Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 25/1/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
2016 - AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACION DE LA INDEPENDENCIA NACIONAL
2017 - AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES
AÑO XXVI -
1
Ushuaia, Miércoles 25 de Enero de 2017 - Nº 3809
Nº 3809
AÑO XXVI
BOLETIN OFICIAL
República Argentina PODER EJECUTIVO
Rosana Andrea BERTONE
Gobernadora
Juan Carlos ARCANDO
Vicegobernador
Leonardo Ariel GORBACZ
José Luis ÁLVAREZ
José Daniel LABROCA
Ministro Jefe de Gabinete
Ministro de Gobierno y Justicia
Ministro de Economía
Luis Alberto VAZQUEZ
Marcos Arturo COLMAN
Diego Rubén ROMERO
GabrielA. KOREMBLIT PELLEGRINI
Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca
Ministro de Salud
Ministro de Educación
Ministro de Ciencia y Técnología
Paula Elizabeth GARGIULO
Carlos Claudio CARRERA
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Javier Marcelo EPOSTO
Olaf Leopoldo Lucas JOVANOVICH
Ramiro Carlos CABALLERO
Ministro de Industria
Omar Daniel NOGAR
Ministerio de Obras y Servicios Públicos
Secretario de Energía e Hidrocarburos
Mauro Javier PÉREZ TOSCANI
Secretario de Representación Oficial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario General de Gobierno
Secretario de Planificación Estratégica, Ordenamiento Territorial y Hábitat
Secretario de Ambiente, Desarrollo Sostenible y Cambio Climático
Leonardo Miguel ZARA
Ezequiel Eduardo MURRAY
Secretario de Desarrollo e Inversiones
Secretario de Estado de Seguridad
Secretario deAsuntos Relativos aAntártida, Islas Malvinas y del Atlántico Sur y sus Espacios Marítimos Circundantes
Jorge Ernesto LÓPEZ
Gimena Araceli VITALI
Secretario Legal y Técnica
Ushuaia, Miércoles 25 de Enero de 2017
DECRETO N 137
13-01-17 ARTÍCULO 2.- De forma.
ARTÍCULO 1.- Conceder el usufructo de diez 10 días del período de Descanso Anual correspondiente al año 2016, al señor Ministro de Salud, Dr. Marcos Arturo COLMAN, D.N.I. N 17.719.812, a partir del día dieciséis 16 y hasta el día veinticinco 25 de enero de 2017 inclusive.
ARTÍCULO 2.- De forma.
ARCANDO
Leonardo A. GORBACZ
DECRETO N 138
13-01-17
ARTÍCULO 1.- Dejar sin efecto la designación como Personal de Gabinete Categoría B al señor, Roberto BUCAREY, D.N.I. N
24.540.863, dependiente del Ministerio Jefatura de Gabinete. Ello a partir del día siguiente al de su notificación, y por lo expuesto en el exordio.
ARCANDO
Leonardo A. GORBACZ
DECRETO N 139
13-01-17
ARTÍCULO 1.- Exceptuar de los alcances del artículo 7 del Decreto Provincial N 196/16, la extensión de la adscripción de la agente Lidia del Carmen SANDOVAL, legajo N 18512081/00, categoría 19 P.A. y T.
ARTÍCULO 2.- Reconocer y autorizar la extensión de la adscripción de la agente Lidia del Carmen SANDOVAL, legajo N 18512081/
00, categoría 19 P.A. y T., al ámbito del Bloque Frente para la Victoria F.P.V., de la Legislatura Provincial, a partir del dieciséis 16 de diciembre de 2016 y por el término de seis 6 meses, en virtud de lo establecido en el Decreto Nacional N 2058/
85, Anexo I, Punto 2.3 y 4 - Reglamentario de la Ley Nacional N
22.251. Ello por los motivos ex-
puestos en los considerandos.
ARTÍCULO 3.- La Institución que solicitó la adscripción de la agente de referencia deberá enviar dentro de los primeros cinco 05
días de cada mes a la Dirección General de Administración del Ministerio de Economía, un informe sobre la real prestación de servicio del mes anterior, teniendo en cuenta que la no presentación en tiempo y forma de la información requerida, dará lugar a la suspensión del pago de los haberes correspondientes.
ARTÍCULO 4.- Notificar a la interesada, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ARCANDO
Leonardo A. GORBACZ
DECRETO N 140
13-01-17
VISTO el Expediente N 14097EC/2010, cuerpo I y II, del registro de ésta Gobernación; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Provincial N 1949/10, se dispuso la evocación del Poder Ejecutivo a la determinación de la existencia y alcance de créditos a percibir por parte de la Provincia, con causa en la deficiente liquidación de regalías de Gas Natural exportado a la República de Chile, Gas Licuado de Petróleo GLP, régimen aplicable al precio del petróleo para la liquidación de regalías y el cómputo de ciertos gastos a los fines del cálculo de regalías de gas, desde el año 2006 en adelante.
Que el decreto citado delegó en la Secretaría de Ingresos Públicos y Coordinación Fiscal, dependiente del por entonces Ministro de Economía, la substanciación del procedimiento administrativo necesario a los fines de emitir el acto administrativo definitivo y final, que determine la existencia y alcance de créditos exigibles por los conceptos precitados.
Que como consecuencia de ello y
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"