Boletín Oficial de la Región de Murcia del 5/6/2024

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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 129

Miércoles, 5 de junio de 2024

I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejo de Gobierno 2836

Decreto n.º 51/2024, de 16 de mayo, por el que se regula el Consejo Asesor Regional de Mecenazgo.

La Ley 4/2022, de 16 de junio, de mecenazgo de la Región de Murcia y de modificación del Decreto legislativo 1/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en la Región de Murcia en materia de tributos cedidos, prevé en su artículo 6 que mediante decreto se regulará el Consejo Asesor Regional de Mecenazgo, como órgano consultivo y asesor de la Administración general de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
La Región de Murcia, con el objeto de articular el modelo de mecenazgo, promueve con la citada Ley la puesta en marcha de mecanismos que favorezcan, mediante la participación ciudadana y mediante procesos colaborativos, el desarrollo cultural, deportivo y científico a través del mecenazgo en todas sus vertientes, dentro del marco legal estatal y en desarrollo de las competencias que le son propias.
Se pretende, además, el establecimiento de medidas fiscales, el fomento de la cultura de mecenazgo y estimular la colaboración público-privada con una serie de acciones y medidas que potencien las sinergias necesarias que favorezcan la colaboración de los ciudadanos, las empresas y las administraciones en los procesos concluyentes en el desarrollo de las materias determinadas en la Ley.
Para articular dicha colaboración y participación, se crea el Consejo Asesor Regional de Mecenazgo, como órgano integrado en la Administración Regional, de carácter consultivo y asesor de la misma, en materia de colaboración públicoprivada en la financiación de proyectos o actividades de contenido cultural, artístico, científico y tecnológico o de investigación, social, medioambiental, deportivo, museos y restauración y conservación del patrimonio histórico-artístico y cultural, que se desarrollen en la Región de Murcia.
El artículo 6.4 de la Ley 4/2022 citada, establece que la composición y proporcionalidad del Consejo Asesor se regirá por la dispuesto en la Ley 9/1985, de 10 de diciembre, de los Órganos Consultivos de la Región de Murcia, contando con representación de organizaciones sociales de los distintos ámbitos objeto de la Ley, expertos externos y representantes de las Consejerías competentes en razón de las materias objeto de mecenazgo.
Asimismo, determina que las cuestiones no previstas en la citada Ley, ni en la Ley 9/1985, de 10 de diciembre, de órganos consultivos a que se refiere el apartado anterior, se regirán por lo dispuesto en el capítulo II, sección 3. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, relativo a órganos colegiados.
El presente Decreto se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que exige que éstas
NPE: A-050624-2836

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Boletín Oficial de la Región de Murcia del 5/6/2024

TitoloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaeseSpagna

Data05/06/2024

Conteggio pagine146

Numero di edizioni12604

Prima edizione10/07/1982

Ultima edizione13/07/2024

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