Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/12/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Martes 06 de diciembre de 2011

BOLETIN OFICIAL

establece la Ley N 6.425, en un plazo que no podrá exceder los treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A.,S.H.

Pág. 3
DECRETOS AÑO 2010

DECRETO Nº 1.806
La Rioja, 27 de diciembre de 2010
Visto: el Expte. Código F21-Nº 01245-4-Año 2010, que contiene la presentación realizada ante el Ministerio de Hacienda por el Diputado Provincial D. Jorge Basso; y, Considerando:

DECRETO Nº 463
La Rioja, 12 de abril de 2011
Visto: el Expte. Código H1 Nº 03625-4-11, que contiene la presentación realizada por la Secretaría General y Legal de la Gobernación solicitando asistencia financiera; y, Considerando:
Que el pedido se fundamenta en la necesidad de hacer frente a las erogaciones que demanda la atención de los múltiples trámites que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, por no contar con crédito presupuestario para ello.
Que a los efectos de superar la situación planteada, es propósito de esta Función Ejecutiva autorizar al Ministerio de Hacienda a hacer entrega, al Servicio de Administración Financiera de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, de la suma y con el destino antes señalados, mediante la emisión de un Formulario C-42 Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, debiendo producir posteriormente la regularización de la operación autorizada por el presente, conforme lo establece la Ley Nº 6.425.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial,EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a concretar la entrega al S.A.F. Nº 110, Dirección General de Administración de la Secretaría General y Legal de la Gobernación, de la suma de Pesos Cinco Millones $
5.000.000,00, a través de un anticipo de fondos, Formulario C42-Orden de Pago sin Imputación Presupuestaria, que será destinado a hacer frente a las erogaciones que se canalizan a través de dicho Organismo, en particular las instruidas por parte de esta Función Ejecutiva, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º.- El responsable del Servicio de Administración Financiera deberá producir la regularización de la operación autorizada por el Artículo 1º, conforme lo establece la Ley Nº 6.425, en un plazo que no podrá exceder los Treinta 30 días corridos desde su recepción.
Artículo 3º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

Que a través de la misma solicita los fondos necesarios con el propósito de abonar los trabajos correspondientes a la obra Red Desages Cloacales calle San Antonio del Bº Cochangasta de esta ciudad Capital, que se ejecutaron a través de la ONG Nexo Riojano con Personería Jurídica acordada mediante Resolución S.G. y J. Nº 33/08.
Que, expone, los trabajos se realizaron con ajuste a la normativa vigente en la materia y al Proyecto Ejecutivo incluido en las actuaciones de mención elaborado por la Secretaría del Agua, cuyo monto asciende a la suma de Pesos Setenta y Ocho Mil Siete con Cincuenta y Tres Centavos $ 78.007,53.
Que, de la documentación de la ONG Nexo Riojano que acompañase puede inferir que la misma en una entidad regularmente constituida, habiendo sido certificada por el Juzgado de Paz Lego Nº 1, con asiento en esta ciudad Capital.
Que, en este sentido, es propósito de esta Función Ejecutiva destinar la suma antes señalada con el fin de concretar el pago de los trabajos antes reseñados, para la cual corresponde instruir al Ministerio de Hacienda, a través de sus organismos competentes, a realizar el aporte financiero en la forma requerida.
Por ello, y en uso de las facultades otorgadas por el Artículo 126º de la Constitución Provincial, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1º.- Destínase la suma de Pesos Ciento Setenta y Ocho Mil Siete con Cincuenta y Tres Centavos $
78.007,53, con el objeto de concretar el pago de la obra Red Desages Cloacales, calle San Antonio del Bº Cochangasta, de esta ciudad Capital. Que se ejecutará conforme con la documentación técnica elaborada por la Secretaría del Agua, a través de la ONG Nexo Riojano, por las consideraciones tenidas en cuenta en el presente acto administrativo.
Artículo 2º.- Como consecuencia de lo dispuesto por el Artículo anterior, por la Dirección General de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Administración líbrese orden de pago por la suma y concepto expresados en el Artículo anterior, a favor de la ONG Nexo Riojano, con cargo de oportuna rendición de cuentas.
Artículo 3º.- La ONG Nexo Riojano, se obliga a la aplicación de los fondos exclusivamente a la finalidad para el que se otorga, bajo apercibimiento de constituirlo en cuentadante, con las obligaciones emergentes del Art. 28 y concordantes de la Ley Nº 4.828.
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Hacienda y suscripto por el señor Secretario de Hacienda.
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Herrera, L.B., Gobernador - Guerra, R.A., M.H. - Macchi, M.A., S.H.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 6/12/2011

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaeseArgentina

Data06/12/2011

Conteggio pagine20

Numero di edizioni2483

Prima edizione02/01/1998

Ultima edizione19/07/2024

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