Boletín Oficial de la Región de Murcia del 22/8/2022

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 193

Jueves, 22 de agosto de 2019

III. Administración de Justicia Instrucción número Siete de Murcia 5307

Juicio inmediato sobre delitos leves 9/2019.

Equipo/usuario: ACP Modelo: N07450
LEI Juicio inmediato sobre delitos leves 9/2019
N.I.G: 30030 43 2 2019 0008542
Delito/Delito Leve: Hurto Conductas Varias Denunciante/Querellante: Ministerio Fiscal, Virginia García Molina Contra: Abdelaaziz Rachid Doña María Pilar Jiménez Jorquera Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Instrucción número Siete de Murcia Doy fe y testimonio:
Que en el Juicio Inmediato sobre Delito Leve 9/19 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
Sentencia 67
En Murcia, a 5 de marzo de 2019.
D. José Fernández Ayuso, Magistrado Juez del Juzgado de Instrucción n.º Siete de Murcia, ha visto el Juicio por Delito Leve Inmediato n.º 9/19 seguido por hurto, actuando como denunciante la letrada, Virginia García Molina, sustituida en el acto de la vista por el letrado, Luís Gallego Barahona, quien actúa en representación del establecimiento Mercadona, sito en C/ San Antón de Murcia;
y como denunciado, Abdelaziz Rachid, NIE n.º X-6238518-K; con la intervención del Ministerio Fiscal y con atención a los siguientes Antecedentes de hecho Primero.- En fecha 2 de marzo de 2019 se incoaron Diligencias Penales de Juicio por delito leve inmediato n.º 9/19, en virtud de diligencias instruidas por la Policía Nacional de Murcia frente a Abdelaziz Rachid; todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 963 LECrim.
Segundo.- Incoado el correspondiente procedimiento se acordó la celebración del Juicio Oral para el día 5 de marzo de 2019. Al acto del juicio asistieron el Ministerio Fiscal y el denunciante, practicándose el interrogatorio del mismo con el resultado que se refleja en el acta levantada por la Sra. Letrada de la Administración de Justicia videograbación.
Tercero.- El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito leve de hurto, tipificado en los artículos 234.2 CP, considerando autor del mismo al denunciado, Abdelaziz Rachid, para quien solicitó la pena de 1 mes multa, con cuota diaria de 2 €, responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago y costas. La Acusación Particular se adhirió a la calificación del Ministerio Fiscal.
Cuarto.- En la tramitación de este procedimiento se han observado los preceptos y prescripciones legales.

NPE: A-220819-5307

Página 25420

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 22/8/2022

TitoloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaeseSpagna

Data22/08/2022

Conteggio pagine12

Numero di edizioni12603

Prima edizione10/07/1982

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni