Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/1/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXVI -

más gastos inherentes, para poder garantizar de esa manera la continuidad de la prestación del Servicio de Prestaciones Alimentarias en los Establecimientos Educativos de la Provincia incorporadas por actos administrativo precitado.
Que no obstante ello, mediante Expediente N 11863-EC-2016 se encuentra en trámite un nuevo procedimiento de licitación pública para la adquisición de los insumos necesarios para la correcta prestación del Servicio, destinadas al Servicio de Comedor y Copa de Leche de los Establecimientos Educativos de la Provincia.
Que por el Decreto Provincial N
140/16 se ha prorrogado la emergencia en relación a la provisión de insumos alimentarios, de limpieza y demás gastos inherentes al Servicio de Comedores Escolares y Copa de Leche en los establecimientos Educativos de la Provincia con vigencia por TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS 366 días corridos, rigiendo a partir del 1 de Enero de 2016.
Que a fs. 39/42 obra la Resolución Conjunta M. D. S. N 575/16 Y M.
E. N 400/16.
Que a fs. 43 luce la Resolución M.
E. N 281/16.
Que es tarea primordial del Estado Provincial seguir brindando, en las mejores condiciones, el Servicio de Prestaciones Alimentarias, de limpieza y demás gastos inherentes respectos a ellas, en los Establecimientos Educativos e Instituciones posteriormente incorporadas de la Provincia a saber del Ministerio de Desarrollo Social y la Escuela de Personal Superior, de Cadetes Aspirantes a Oficiales y Agentes de Policía, haciéndose necesario adoptar todas las medidas conducentes a ello.
Que ante lo dicho resulta imperioso prorrogar la emergencia en relación a la provisión de insumos alimentarios, de limpieza y demás gastos inherentes al Servicio de Prestaciones Alimentarias en los Establecimientos Educativos e Instituciones posteriormente incorporados de la Provincia, por un período de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO
365 días corridos, estableciendo que comenzará a regir a partir del 01 de Enero de 2017, y que sólo suspenderá sus efectos en el caso de que la provisión de insumos resulte satisfecha como consecuencia de la adjudicación en los procesos licitatorios en curso.

Ushuaia, Lunes 16 de Enero de 2017 - Nº 3802

Que asimismo ante la necesidad de atender en tiempo y forma el Servicio de Prestaciones Alimentarias en los Establecimientos Educativos e Instituciones precitados de la Provincia, que debe brindarse por mandato constitucional, resulta oportuno autorizar, por este acto, el funcionamiento de un fondo permanente y la constitución de una caja chica, para el cumplimiento de los fines descriptos.
Que hasta tanto se realice el proceso licitatorio, resulta conveniente establecer un mecanismo ágil de contratación que garantice la mayor concurrencia de oferentes y permita una sustancial eficiencia y eficacia en la asignación de los recursos del Estado Provincial, como así también, en relación a la calidad de la prestación de este servicio tan esencial, que sea concordante con los procedimientos previstos por la normativa vigente.
Que por el Artículo 78 de la Ley Provincial N 495 y la Resolución de Contaduría General N 09/12 se determinó el procedimiento para la constitución y reposición de fondos permanentes.
Que se prevé que la provisión de insumos alimentarios, de limpieza y demás gastos inherentes al servicio de Prestaciones Alimentarias en los Establecimientos Educativos e Instituciones de la Provincia oportunamente incorporadas al régimen del Decretó Provincial N 140/16, implicaría un gasto semanal de aproximadamente PESOS DOS
MILLONES $ 2.000.000,00, para el ejercicio económico y financiero en vigencia.
Que atento a lo dicho es menester autorizar una excepción al monto máximo previsto en el Decreto Provincial N 699/2004, modificado por su similar N 175/12, con el objeto de crear un fondo permanente por la suma de PESOS VEINTE MILLONES $ 20.000.000,00 a los fines de asegurar la adquisición de insumos alimentarios, de limpieza y demás gastos inherentes a la prestación, que permita llevar a cabo sin inconvenientes el Servicio de Prestaciones Alimentarias en los Establecimientos Educativos e Instituciones precitadas de la Provincia.
Que asimismo resulta oportuno delegar en el Señor Ministro de Economía la en el presente decreto, ante situaciones eventuales y no previstas que puedan surgir.
Que a fs. 58 obra la intervención de la Subsecretaria de Contrataciones
y de la Secretaria de Hacienda.
Que a fs. 70 consta la intervención del Sr. Contador General de la Provincia.
Que a fs. 59 y 80 luce las intervenciones de la Secretaria Legal y Técnica.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 128 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE
LA PROVINCIA DE TIERRA
DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E
ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:

manente que por este acto se autoriza, establecido en el Anexo I, que forma parte integrante del presente. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 4.- Delegar en el Señor Ministro de Economía la facultad de dictar las normas necesarias a fin de obtener la efectiva ejecución de lo dispuesto en el presente acto, y ante situaciones eventuales y no previstas que pudieran surgir. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 5.- Notificar a quien corresponda, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ARCANDO
Luis A. VAZQUEZ
DECRETO N 77

ARTÍCULO 1. - Prorrogar la emergencia en relación a la provisión de insumos alimentarios, de limpieza y demás gastos inherentes al Servicio de Prestaciones Alimentarias en los Establecimientos Educativos e Instituciones de la Provincia oportunamente incorporadas mediante Resolución M.
E. N 281/16 al régimen del Decreto Provincial N 140/16 y las previstas por Resolución conjunta M. D. S. N
575/16 y M. E. N 400/16, por un período de TRESCIENTOS SESENTA
Y CINCO 365 días corridos, la cual comenzará a regir a partir del 01 de enero de 2017, y sólo se suspenderá sus efectos en el caso de que la provisión de insumos resulte satisfecha como consecuencia de la adjudicación en el proceso licitatorio en curso. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2. - Autorizar la apertura de un Fondo Permanente destinado a la adquisición de insumos alimentarios, de limpieza y demás gastos inherentes a la prestación del Servicio de Prestaciones Alimentarias en los Establecimientos Educativos e Instituciones de la Provincia oportunamente incorporadas mediante Resolución M. E. N 281/16 al régimen del Decreto Provincial N 140/16 y las previstas por Resolución conjunta M.
D. S. N 575/16 y M. E. N 400/16, por la suma de PESOS VEINTE
MILLONES $20.000.000,00, y la constitución de una caja chica por la suma de PESOS DOSCIENTOS
MIL $ 200.000,00, a fin de asegurar la provisión de los mismos y teniendo en cuenta los plazos necesarios para la rendición y reposición de dicho fondo. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 3.- Aprobar el procedimiento de utilización del Fondo Per-

10-01-17

ARTÍCULO 1- Dar de baja por fallecimiento, a quien en vida fuera la agente Inés Beatriz OVIEDO, legajo N 5675937/00, categoría 10
P.O.M. y S., a partir del quince 15
de octubre de 2016. Ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTÍCULO 2- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ARCANDO
Leonardo A. GORBACZ
DECRETO N 78

10-01-17

ARTÍCULO 1.- Dejar sin efecto a partir del día siguiente al de su notificación, la designación como Personal de Gabinete categoría "A" en el ámbito del Ministerio de Industria, del Sr. Pablo Alejandro FLORES, D.N.I.
N 33.385.579, efectuada mediante Decreto Provincial N 101/16 Anexo II. Ello, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTÍCULO 2.- Designar a partir del día siguiente al de su notificación, al Sr. Pablo Alejandro FLORES, D.N.I. N 33.385.579, en el cargo Personal de Gabinete categoría "AA", aprobada por Decreto Provincial N 3070/15 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4.- Notificar al interesado, comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
ARCANDO
Leonardo A. GORBACZ

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/1/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data16/01/2017

Conteggio pagine8

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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