Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/6/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XVII -

todo de acuerdo con las consideraciones precedentemente efectuadas.
ARTICULO 2º- ACLARAR que se encuentra agotada la vía administrativa y que se podrá acudir a la vía judicial dentro del plazo de noventa 90 días computados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente, conforme lo normado por los arts. 8, 15 y 24 de la ley Provincial N 133.
ARTICULO 3º- REGISTRESE.
Notifíquese al interesado en la forma establecida en el Artículo 51
y siguientes de la Ley Provincial 141. Cumplido ARCHIVESE.
STRATTA-DEHEZA-TOLEDO
ZUMELZU-TORRESSINCHICAY-BLANCO
RESOL. Nº 687

15-11-07

ARTICULO 1º- RECTIFICAR el articulado de la Resolución de Directorio N 243/2006, por haberse detectado un error material en cuanto a la duplicidad del ARTICULO
3, correspondiendo en consecuencia que el "ARTICULO 3º " citado en segundo término sea "ARTICULO 3 BIS".
ARTICULO 2º- Regístrese, comuníquese a quienes corresponda.
Cumplido ARCHIVESE
STRATTA-DEHEZA-TOLEDO
ZUMELZU-TORRESSINCHICAY-BLANCO
RESOL. Nº 688

13-11-07

ARTICULO 1- SUSPENDER
del beneficio de Pensión Derivada concedido mediante Resolución DGP Nº 191/2003 del 04-07-03, al Sr. Angel Fabricio DIAS DNI
N 32.769.055 por no acreditar el cumplimiento del recaudo de estudios exigido por el Artículo 31
de la Ley 561 a fin de continuar teniendo derecho a concurrir en el referido beneficio, en un todo de conformidad con las consideraciones precedentemente efectuadas y dictámenes citados.
ARTICULO 2- ACRECER, las partes alícuotas del beneficio oportunamente concedido de titularidad a las menores Antonela de los Ángeles DIAS DNI N 37.533.397
y Marianela Verónica DIAS DNI
N 38.407.323, en la proporción correspondiente en los términos establecidos en el Artículo 32 de la Ley 561.

Ushuaia, Viernes 13 de Junio de 2008 - Nº 2440

ARTICULO 3- REGISTRESE, notifíquese a los interesados conforme las pautas establecidas en el artículo 51 y siguientes de la Ley 141, cumplido.ARCHIVESE.
STRATTA-DEHEZA-TOLEDO
ZUMELZU-TORRESSINCHICAY-BLANCO
RESOL. Nº 689

13-11-07

ARTICULO 1- CONCEDER a la Sra. ÁngelaAurora OLIVO DNI
N 11.273.991 el beneficio de JUBILACION ORDINARIA, conforme lo estatuido en losArtículos 21
siguientes y concordantes de la Ley 561, sustituido por el inciso a de la Ley 721, a partir del día siguiente al cese de servicios de conformidad con lo establecido en elArtículo 62
de la citada norma legal, y en un todo de acuerdo con los Dictámenes Nros. 505/2007 y 597/2007 de la Coordinación deAsuntos Jurídicos y la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- El alta del beneficio quedará condicionado a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 3º- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 4- El presente beneficio es incompatible con otros de carácter graciable o no contributivos Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5- Regístrese, notifíquese a la interesada, remítase al área competente de acuerdo a lo ordenado en el artículo 3 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen la certificación de ampliación y cese de servicios.
De corresponder se requerirán las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares. Cumplido, ARCHIVESE.
STRATTA-DEHEZA-TOLEDO
ZUMELZU-TORRESSINCHICAY-BLANCO
RESOL. Nº 690

13-11-07

ARTICULO 1º- CONCEDER a la Sra. Stella Maris STRATTA DNI
N 11.230.987 el beneficio de
JUBILACION ORDINARIA, conforme lo estatuido en los Artículos 21 siguientes y concordantes de la Ley 561, sustituido por el inciso a de la Ley 721, a partir del día siguiente al cese de servicios de conformidad con lo establecido en elArtículo 62 de la citada norma legal, y en un todo de acuerdo con los Dictámenes Nros. 493/2007 y 594/2007
de la Coordinación deAsuntos Jurídicos y la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 2- El alta del beneficio quedara condicionada a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 3- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 4- El presente beneficio es incompatible con otros de carácter graciable o no contributivos Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 5- Regístrese, notifíquese a la interesada, remítase al área competente de acuerdo a lo ordenado en el artículo 3 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen la certificación de ampliación y cese de servicios. De corresponder se requerirán las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares.
Cumplido, ARCHIVESE.

so a de la Ley 721, a partir del día siguiente al cese de servicios de acuerdo a lo establecido por el Artículo 62 del citado cuerpo legal, y en un todo de acuerdo con los Dictámenes Nros. 502/2007 y 595/
2007 de la Coordinación de Asuntos Jurídicos y la Comisión de Previsión Social, respectivamente.
ARTICULO 3- El alta del beneficio quedará condicionado a la presentación de los instrumentos que acrediten la aceptación de la renuncia a todos los cargos en relación de dependencia que se halle desempeñando, salvo docencia e investigación a nivel universitario Artículo 64 de la Ley 561.
ARTICULO 4- El haber previsional, será determinado por el área competente.
ARTICULO 5- El presente beneficio es incompatible con otros de carácter graciable o no contributivos Artículo 51 de la Ley 561.
ARTICULO 6- Regístrese, notifíquese a la interesada, remítase al área competente de acuerdo a lo ordenado en el artículo 4 del presente. Resérvese en Archivo hasta tanto se agreguen la certificación de ampliación y cese de servicios. De corresponder se requerirán las constancias necesarias para la liquidación de las asignaciones familiares.
Cumplido, ARCHIVESE.
STRATTA-DEHEZA-TOLEDO
ZUMELZU-TORRESSINCHICAY-BLANCO

STRATTA-DEHEZA-TOLEDO RESOL. Nº 692
13-11-07
ZUMELZU-TORRESSINCHICAY-BLANCO
ARTICULO 1- CONCEDER a la Sra. Elisa Isabel CORSI DNI
RESOL. Nº 691
13-11-07 N 05.771.865 el beneficio de JUBILACIÓN ORDINARIA, conforARTICULO 1º- TRANSFORme lo estatuido en losArtículos 21, MAR la solicitud de concesión del 18 siguientes y concordantes de la beneficio de Jubilación Ordinaria anLey 561, sustituida por el inciso "a"
ticipada en los términos delArtículo de la Ley 721 y por elArtículo 1 de 12º de la Ley 460 y sus Decretos la Ley 742 a partir del día siguiente Reglamentarios Números 223/00, al cese de servicios de conformidad 556/00 y 764/00 oportunamente con lo establecido en elArtículo 62
formulada por la Señora OrlaAurode la citada norma legal, y en un todo ra TOLEDO ZUMELZU en una de acuerdo con los Dictámenes solicitud de Jubilación Ordinaria en Nros. 507/2007 y 596/2007 de la los términos de Ley 561.
Coordinación deAsuntos Jurídicos ARTICULO 2- CONCEDER a la y la Comisión de Previsión Social, Sra. Orla Aurora TOLEDO respectivamente.
ZUMELZU DNI N 11.615.173, ARTICULO 2- El alta del beneel beneficio de JUBILACION ORficio quedará condicionado a la DINARIA, conforme lo estatuido presentación de los instrumentos por el Artículo 21 siguientes y que acrediten la aceptación de la concordantes del citado cuerpo renuncia a todos los cargos en renormativo, sustituido por el incilación de dependencia que se halle

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 13/6/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data13/06/2008

Conteggio pagine56

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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