Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 25/2/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 24

Viernes, 25 de febrero de 2022

BOPS
Pág. 27

Podrá, además, declararse la caducidad y revertirá al Ayuntamiento la entera disponibilidad de una sepultura cuando presente un estado generalizado de deterioro o abandono. La declaración de tal estado y caducidad requerirá expediente administrativo a instancia del Alcalde Pedáneo.
En el expediente administrativo de caducidad se concederá el plazo de treinta días para que el titular de la concesión o sus familiares comparezcan y firmen el compromiso de llevar a cabo las reparaciones que sean procedentes. Se dará citación personal al titular de la concesión en el último domicilio conocido. De ser fallida, se procederá a la publicación de edictos según la normativa vigente.
La comparecencia del titular suspenderá el expediente.
Una vez transcurrido el plazo concedido para efectuar las obras sin que el cumplimiento de dicho compromiso se haya efectuado, se declarará la caducidad por el Alcalde Pedáneo.
Declarada la caducidad de cualquier clase de sepultura, la Entidad Local Menor podrá disponer de la misma una vez que haya trasladado los restos existentes en ella al correspondiente columbario.
No se podrá practicar la inhumación de ningún cadáver en ningún nicho o sepultura que en el momento en que finalice el periodo de concesión que corresponda, no tenga la consideración de restos cadavéricos.
ARTÍCULO 10. Infracciones y Sanciones Tributarias En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 y siguientes, y las disposiciones que la desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por la Junta Vecinal de esta Entidad Local Menor, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2021, entrará en vigor en el momento de su publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, permaneciendo en vigor hasta que se acuerde su modificación o su derogación expresa.
Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Segovia, de conformidad con el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Valdesimonte, a 18 de febrero de 2022. El Alcalde Pedáneo, Diego Casla Sacristán.

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D. L.: SG. - 1/1958

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 25/2/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Segovia

PaeseSpagna

Data25/02/2022

Conteggio pagine27

Numero di edizioni3392

Prima edizione01/01/2003

Ultima edizione10/07/2024

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