Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 19/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PLAZO MINIMO DE ACTUACIONES - SE DETERMINA EL MISMO DIA PARA AMBOS ACTOS.-, 3.-Se indica como fecha de Elección de Autoridades el día 27.07.22 ES DECIR NO COINCIDE
CON LO DETERMINADO POR LA COMISION DIRECTIVA DEBIDAMENTE PUBLICADO. Es decir acto asambleario de fecha 03.08.22.- , 4.- Fs. 37 a 40 las actas de la Junta Electoral NO CONDICEN CON EL CRONOGRAMA ELECTORAL DETERMINADO .-, 5.- La Nota de Descargo presentada es firmada por los Sres. . SERGIO ECHEVERRIA cuyo sello indica Presidente y GUSTAVO GAETE cuyo sello indica Secretario Que esta asesoría considera: Que resulta improcedente la presentación realizada atento que las observaciones al proceso electoral deben ser cumplidas y contestadas por los integrantes de la Junta Electoral es decir: CLEMENTE ALDANA DNI N
35.815.498-; CLEMENTE MIRANDA DNI N 43.771.159-, FRASCA AGUSTIN DNI N
44.186.755--, SUPLENTES: LA CRUZ VICTORIA, VELIZ PABLO, CLEMENTE ALEXIS .Que debe tenerse presente que los Sres. Sergio Echeverría y Gustavo Gaete no son autoridades reconocidas por este Organismo de Contralor.- Asimismo deberá comunicarse al Organismo el motivo / razón por la cual luego de la Asamblea General Ordinaria de fecha 31.03.22 la Comisión Directiva saliente en este caso convocó a Elección de Autoridades cinco -5 -meses después .Que continuando con el análisis del proceso eleccionario resulta que la Junta Electoral actuante deberá dar a conocer - conforme lo determinado por Estatuto Vigente Art 48 y s.s - la forma como dio a conocer a los asociados el o los motivos de la demora desde su conformación y las posteriores actuaciones El calendario Electoral debe ser confeccionado de manera tal que se cumpla con un plazo mínimo entre etapa y etapa para asegurar la transparencia del proceso.Que conforme Acta de Asamblea General Ordinaria de fecha 03.08.22 sólo se presenta y proclama una sola lista de candidatos , no obstante , se indica al presentante que el proceso eleccionario debe ser realizado conforme a Estatuto Vigente aunque haya una sola lista para la renovación de autoridades.- En relación a esta y de acuerdo a normativa estatutaria se fija lugar y horario de celebración de Asamblea Art 54
lo cual no resulta de Actas presentadas.- A más se observa que se acompaña un Padrón de Socios numerosos y se presenta por Expte N 4650-211-22 un Registro de Asistencia a Asamblea de fecha 03.08.22 con 42 asociados presentes.Que en consecuencia esta asesoría letrada respalda y ratifica dictámenes emitidos por el profesional interviniente del Dpto. Civiles a más de las observaciones de oficio al proceso electoral, la actuación de la Junta Electoral y resultar que no se ha trabajado conforme a Estatuto.- Que conforme lo expresado y conformidad de la Superioridad se procede a citar a los miembros de la Junta Electoral para el descargo pertinente dentro del plazo de 10- diezdías hábiles.Que en fecha 11.11.22 los miembros de la Junta Electoral - en conjunto - presentan una nota de descargo donde expresan: Recalcando que fue un error involuntario de esta Junta, nos allanamos a las observaciones realizadas por este Organismo solicitando el acompañamiento para la realización de la Asamblea y el nuevo cronograma electoral Que en fecha 16.11.22 interviniendo nuevamente el Departamento Legales de esta repartición emite su dictamen de competencia observando que en el descargo de los Miembros de la Junta Electoral presentado , éstos reiteran el descargo de fecha 30.08.22 a más de reconocer un error involuntario de la propia Junta en su actuación y allanarse a las observaciones realizadas por asesoría letrada.Que como consecuencia de la presentación de fecha 11.11.22, el descargo de fecha 29.08.22, la instrumental adjuntada, asesoría letrada considera que los argumentos vertidos por la parte interesada no aportan pruebas nuevas y aptas que demuestren que los actos celebrados se ajustan a las pautas estatutarias.- Se confirman los errores y vicios señalados de oficio tanto en el proceso como en la elección de autoridades razón por lo cual será el Organismo el encargado de tomar las medidas conducentes a subsanar los errores y faltas incurridas por la asociación de manera que se regularicen los actos celebrados entre ellos declarar irregular e ineficaz a los efectos administrativos el proceso electoral llevado a cabo por la Junta Electoral elegida en Asamblea de fecha 31.03.22 y la Asamblea General Ordinaria de fecha 03.08.22 de Elección de Autoridades de hs. 22.30 a 23.30

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 19/12/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data19/12/2022

Conteggio pagine66

Numero di edizioni4441

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione11/07/2024

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