Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 19/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Que debe tenerse presente EL TRATAMIENTO Y APROBACION de la documentación contable por ejercicios cerrados 2019 / 2020 en Asamblea General Ordinaria de fecha 31.03.2022 y ejercicio 2021 TRATADO Y APROBADO en Asamblea General Ordinaria
iniciada a hs. 21.30 - de fecha 03.08.22.Que en este estado corresponde otorgar por Mesa de Entradas del Organismo VISTA POR
EL PLAZO DE 5 CINCO DÍAS al representante de la entidad o persona debidamente autorizada a los fines de proponer fechas PLAZO RAZONABLE y horarios probables de Asambleas. Debe tomarse conocimiento que: 1.- Es de exclusiva responsabilidad de interesado las comparecencia , y notificación del acto resolutivo en tiempo y forma , como la publicación de los edictos por los plazos que se indique y con la debida antelación , ya que de no cumplirse tales supuestos solo podrá gestionarse determinación de nuevas fechas para las asambleas pasados 30 treinta días desde la emisión del acto .- 2.-La entrega y notificación de Acto Administrativo es decir Resoluciones emitidas por este Organismo de Contralor a través de Mesa de Entradas de esta repartición será a persona identificada y reconocida como última autoridad de la entidad o en su defecto a la persona que se designe debidamente.Que en consecuencia de lo expresado utsupra esta Dirección tiene el poder y control para velar por el cumplimiento de formalidades legales y estatutarias no como mero prurito formal sino al fin de asegurar la transparencia de los actos realizados por los órganos asociacionales.Que asimismo este Organismo de Contralor, tiene conforme Dcto. N 2942-1-11 FE
reglamentario de la Ley 8367 Art. 16 - , la facultad de declarar la IRREGULARIDAD E
INEFICACIA A LOS EFECTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS ACTOS SOMETIDOS A SU FISCALIZACIÓN
CUANDO SEAN CONTRARIOS A LA LEY, EL ESTATUTO, REGLAMENTO Y RESOLUCIONES VIGENTES A
LOS FINES DE PODER CORREGIR LOS VICIOS Y DEFECTOS OBSERVADOS COMO EN EL CASO DE
REFERENCIA, ES DECIR , EL PROCESO ELECTORAL LLEVADO A CABO POR LA JUNTA ELECTORAL
ELEGIDA EN FECHA 31.03.22 Y LA PROCLAMACION DE LA LISTA BLANCA Y NEGRA REALIZADA EN
LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE FECHA 03.08.22 INICIADA A HS . 22.30- CONFORME
FOLIO 25 DE LIBRO DE ACTAS OBRANTE A FS. 11 DEL EXPTE 4650-211-22
Que en este acto se ordena a la Junta ya mencionada reintegrarse y encargarse de efectuar todos los controles pre-electorales durante el desarrollo del nuevo cronograma electoral que deberá ser dado a conocer por medios indiscutibles y fehacientes a todos los asociados.Que en caso de recepcionar la Junta impugnaciones al padrón de asociados debe resolverlo en forma fundada previa vista al afectado por un plazo mínimo de 24 hs.
Que corresponde advertir a los miembros de la Junta Electoral ya electa que en caso de impugnaciones o verificar de oficio errores o incumplimiento de requisitos en la presentación de listas de candidatos también deberá resolverse en forma fundada previa notificación y vista por un plazo mínimo de 48 hs a los fines de la subsanación.- o de proceder posibilitando que las personas impugnadas para algún cargo puedan ser reemplazadas por otros asociados en condiciones de cubrirlo atendiendo a los principios de razonabilidad, igualdad y justicia.Que corresponde indicar a la entidad que debe presentar la instrumental resultante de cada Asamblea dentro de los plazos legales y reglamentarios vigentes 15 días de celebradas bajo apercibimiento de ley por dificultar la fiscalización a nuestro cargo; como así también que deberán solicitar la rúbrica de los libros sociales obligatorios que no poseyeran en el plazo de 30 días desde la asunción de las nuevas autoridades.
Que lo determinado es facultad de este Organismo de acuerdo a lo establecido en Arts. 11 inc. 6 y 8 de ley N 8367 y Art. 19 del Dcto. 2942/1 FE 11 y disposiciones aplicables en la materia.Que obra dictamen del Dpto. Asociaciones Civiles y Asesoría legal y Subdirección Por ello y de conformidad a las facultades conferidas por Ley N 8.367 y Decreto Reglamentario N 2.942/1FE;
LA DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS
RESUELVE:

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 19/12/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaeseArgentina

Data19/12/2022

Conteggio pagine66

Numero di edizioni4455

Prima edizione14/12/2004

Ultima edizione31/07/2024

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