Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/08/2013

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

103EEA
152FMH88400734
LWGPCGL329A000058
Dcción. Gral. Tránsito 511EDA
152FMH88200556
LWGPCGL398A000203
Dcción. Gral. Tránsito 513EDA
152FMH88200143
LWGPCGL358A000196
Dcción. Gral. Tránsito 509EDA
152FMH88200472
LWGPCGL398A000220
Dcción. Gral. Tránsito 508EDA
152FMH87C00125
LWGPCGL3X7A005084
Depto. Arbol. Urbano 104EEA
152FMH88400434
LWGPCGL339A000036
Depto. Guardaparques 098EEA
152FMH88400627
LWGPCGL329A000061
Distrito Vieja Usina 510EDA
152FMH87501224
LWGPCGL377A001963
Distrito Vieja Usina 410EEA
152FMH88200580
LWGPCGL358A000151
Distrito Vieja Usina 653EEA
152FMH88400649
LWGPCGL319A000441
Distrito Vieja Usina Artículo 2º.- Destínanse seis 6 motocicletas a la Dirección General de Tránsito, una 1 al Departamento de Guardaparques y una 1 al Departamento de Arbolado Urbano, dependientes del Ente de Obras y Servicios Urbanos, y cuatro 4 al Distrito Descentralizado Vieja Usina, previa incorporación al patrimonio municipal.
Artículo 3º.- El Departamento Ejecutivo agradecerá mediante nota de estilo la donación efectuada.
Artículo 4º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Artime Pulti ORDENANZA 21351
Expte 14817-8-2012 Sancion 11-07/2013
Decreto de Promulgación 1418 12-07-2013
Artículo 1º.- Autorízase la instalación de un estacionamiento fijo con rotación libre para automóviles de alquiler con taxímetro, sobre la calle 9 de Julio en su intersección con la calle Teodoro Bronzini, el que deberá ubicarse sobre la acera de los números impares de la primera de las nombradas y su intersección con la calle Teodoro Bronzini, con capacidad para tres 3 unidades y una extensión máxima de quince 15 metros.
Artículo 2º.- Dicho estacionamiento deberá ser señalizado, demarcado y conservado, conforme lo dispuesto en el Decreto nº 595/85 y de conformidad a las normas establecidas en la Ordenanza 4471 y sus modificatorias.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Artime Pulti ORDENANZA 21352
Expte 3861-4-2008 Alc 09 Sancion 11-07-2013
Decreto de Promulgación 1410 12-07-2013
Artículo 1º.- Reconócese de legítimo abono y autorízase el pago de la suma de PESOS TRESCIENTOS
CINCUENTA Y UN MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 42/100 $351.733,42 a favor de la firma Fumigación y Limpieza S.A por las prestaciones adicionales del servicio de limpieza con destino al Distrito Descentralizado Vieja Usina, Distrito Descentralizado El Gaucho y la Secretaría de Desarrollo Productivo, Asuntos Agrarios y Marítimos y Relaciones Económicas Internacionales, durante los años 2011 y 2012.
Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a registrar el importe de la deuda que se reconoce por el artículo 1º, el que deberá imputarse a: Jurisdicción 1110105000 SECRETARÍA DE ECONOMÍA Y
HACIENDA; Categoría Programática 94.00.00 DEUDA FLOTANTE; Fuente de Financiamiento 110
TESORO MUNICIPAL; Objeto del Gasto 7610 DISMINUCIÓN DE CUENTAS A PAGAR
COMERCIALES A CORTO PLAZO.
Artículo 3º.- Comuníquese, etc.Dicándilo Ciano Pérez Daniel Pulti ORDENANZA 21353
Expte 10582-3-2012 Alc 2 Sancion 11-07-2013
Decreto de Promulgación 1420 12-07-2013
RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE CONSTRUCCIONES
Y ACTUALIZACIÓN CATASTRAL
Artículo 1º.- Establécese un régimen excepcional y transitorio durante treinta 30 días corridos a partir de la publicación de la presente, a los fines de la declaración de construcciones existentes ejecutadas parcial o totalmente sin la correspondiente autorización municipal, excluyendo durante dicho lapso el procedimiento administrativo ordinario de regularización edilicia a través de los Juzgados Municipales de Faltas, y de conformidad con las condiciones indicadas en los siguientes artículos.
Artículo 2º.- Este régimen alcanzará a las construcciones existentes ejecutadas parcial o totalmente, con anterioridad a la puesta en vigencia de la presente. A tal efecto se considera construcción parcialmente ejecutada a la que cuente como mínimo con: estructura resistente, mampostería de elevación y cubierta. En aquellos casos en que lo declarado supere el Factor de Ocupación del Suelo F.O.S. y/o el plano límite, el estado de avance de obra mínimo deberá ser del ochenta 80% por ciento.
Artículo 3º.- Quedan expresamente excluidas del presente régimen las siguientes edificaciones:
a las emplazadas en zonas de riesgo, protección o afectadas por servidumbres de electroducto o gasoducto;
b las situadas en parcelas declaradas de utilidad pública y/o sujetas a expropiación;
c las que atenten contra la seguridad, salubridad e higiene pública;
d las que se encontraren incluidas dentro del régimen de preservación patrimonial establecido por la Ordenanza 10075 y sus modificatorias;
e las antirreglamentarias en las que por razones de interés público, a juicio de la autoridad de aplicación, deban ser excluidas.

3

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 30/08/2013

TitoloBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaeseArgentina

Data30/08/2013

Conteggio pagine8

Numero di edizioni855

Prima edizione30/06/2010

Ultima edizione01/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2013>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031