Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/4/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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venio que redetermino los montos de Obra;
Que asimismo se hace necesario dar una aclaración sobre los términos del Decreto Provincial N 291/01, indicando al respecto que las facultades para el dictado de actos administrativos resolviendo cuestiones específicas de las Obras en ejecución, son competencia exclusiva de las Subsecretarias de Obras y de Servicios Públicos;
Que ha tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica, emitiendo el dictamen A.L.P. N 397/03, obrante a fs. 442 y 443 del presente;
Que el Suscripto esta facultado para el dictado del presente, acto administrativo en virtud de lo establecido en la Ley Provincial 568, Decreto Provincial N 89/00, artículo 10 Inciso b apartados 3 y 4 y Decreto Provincial N 1.289/02.
Por ello:
EL MINISTRO DE
ECONOMIA, OBRAS Y
SERVICIOS PUBLICOS
RESUELVE:
ARTICULO 1- ESTABLECER
que en la Obra Construcción Jardín de Infantes N 6 de la ciudad de Río Grande que se tramita por los Expedientes 1815/01 y 11378/02, se rigen en sus aspectos administrativos, legales y técnicos, por la siguiente documentación:
1.- Pacto Federal Educativo, Ley 24.856 y Convenio de Adhesión N
23-VI-99.
2.- Pliegos de la Licitación: de Bases y Condiciones Generales; de Condiciones Particulares; de Especificaciones Técnicas Generales y Particulares aprobados por Decreto Provincial N 1334/01.
3.- Contrato de Obra N 5873.
4.- Convenio de Redeterminación de Precios N 7298, ratificado por Decreto Provincial N 125/03.
ARTICULO 2- DETERMINAR en función del artículo 1, que se deberá considerar como incluido en los términos del Contrato de Obra registrado bajo el N 5873 el monto total y plazo de ejecución de los trabajos los acordados en el Convenio registrado con el N 7298, por cuanto por dicho monto total son de aplicación las cláusulas SEXTA y SEPTIMA, referidas al Representante Técnico; OCTAVA, NOVENA, DECIMA, UNDECIMA, DECIMOSEGUNDA, DECIMOQUINTA y DECIMOSEXTA
referidas a la responsabilidad de La CONTRATISTA; DECIMOCUARTA, referida al pago de Certificados y DECIMOSEPTIMA, referida a Garantía del Contrato, sobre la cual debe efectuar la debida actualización conforme al nuevo monto.
ARTICULO 3- DETERMINAR
que a los efectos de la ejecución del Contrato y Convenio referidos no existe diferenciación alguna en su diligenciamiento que surjan a partir de la fuente de financiamiento, es
AÑO XII - Ushuaia, Miércoles 16 de Abril de 2003 - Nº 1674
decir la instrumentación de la obra es única con independencia de la fuente de financiamiento.
ARTICULO 4- DETERMINAR
que a los efectos del Pago de los Certificados Mensuales de Obras, a las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, se deberá considerar lo siguiente:
1.- El Certificado se confeccionara sobre la base del Cómputo y Presupuesto que surge del Convenio de Redeterminación citado y que obra a Fs. 54 a 60 del Expte. 11378/02.
2.- La presentación de los Certificados deberá prever la presentación de TRES 3 COPIAS más que las requeridas por el Pliego, las que se destinaran a la confección del Expediente de pago de la contraparte de financiamiento Provincial.
3.- Junto con el Certificado se deberá suscribir un ACTA DE DISTRIBUCION POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO, conforme al modelo que se agrega como Anexo I
de la presente, la misma tiende a distribuir el pago de cada certificado en forma proporcional conforme a las fuentes de financiamiento, estableciéndose que del monto total certificado se deberá:
Determinar el monto a descontar, por cancelación proporcional del Anticipo Financiero, el que surgirá de aplicar el TREINTA POR CIENTO
30% al monto total certificado.
Aplicar para la fuente de financiamiento correspondiente al Pacto Federal Educativo: un 53,58%, que se aplicará sobre el total del monto del Certificado el cual será cancelado por la UCP conforme a su normativa.
Aplicar para la fuente de financiamiento correspondiente al Estado Provincial: un 48,42%, que se aplicara sobre el total del monto del certificado el cual será cancelado por medio de la Contaduría General de la Gobernación, previo descuento de anticipo.
4.- Las facturas que debe acompañar LA CONTRATISTA, junto a cada certificado, serán por el monto correspondiente a cada fuente de financiamiento.
5.- La Inspección de Obra, una vez concluida la confección de los certificados deberá elevar las copias requeridas por el Pliego a la UCP, y las copias referidas en el punto 2 del presente las deberá elevar a la Dirección de Administración de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos para su tramitación.
ARTICULO 5- DETERMINAR
que las Subsecretarias de Obras y de Servicios Públicos en su carácter natural de competencia y autoridad de aplicación en todo lo concerniente a la Obra Pública Provincial, dictarán los actos administrativos necesarios para el normal desarrollo de las Obras en ejecución.
ARTICULO 6- ESTABLECER el carácter de excepción a la metodología dispuesta por la presente, aten-

diendo a la excepcionalidad que dispone el Convenio de Redeterminación de Precios para la ejecución de la Obra de referencia.
ARTICULO 7- De forma.
CARDOZO
RESOL. N 232

01-04-03

ARTICULO 1- Autorizar el traslado del Sr. Asesor Ad Honorem, Dn. Raúl Horacio BERRONE, D.N.I. 12.291.058 a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre los días 2 y 5 de abril del corriente año, con el fin de participar en las reuniones sobre Relaciones Fiscales Intergubernamentales; Las Administraciones Tributarias Provinciales;
Situación y Perspectivas organizada por la Secretaría de Hacienda de la Nación entre los días 3 y 4 de abril de 2003, de acuerdo a las razones expuestas en los considerandos.
ARTICULO 2- Extender a través de la Subsecretaria de Hacienda una orden de pasaje por el tramo USHUAIA - BUENOS AIRES - USHUAIA.
ARTICULO 3- Imputar el presente gasto a la partida presupuestaria del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.

RESOL. N 233

CARDOZO
RESOL. N 235

03-04-03

CARDOZO

ARTICULO 1- Reconocer y Aprobar la suspensión por razones de servicios de la Licencia Anual Reglamentaria correspondiente al año 2002, del Sr. Jefe de División Proyectos de Ingeniería de la Dirección de Obras Públicas Zona Norte, Agente categoría 21 P.A. y T. FANDIÑO Roberto Jesús, Legajo N 12951346-00, a partir del día 17 de marzo del corriente año, quedándole para usufructuar SIETE 7 días de la citada licencia, aprobada mediante Disposición S.R.H. N 953/03.
ARTICULO 2- Notificar al interesado, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

03-04-03

CARDOZO

ARTICULO 1- Desígnase provisoriamente en el cargo de Directora de Coordinación de Inversiones, de la Subsecretaria de Inversiones en Capital Federal, dependiente del Ministerio de Economía, Obras y Servicios Públicos, a la agente Marcela Alejandra GODOY, Legajo N
16.366.672-00, Categoría de revista 15 P.A.y T., Categoría del cargo 23
P.A. y T., a partir del día 1 de Marzo de 2003 y hasta el día 31 de Agosto de 2003, quien al momento de cesar en su función, cualquiera sea el motivo, revistará en la categoría anterior a la de su designación.
ARTICULO 2- Impútese el gasto que demande el cumplimiento de la presente a las partidas correspondientes del Ejercicio Económico y Financiero en vigencia.
ARTICULO 3- Notifíquese a la interesada, a la Subsecretaría de Recursos Humanos, dése al Boletín Oficial de la Provincia y archívese.
CARDOZO
RESOL. N 234

lanzamiento del Proyecto Prevención de la contaminación Costera y Gestión de la Diversidad Biológica Marina Donación GEF 28385AR, Proyecto PNUD ARG/02/018 en representación de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ARTICULO 2- Los gastos que ocasione esta comisión serán atendidos por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, no ocasionando gastos al Tesoro Provincial.
ARTICULO 3- De forma.

03-04-03

ARTICULO 1- Autorizar la Comisión de Servicios del Sr. Coordinador General de Recursos Naturales Ing. Agr. Alejandro Jorge GALVARINI, DNI N 17.295.719, a la ciudad autónoma de Buenos Aires entre, los días 03 y 05 de abril del año en curso, para participar al acto de
RESOL. N 236

03-04-03

ARTICULO 1- Reconocer la comisión de servicio realizada por el Sr. Jefe de Departamento Operaciones a cargo de la Dirección Provincial de Aeronáutica, piloto Ricardo Alfredo ARAS, Leg. N 10517527/
00 el día 29 de marzo del corriente año, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Reconocer la liquidación del viático a favor del piloto mencionado en el Artículo 1, detallada en el anexo I de la presente.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a la partida 1.1.1.03.15.109.372 del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
CARDOZO
RESOL. N 237

03-04-03

ARTICULO 1 - Autorizar la Comisión de Servicio a la ciudad de Buenos Aires del agente Martín Maximiliano Mirabete Legajo N
23770542/00 Cat. 22 P.A. y T., Jefe del Departamento Informática del Distrito Rentas Río Grande, y del agente Marcelo Ricardo Lakich Legajo N 14399713/00, Jefe del Departamento Informática de la Dirección General de Rentas a efectos de participar en la reunión de análisis

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 16/4/2003

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaeseArgentina

Data16/04/2003

Conteggio pagine15

Numero di edizioni3738

Prima edizione02/01/2002

Ultima edizione23/01/2024

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