Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 3/1/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja
Martes 03 de enero de 2012
BOLETIN OFICIAL
DECRETOS
DECRETO Nº 1.018
Pág. 3
Visto: el Expediente Código F21-Nº 00785-4-Año 2011, que contiene la presentación realizada ante el Ministerio de Hacienda por la Asociación Civil Fundación Amanecer;
y,
La Rioja, 09 de agosto de 2011
Considerando:
Visto: el Expediente Código H1 N 09575-4/2011, en el que contiene la presentación realizada por la Secretaría General y Legal de la Gobernación solicitando asistencia financiera, y, Considerando:
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de hacer frente a la erogaciones que demanda la atención de los múltiple trámites que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, por no contar con crédito presupuestario para ello.
Que a los efectos de superar la situación planteada es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, de la suma y con el destino antes señalado, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley N 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. N 110 - Dirección General de Administración de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, de la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, a través de un anticipo de fondos -Formulario C42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, que será destinado a hacer frente a las erogaciones que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1, conforme lo establece la Ley N 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.
DECRETO Nº 1.158
La Rioja, 13 de septiembre de 2011
Que, en dicha presentación, se requiere fondos por la suma de Pesos Dos Millones Ochocientos Sesenta Mil Ochocientos Treinta y Uno con Sesenta y Cuatro Centavos $
2.860.831,64, incluidos gastos bancarios, y solicita sean entregados en calidad de subsidio, para ejecutar la obra Climatización patio principal Paseo Cultural.
Que, ha tomado intervención la Dirección General del Centro Administrativo Provincial y Conservación de Edificios Públicos, la cual aporta al mencionado fin, la memoria descriptiva, el correspondiente cálculo de cómputo y presupuesto, pliego particular de especificaciones técnicas y plano.
Que, expone, la asociación viene colaborando estrechamente con la aludida Dirección General, poniendo a disposición su experiencia técnico-administrativa, y en particular, para llevar adelante la obra Paseo Cultural Pedro Ignacio de Castro Barros.
Que, de la documentación de la Asociación Civil Fundación Amanecer, -que acompañase puede inferir que la misma es una entidad regularmente constituida, con Personería Jurídica otorgada por Resolución Conjunta M.G. y D.H. Nº 1.299 y S.R.C. Nº 025/04.
Que, en este sentido, es propósito de esta Función Ejecutiva destinar la suma antes señalada con el fin de ejecutar la obra Equipamiento cocina Paseo Cultural Castro Barros, para lo cual corresponde instruir al Ministerio de Hacienda, a través de sus organismos competentes a realizar el aporte financiero en la forma requerida.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.-Destínase la suma de Pesos Dos Millones Ochocientos Sesenta Mil Ochocientos Treinta y Uno con Sesenta y Cuatro Centavos $ 2.860.831,64, en calidad de subsidio, a favor de la Asociación Civil Fundación Amanecer, con el objeto de ejecutar la obra Climatización patio principal Paseo Cultural Castro Barros, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo y conforme los antecedentes contenidos en el Expte. Código F21-Nº 00785-4-11.
Artículo 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración, dependiente del Ministerio de Hacienda, líbrese orden de pago por la suma y concepto allí expresados, a favor de la Asociación Civil Fundación Amanecer, con cargo de oportuna rendición de cuentas.
Artículo 3º.- La Asociación Civil Fundación Amanecer, se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para la que se le otorga, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art. 28º y concordantes de la Ley Nº 4.828.