. 229/06, 230/06, 237/06 y 00310/06, de esta Cartera de Salud.

VISTO: La Ley Nº 7517, que establece como Día del Trabajador de la Sanidad, estatal y privado, el 21
de Setiembre de cada año.

Que a tales efectos se dispuso de una primera y segunda etapa desde el 10 de julio al 25 de agosto y del 10 de agosto al 10 de setiembre del corriente año, respectivamente.

Y CONSIDERANDO:
Que atento la demanda creciente en la atención médica evidenciada en la totalidad de los efectores dependientes de esta Cartera Ministerial y los festejos previstos en el artículo 91 de la ley 7233, Día del Empleado Público, es menester unificar ambos festejos con el objeto de no resentir el normal funcionamiento en la atención hospitalaria.
Que sin perjuicio de lo expuesto y atento la actividad de que se trata, es necesario implementar las medidas conducentes tendientes a garantizar el cumplimiento de las guardias mínimas en los Establecimientos Asistenciales, en la fecha prevista.
Por ello y en uso de sus atribuciones,
Que por Resolución Ministerial Nº 00301/06, se dispuso prorrogar las fechas para la presentación de las citadas carpetas de antecedentes por el término de treinta 30 días.

EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:

Que en la actualidad y en función de las necesidades evidenciadas en lo que respecta al proceso de inscripción en el concurso de que se trata es menester emitir una nueva prórroga.

1º.- DECLARASE, el día 10 de noviembre del corriente año, asueto administrativo para los agentes comprendidos en las Leyes Nros. 7625 y 7233, con funciones en Hospitales y dependencias de este Ministerio de Salud, a los fines de celebrar en forma conjunta el Día del Trabajador de la Sanidad y el Día del Empleado Público en virtud de los fundamentos expuestos en los considerandos del presente Instrumento Legal.

Y CONSIDERANDO:
Que por los citados Instrumentos Legales se dispuso establecer nuevas fechas para completar y presentar las carpetas de antecedentes, como así también las distintas etapas en el llamado a concurso del personal que integra los equipos de Salud Humana, en los términos de la Ley 7625 y su Decreto Reglamentario.

Por ello y en uso de sus atribuciones, EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1º.- PRORROGASE a partir de su efectivo vencimiento y por el término de ciento ochenta 180 días, lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 00301, de fecha 22 de agosto de 2006.2º.- PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, Publíquese en el Boletín Oficial y Archívese.DR. OSCAR FÉLIX GONZALEZ
M INISTRO DE SALUD

2º.- DISPONESE que por intermedio de los Directores o Responsables de los referidos Establecimientos Asistenciales y dependencias, se arbitren las medidas tendientes a garantizar las guardias mínimas en los mismos.
3º.- PROTOCOLICESE, dése intervención a la Dirección General de Recursos Humanos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.DR. OSCAR FÉLIX GONZALEZ
MINISTRO DE SALUD

RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL
DE VIALIDAD
RESOLUCION Nº 106 - 16/03/06 Ampliar los términos de la Resolución Nº 00764, de fecha 07 de diciembre de 2005.
Imputar la suma de Pesos Trece Mil Ciento Cincuenta y Nueve Con Veinticinco
Centavos $ 13.159,25 al Presupuesto Vigente Categoría Programática 265/0-656246-12-10, correspondiente al saldo de la Afectación Preventiva Nº 1454 e Informe del Departamento I Administración y Personal, s/ Expte. Nº 0045-013381/05.RESOLUCION Nº 107 - 16/03/06 Ampliar los términos de la Resolución Nº 00793, de fecha 16 de diciembre de 2005.

Imputar la suma de Pesos Doce Mil Novecientos Cincuenta y Dos $
12.952,00 al Presupuesto Vigente Categoría Programática 265/2-65-624612-10, correspondiente al saldo de la Afectación Preventiva Nº 7881/05, según afectación Preventiva Nº 1456 e Informe del Departamento I Administración y Personal, según Expediente Nº 0045-013382/
05.-

RESOLUCION Nº 108 - 16/03/06 Invalidar el inc. c del Art. 1º de la Resolución Nº 00480, de fecha 08 de septiembre de 2004, de esta Dirección Provincial de Vialidad, el que queda redactado de la siguiente manera: c Impute la suma de Pesos Tres Mil Setecientos Cincuenta y Nueve Con Sesenta Centavos $ 3.759,60 al Presupuesto Vigente Categoría Programática 265/4-00-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 27/09/2006 - 1º Sección

TitoloBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaeseArgentina

Data27/09/2006

Conteggio pagine14

Numero di edizioni4177

Prima edizione01/02/2006

Ultima edizione12/07/2024

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