Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 27/10/2008
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego
"2008 - AÑO DE LA ENSEÑANZA DE LAS CIENCIAS"
AÑO XVII -
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Ushuaia, Lunes 27 de Octubre de 2008 - Nº 2494
Nº 2494
AÑO XVII
BOLETIN OFICIAL
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora
Dr.GuillermoHoracioARAMBURU
Sr.RobertoLuisCROCIANELLI
Arq.DanielRubénLEPEZMACIAS
Sr.DaríoRubénVARGAS
MinistrodeGobierno,CoordinaciónGeneralyJusticia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia yTecnología
Dra.MaríaHaydeeGRIECO
Lic. Silvia Cristina FOSSINI
Dr.MarceloOscarECHAZU
Lic.Adrián AlbertoCAMERANO
Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic.SandraGracianaGARNICA
Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sr.Daniel AlejandroLEON
Dr.EduardoRaúlOLIVERO
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr.EduardoHumbertoDANDREA
Dr.NicolásJuanLUCAS
Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Lunes 27 de Octubre de 2008
17-10-08 CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se declaro ARTÍCULO 1º- Aceptar la rela adhesión al Decreto Nacional N
nuncia presentada por el agente 1693/2008 de fecha 15 de octubre Luis Angel HENRIQUEZ, legajo de 2008, por el cual se establecio el N 13013111/00, categoría 22 uso horario establecido en la Ley P.A. y T., a partir del día treinta Nacional N 26.350.
30 de septiembre de 2008, a Que por Decreto Nacional N
fin de acogerse a los beneficios 1705/2008, de fecha 16 de octubre de la Jubilación Ordinaria, de de 2008, se exceptúa a la Provinconformidad con lo estatuido en cia, de las disposiciones establecilos artículos 21, siguientes y das en el acto administrativo enunconcordantes de la Ley 561, en ciado en el considerando anterior.
un todo de acuerdo con lo disQue por lo expuesto es necesario puesto en el artículo 49, inciso dejar sin efecto el acto administrac de la Ley 22.140.
tivo enunciado en el visto.
ARTÍCULO 2- Notificar al inteQue la suscripta se encuentra resado, comunicar a quienes corresfacultada para dictar el presente ponda, dar al Boletín Oficial de la acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135
Provincia y archivar.
de la Constitución Provincial.
RIOS
Silvia C. FOSSINI Por ello:
LA GOBERNADORA DE LA
DECRETO Nº 2175 17-10-08 PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
VISTO el Decreto Provincial DECRETA:
Nº 2165/08; y DECRETO Nº 2174
ARTICULO l.- Dejar sin efecto el Decreto Provincial N 2165/08, por los motivos expuestos en el exordio.
ARTICULO 2.- De forma.
RIOS
Guillermo H. ARAMBURU
DECRETO Nº 2176
17-10-08
VISTO la Ley Provincial 752, los Decretos Provinciales N 3637/07, N 86/08, N 93/08, N 840/08, 1355/08 y 1430/08; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Provincial N 93/08 se aprobó la estructura política y orgánica del Ministerio de Economía.
Que el Decreto Provincial N 86/
08 consideró necesaria la incorporación del Servicio Jurídico Estatal de cada área Ministerial o Secretaría de Estado.
Que mediante los Decretos Provinciales N 840/08, N 1355/08 y N
1430/08 se pretendió corregir, modificar y crear cargos políticos y orgánicos conforme las necesidades funcionales de cada una de las áreas del Ministerio de Economía.
Que al estar disgregada la estructura en los diversos actos administrativos mencionados, resulta poco eficaz y ágil al momento de requerir información y/o efectuar designaciones en base a la estructura única de jurisdicción.
Que resulta necesario en consecuencia rectificar la estructura política y orgánica del Ministerio de Economía y de las Secretarías respectivas, en cuanto al grado de dependencia, denominación, supresión y creación de cargos previstos en los Anexos I, II, III, IV, V, VI
y VII, del Decreto Provincial N
93108, Anexos I, II, III, V, VI, VII
del Decreto Provincial N 840/08, Anexos I, II, III, IV, V, VI, del Decreto Provincial N 1355/08 y Anexos I, II, del Decreto Provincial N 1430/08.
"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur, son y serán Argentinas"