Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/1/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVII

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Ushuaia, Lunes 21 de Enero de 2008

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Nº 2381

Nº 2381

AÑO XVII

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODER EJECUTIVO
María Fabiana RIOS
Gobernadora Dr. Carlos Domingo BASSANETTI
Vicegobernador
Dr. Guillermo Horacio ARAMBURU

C.P.N. Eugenio César SIDERIS

Arq. Daniel Rubén LEPEZ MACIAS

Dr. Jorge Oscar RABASSA

Ministro de Gobierno, Coordinación General y Justicia
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología
Dra. María Haydee GRIECO

Lic. Silvia Cristina FOSSINI

Dr. Angel Javier DA FONSECA

Sr. Adrián Alberto CAMERANO

Ministro de Salud
Ministro de Desarrollo Social
Ministro de Trabajo
Secretario de Derechos Humanos
Lic. Sandra Graciana GARNICA

Sr. Daniel Alejandro LEON

Dr. Eduardo Raúl OLIVERO

Secretario de Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario General de Gobierno
Secretario Legal y Técnico
Sr. Eduardo Humberto DANDREA

Dr. Nicolás Juan LUCAS

Secretario de Hidrocarburos
Secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente
Ushuaia, Lunes 21 de Enero de 2008
14-01-08 en funciones.
Que el artículo 6 c inc 13, de la ARTICULO 1º- Rectificar el Ley Provincial 752 faculta al PoAnexo II del Decreto Provincial der Ejecutivo a reglar la existencia N 3677/07, el que quedará redacy el funcionamiento de las Secretado conforme lo dispuesto en el tarías y Subsecretarías en el ámbiAnexo I del presente decreto.
to de los Ministros y Secretarías ARTICULO 2- El gasto que dede Estado, lo que ha sido cumplimande el cumplimiento del prementado conforme lo normado por sente deberá ser imputado a las el Decreto N 3637/07 de referenpartidas presupuestarias correscia, cuyos titulares también han pondientes al ejercicio económisido puestos en funciones.
Que la Ley Provincial 723 prevé co financiero en vigencia.
ARTICULO 3- De forma.
las asignaciones presupuestarias pertinentes, resultando necesaria BASSANETTI la creación de los cargos corresEugenio C. SIDERIS pondientes a la estructura política no creados por las normas anteDECRETO Nº 058 15-01-08 riormente mencionadas, respetando las previsiones presupuestarias VISTO la Ley Provincial N 752 y el vigentes tal como lo indica la Ley Decreto Provincial N 3637/07; y 752, art. 6.
Que el Poder Ejecutivo Provincial considera oportuno destacar que CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley se esla creación de cargos de esta natablecieron los Ministerios y Seturaleza debe obedecer a criterios cretarías de Estado, cuyos titularacionales, homogéneos, de efires han sido designados y puestos ciencia y austeridad, dentro del DECRETO Nº 056

marco de discrecionalidad legítima atribuidos al Poder Ejecutivo, guardando una necesaria coherencia con las necesidades funcionales de cada una de las Jurisdicciones que integran la Administración Pública Provincial.
Que para el cumplimiento adecuado de dichas funciones se requiere la conformación de un plantel de nivel político que se desempeñará asistiendo a las autoridades de nivel superior en tareas administrativas, consultivas y ejecutivas en las distintas áreas en las que sean designados, conforme las misiones y funciones que la Ley de Ministerios le acuerda a los respectivos Ministros y Secretarios de Estado, quienes además deberán reglamentar las misiones y funciones propias de tales estructuras inferiores.
Que dicho personal no gozará de estabilidad y cesará en sus cargos en el mismo momento en que finalice la gestión del funcionario del que dependan.

Que asimismo se torna necesario la aprobación de una nueva estructura orgánica de cada Ministerio y Secretaría de Estado, bajo idénticas pautas anteriormente mencionadas, previendo la optimización del recurso humano existente.
Que se ha considerado conveniente habilitar a cada Ministro y Secretario de Estado para que procedan a efectuar las respectivas designaciones, conforme lo normado por la Ley 752, art. 7 b inc.
13 y normativa concordantes.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por los artículos 128 y 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL VICEGOBERNADOR DE LA
PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS
DEL ATLANTICO SUR
EN EJERCICIO DEL PODER
EJECUTIVO
DECRETA:

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

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Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 21/1/2008

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data21/01/2008

Conteggio pagine44

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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